Artículo 1374

AutorManuel de la Puente y Lavalle
Cargo del AutorProfesor Principal de la Facultad de Derecho de la Pontifica Universidad Católica del Perú
Páginas519-528
519 MANUEL DE LA PUENTE Y LAVALLE
Artículo 1374.- La oferta, su revocación, la aceptación y cualquier otra
declaración contractual dirigida a determinada persona se consideran conoci-
das en el momento en que llegan a la dirección del destinatario, a no ser que
éste pruebe haberse encontrado, sin su culpa, en la imposibilidad de conocerla.
Sumario:
1. Antecedentes de este artículo.
2. Declaraciones contractuales.
3. Dirección del destinatario.
4. Carácter de la consideración de conocimiento.
5. Imposibilidad de conocer, sin culpa del destinatario.
1. ANTECEDENTES DE ESTE ARTÍCULO
Ya se ha visto, al comentar el artículo 1373, que el primer antece-
dente del artículo 1374 es el artículo 50 de la Ponencia original, que decía:
Artículo 50.- La aceptación se produce en el momento en que el oferente
conoce la manifestación de voluntad del aceptante.
La propuesta, su revocación, la aceptación y cualquier otra declaración
dirigida a determinada persona se consideran conocidas en el momento
en que lleguen a la dirección del destinatario, si éste no probase haberse
encontrado, sin su culpa, en la imposibilidad de tener noticias de ellas.
La primera Ponencia sustitutoria modificó dicho artículo en su ar-
tículo 55, que quedó con el tenor siguiente:

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR