Evaluación económico financiera del plan de reestructuración patrimonial del Consorcio Pesquero Carolina S.A.

AutorEsteban Carbonell O'Brien

El último Plan de Reestructuración Patrimonial (PRP) de Carolina S.A., presentado por la Consultora PCI SA, en el mes de febrero del 2002219220, contiene, a nuestro juicio, muchos supuestos inconsistentes, cuestionables cálculos221 y planteamientos centrales perjudiciales para los intereses de los acreedores laborales y de la propia empresa Carolina SA.

Los principales supuestos del PRP son: un rendimiento promedio anual de 4.57 para la harina, un nivel de extracción de 116 mil TM de pescado, con 4 embarcaciones (Sebastián, Mar Rojo, Mar Negro y Mar Mediterráneo) y un costo de producción de $235/TM de harina.

Esos valores, no resisten una mínima confrontación con los datos de extracción, los estándares y las capacidades de los activos de Carolina SA; más bien, la historia nos conduce a otros resultados: un rendimiento de harina promedio de 4.75; una extracción anual de las 4 embarcaciones en alrededor de 65 mil TM de pescado y un costo estándar de la harina mayor a $300/TM.

La estrategia central de la consultora PCI es la transferir las E/P Stefano, Marañón 6 y Marañón 7 a una empresa filial, a cargo de Inter-bank, a cambio de su deuda estructural, bajo el principio que el valor presente de la acreencia del banco es mayor que el valor presente de esos activos, que lo cuantifica en $4.5 millones. Supone, sin demostrarlo, que con la operación logra reducir la deuda sin perjudicar los recursos de Carolina.

El Plan no fundamenta porqué han seleccionado 3 embarcaciones (una de ellas de 550 TM con frío RSW), como primer elemento a segregar, en lugar de incluir a otras unidades que son de menor valor, como la planta de Huarmey o las licencias de las embarcaciones siniestradas. El PRP intenta empezar, paradójicamente, por el activo más rentable222, por el principal eslabón en la cadena de valor de Carolina y por su mayor Factor crítico de éxito.

¿Cómo llega el Plan a la conclusión que es conveniente transferirlas a un acreedor determinado (Ex. B. Latino) y no otro? ¿Cuál es el criterio de selección? ¿Cuáles son los montos conciliados? El plan tampoco lo demuestra.

Con este razonamiento, podemos especular que la segunda escisión patrimonial comprenderá probablemente las 4 embarcaciones restantes y la planta de Huarmey; las cuales forman parte de las garantías inscritas en los Registros Públicos a favor de la deuda del B. Wiese

Esta propuesta de PRP a la junta de acreedores, con omisiones y deficiencias, inferimos que es con el propósito de lograr medidas de preferencia hacia algunos acreedores en detrimento de los demás. Y esto se explica por una estructura de poder que concentra el 69.61% de los votos entre el B. Wiese (44.65) y el Interbank (24.96%) y que forman mayoría legal; en tanto que el 30.39% restante sólo puede...

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