El Sistema Electoral en la Constitución

AutorCarlos Hakansson Nieto
Páginas389-411
Capítulo XII
EL SISTEMA ELECTORAL EN LA
CONSTITUCIÓN
I. LOS RASGOS DEL SISTEMA ELECTORAL EN LA CONSTI-
TUCIÓN DE 1993
Lasinstituciones políticasy elsistema electoralse encuentranes-
trechamente relacionadas. La primera se asienta en el principio de
separación de poderes, para que sea considerada como una forma de
gobiernoconstitucional,ylasegundasefundamentaen elprincipio
de participación democrática; ambas se relacionan pues cada partido
políticodeberárespetarlasreglasyprocedimientosestablecidosenla
leyelectoralparapoderejercerelderechodeelegir,serelegidoyocu-
par democráticamente el ejercicio de un cargo político. Para lograrlo,
el artículo 177 de la Constitución peruana establece que “[e]l sistema
electoralestáconformadoporelJuradoNacionaldeElecciones;laO-
cinadeProcesosElectorales;yelRegistroNacionaldeIdenticación
yEstadoCivil.Actúanconautonomíaymantienenentresírelaciones
de coordinación, de acuerdo con sus atribuciones”. La Constitución
ha procurado con la expresión “sistema electoral” que no se trate
solamentede la sumade tres órganos,sino de sucoordinación y
colaboración en el proceso de elecciones887. En apariencia, parecería
887 En efecto, nohLen explica que “[l]os sistemas electorales contienen, desde el
puntodevistatécnico,elmodosegúnelcualelelectormaniestapormedio
delvotoelpartidooelcandidatodesupreferencia,ysegúnelcualesosvotos
se convierten en escaños. Los sistemas electorales regulan ese proceso mediante
el establecimiento de la distribución de las circunscripciones, de la forma de la
candidatura,delosprocesos devotaciónyde losmétodosdeconversiónde
votos en escaños”; cfr. nohLen, Dieter: Sistemas Electorales y Partidos Políticos,
seccióndeobrasdePolíticayDerecho,FondodeCulturaEconómica,segunda
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que ningún órgano tuviera la máxima jerarquía, es decir, que nadie lo
encabece,perononecesariamenteesasíporlaposiciónqueelJurado
tieneendeterminadoscasosysituaciones,apesardelaautonomíade
los órganos que lo conforman.
PeseaquelasnormasnoconsagranexpresamentealJuradoNa-
cionaldeElecciones(enadelante JNE,Jurado,oelJurado Electoral)
como el órgano que ostenta la máxima jerarquía del sistema electoral
peruano, desde el punto de vista jurídico sí nos dicen que es la máxima
instanciajudicialenmateriaelectoral;esdecir,quelaresoluciónnal
queponenaunacontiendaadministrativaenmateriaelectoralcon
laOcina Nacionalde ProcesosElectorales (enadelante ONPEo la
OcinadeProcesos)yelRegistroNacionaldeIdenticaciónyEstado
Civil(enadelanteRENIECoelRegistro)seráresuelta,nalmente,por
elJuradoElectoral.Enloeconómico,eselJuradoquiendebeacudir
al Poder Ejecutivo llevando los presupuestos de las tres instituciones;
lo cual se entiende como la necesidad que la máxima institución del
sistema electoral sea la que los represente ante el Gobierno. No es de
extrañar, pues, el diseño de la Constitución de 1993 fragmentó las tra-
dicionesfacultadesdelJuradoalcrearunorganismoautónomoquese
dedicará exclusivamente a la organización de los procesos electorales.
Por otra parte, por tratarse de un sistema, observamos que la
legislaciónpromuevesucomplementariedad,yaque,unainstitución
dependedelaotraparaalcanzarlosmismosnes.LaOcinadeProce-
sosyelRegistropodríanserdosbrazosdeunaestructuraencabezada
porelJuradoElectoral.EsciertoquelaactividaddelaRegistronose
detiene, pues debe actualizar la data permanentemente, los registros
civiles para las múltiples necesidades de la ciudadanía (expedición,
modicación,actualización delDocumentoNacional deIdentidad),
así como trabajar en coordinación con otras instituciones ajenas al de-
recho electoral, siendo los períodos electorales los momentos entregar
los registros civiles actualizados. Por eso, pese a tener una actividad
variada, de manera directa e indirecta colabora con el sistema electoral
quepodríaentendersecomocomplementariaydeevidentessinergias.
edición,México, 1998,p.35.Enel mismosentido, PérezRoyonos diceque
“(…)elsistemaelectoraleselmecanismoatravésdelcualsehaceefectivoel
procesoderepresentaciónen losregímenesconstitucionales,yes,portanto,
el momento a través del cual se reproduce, periódicamente, la Constitución
política de la sociedad”, Pérez royo, Javier:Curso de Derecho Constitucional,
Marcial Pons, Madrid, 1994, p. 361.
Carlos Hakansson Nieto
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