Los rasgos del Sistema de Jurisdicción Constitucional

AutorCarlos Hakansson Nieto
Páginas359-387
Capítulo XI
LOS RASGOS DEL SISTEMA DE
JURISDICCIÓN CONSTITUCIONAL
I. INTRODUCCIÓN
La importancia de las disposiciones constitucionales en una socie-
daddemocrática carecende sentidosi noexisten mecanismosy
garantías dedicados a controlar aquellos actos o normas que vulneran,
por la forma o fondo, el contenido del Pacto Constitucional. Nos ocu-
paremos especialmente de los sistemas de jurisdicción constitucional
querecogelaCartade1993 graciasala inuencianorteamericanay
europea. El primero de ellos, el modelo estadounidense, conocida
tambiéncomolarevisiónjudicialdelaconstitucionalidaddelasleyes
(judicial review), no fue previsto expresamente por los padres de la Carta
de 1787 sino producto de la interpretación judicial. El segundo sistema
nacióenEuropacontinentalyestuvomarcadoporelsurgimientode
lasjurisdiccionesespecializadasparaconoceryresolverlosprocesos
de control de constitucionalidad811. Como mencionamos, el Derecho
Constitucional peruano recoge ambos sistemas desde la Carta de 1979,
un modelo que el Profesor García BeLaunDe reconoce como un modelo
dual o paralelo812.
El desarrollo teórico de los modelos de jurisdicción constitucional
es producto del constitucionalismo moderno, pese a que la revisión
judicialde lasleyesfue quizála últimaproducción delconstitucio-
811 Véase keLsen, Hans: ¿Quién debe ser el defensor de la Constitución?, Tecnos,
Madrid, 1995.
812 Véase garcía BeLaunDe,Domingo:“LaJurisdicciónConstitucionalenPerú”en
FernánDez segaDo,Franciscoygarcía BeLaunDe, Domingo (coordinadores): La
Jurisdicción Constitucional en Iberoamérica,Dykinson,Madrid,1997,p.837.
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nalismoclásicodenesdelsigloXVIIIycomienzosdelXIXparaser
más exactos (1803). Con el paso del tiempo, el profesor caPPeLLetti
presentóen1968laprimeraclasicación delossistemas dejurisdic-
ción constitucional (también conocida como justicia constitucional); su
propuesta consistió en exponer los sistemas vigentes en el mundo, es
decir,elmodeloestadounidense,elaustriaco,yelfrancés,establecien-
dolasconocidasymásdifundidasnotasdistintivas:elcontroldifuso
(EstadosUnidos) yconcentrado (Austria);control incidental(en los
EstadosUnidos,Austria—graciasalareformaconstitucionalde1929y
de1975—,AlemaniaeItalia)yelcontroldirecto(Austria);controlcon
ecaciadeclarativa(EstadosUnidos)ycontrolconecaciaconstitutiva
(Austria);nalmenteelpreventivo,opolítico,comoeselcasofrancés813.
En este capítulo explicaremos los rasgos más importantes del sistema
de jurisdicción constitucional en la Carta de 1993.
Desde el siglo XIX las constituciones iberoamericanas recibieron
lainuenciaestadounidense aportandointeresantesinnovaciones,
sonloscasosdeMéxico,Brasil,Colombia,VenezuelayArgentina.El
Estado peruano, en cambio, tardó hasta el siglo XX para establecer un
sistema de control de jurisdicción constitucional, el cual solo se recogía
formalmente en el Título Preliminar del Código Civil de 1936, más
cercano al modelo estadounidense; pero a nivel constitucional, fue
laConstituciónde1979laqueincluyótantolarevisiónjudicialdela
constitucionalidaddelasleyescomoelcontrolacargodeunórgano
especializado814.
II. LA REVISIÓN JUDICIAL DE LA CONSTITUCIONALIDAD
DE LAS LEYES
Los fundamentos históricos de la revisión judicial de la consti-
tucionalidaddelasleyesprovienendeunplanteamientoexpuestoen
Inglaterrapor elJuez CokeenelDr. Bonham’s case (1610)815, cuando
sostuvoque“(…)cuandolaleydelParlamentoseacontrariaaldere-
813 Véase Pegoraro, Lucio: Ensayos sobre Justicia Constitucional, la descentralización y
las libertades, Instituto Mexicano de Derecho Procesal Constitucional, Editorial
Porrúa, México, 2006, p. 88.
814 garcía BeLaunDe, Domingo: “Nota sobre el control de constitucionalidad en el
Perú:antecedentesydesarrollo(1823-1979)”enHistoria Constitucional, Revista
Electrónica, http://hc.rediris.es,N.º4,junio2003,notas97y98.
815 Véase quiroga León, Aníbal: “Una aproximación a la justicia constitucional: el
modelo peruano” en quiroga León, Aníbal (compilador): Sobre la Jurisdicción
Carlos Hakansson Nieto
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