La sucesión de la empresa familiar en el derecho común español
Autor | Pascual Martínez Espín |
Páginas | 311-341 |
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LA SUCESIÓN DE LA EMPRESA FAMILIAR EN
EL DERECHO COMÚN ESPAÑOL
pascual MarTínez espín
Universidad de Castilla La Mancha
I. CONSIDERACIONES PREVIAS
La sucesión generacional se ha revelado como uno de los problemas
másimportantesdelaempresafamiliar,comodemuestraeldato
dequelamayoríadeestetipodeempresasnollegaalaterceragenera-
ción. Unido a este problema está el de la permanencia del control de la
empresaenelnúcleofamiliar.Asípues,losdosproblemasprincipales
que acechan al futuro de la empresa familiar son los concernientes a
suconservaciónycontinuidad.Eldesucontinuidadestáíntimamente
vinculadoporelproblemadelasucesiónyeldelaconservacióncon
lasmedidasquehayquetomarparaqueéstaprosigaeneldesempeño
del ejercicio de su actividad normal.
Enefecto,unadelascuestionesquetienenmayorrepercusiónen
el ámbito de la empresa familiar es el correspondiente a la sucesión. Y
lo tienen no sólo por lo complicado que resulta armonizar el funciona-
miento de sus instituciones con el conjunto de normas dispersas por
el ordenamiento jurídico sino también porque la sucesión afecta de
manera directa a todos los aspectos vinculados con la continuidad de
laactividadempresarial.Paraellohayquerecurririrremediablemente
alDerechodesucesioneslamentandoconstatarlainsucienciadelas
normas sucesorias con las que contamos en la actualidad.
Según los datos disponibles en España más de 2.4000.000 socie-
dadessonempresasdepropiedadfamiliar,enlasqueelcambiogene-
Pascual Martínez Espín
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racionaldesempeñaunpapelimportante.Secalculaquesólo el40%
consiguesuperarlatransicióndelaprimeraalasegundageneración,
yquetansóloun10%a15%lograpasaralatercerageneración.
El problema de la normativa por la que se rige la empresa fami-
liar,ydelasnormassucesoriasengeneral,esqueoriginariamente,y
debidoalmomentoenelqueseredactaron,nollegaronaconsiderar
que el objeto de la sucesión pudiera ser una empresa en lugar de una
heredad o bienes muebles o inmuebles.
Nuestro sistema responde a principios propios de la economía
ruralenquelasucesióncontractual,aligualqueenelsistemaromano,
delqueesbuenherederoelDerechocatalán,constituyeunapiezabásica
desuorganización,partiendosiempredelhechoqueesconsustancial
a ella la designación de un heredero único.
Esta modalidad tenía la ventaja para el sistema rural de asegurar el
heredamiento al hijo que se casaba a condición de que se quedara con
suspadresparacuidarlosytrabajarporelpatrimoniofamiliarpuesto
que,encontraposición,el testamentono permiteestaestabilidad ya
que por su propia naturaleza es revocable hasta el último momento de
lamuertedeltestador, loqueprovocaba queelhijoquesequedaen
casa estuviera siempre pendiente de un cambio de voluntad del padre.
Otro de los aspectos que cabe destacar es el papel tan relevante
queasumeelcónyugesupervivientealamuertedesuconsorte.
El principio del que se parte es que éste no debe ser considerado
comounlegitimariosinoquedebeasumirlagerenciavitaliciayvidual
delpatrimoniodoméstico.Deahí,queseconsiderequeelcónyugeviu-
dodebeserusufructuariouniversaldelpatrimoniofamiliar,concebido
éste no como un valor patrimonial cualquiera sino como un instrumento
que se considera necesario para la efectividad de la gerencia de los
poderes de soberanía doméstica de la que transitoriamente debe estar
investido el empresario sobreviviente.
Estosextremosdeben,nalmente,completarseconquelasubsis-
tencia de este régimen requiere como presupuesto indispensable que
el quantum legitimario seacorto,ya que se entiendequela división
igualitaria de herencias es altamente perniciosa en los territorios prin-
cipalmenterurales,puestoquetratándosedeunpatrimonioagrícola
quesólo da paravivir a unafamiliadoméstica, si lamorirel padre
dejando varios hijos le impone su partición por efecto de una legítima
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