Empresa familiar y sistema de seguridad social en España

AutorCarolina Gala Durán
Páginas201-223
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EMPRESA FAMILIAR Y SISTEMA DE
SEGURIDAD SOCIAL EN ESPAÑA
carolina Gala Durán
Universidad Autónoma de Barcelona
I. INTRODUCCIÓN
Hace años que una de las preocupaciones esenciales de la población
españolaengeneralydelcolectivodepersonasquedesarrollan
suactividadporcuentapropia,incluidasaquéllasqueformanpartede
empresasfamiliares,eselalcancerealdelaprotecciónquelesofreceel
sistemadeSeguridadSocial.Esdecir,quérequisitostienenquecumplir
y,sobretodo, quéprestaciones oayudas lesofrecedichosistemade
Seguridad Social de carácter público e instaurado en España el día 1
de enero de 19671,yquetieneactualmentesufundamentoendiversos
preceptosdelaConstituciónEspañolade1978,entreellossuartículo
41,dondeseprevéquelospoderespúblicosmantendránunrégimen
públicodeSeguridadSocialparatodoslosciudadanos,quegarantice
laasistenciayprestaciones sociales sucientes ante situaciones de
necesidad,especialmenteencasodedesempleo2.
1 ComoconsecuenciadeldesarrollodelaLeydeBasesdeSeguridad Socialde
1963.Actualmente,el sistemadeSeguridad Socialseencuentra reguladoen
laLeyGeneraldelaSeguridadSocialde1994.
2 Enel casode España,aunque no existeun capítuloespecíco, síesposible
citar varios preceptos de la Constitución relacionados con la Seguridad Social:
artículos25.2,39(proteccióndelafamilia),41(preceptobásicoenmateriade
SeguridadSocial),42(proteccióndelosemigrantes),43(proteccióndelasalud),
49(proteccióndelaspersonascondiscapacidad),50(proteccióndelatercera
Carolina Gala Durán
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El objetivo de este trabajo es analizar qué obligaciones tiene la per-
sona integrante de una empresa familiar en España desde la perspectiva
delaSeguridadSocial,yquéprestacionesoayudaspuederecibir,en
elcasodequeenferme,seaccidente,tengaunhijo/a,quedeincapaci-
tadoparaeldesarrollodesu actividadprofesional,o biencuandola
actividadempresarialfamiliarquedesempeñaentraencrisis,provo-
candosucierretemporalodenitivo.En n,setratadevercómose
integran las personas que forman parte de empresas familiares dentro
delapolíticapúblicadeprotecciónsocial,estructurada,enelcasode
España,entornoalsistemapúblicodeSeguridadSocial.
II. LAS OBLIGACIONES EN MATERIA DE SEGURIDAD SO-
CIAL EN EL CASO DE LAS EMPRESAS FAMILIARES EN
ESPAÑA
Eneste ámbitocabe partirdeundatoprevio, muyimportante:
enEspaña,desde laperspectivadelaSeguridadSocial,no existeun
conceptoespecícodeempresafamiliarodepersonaintegrantedeuna
empresafamiliar,loquesuponequeseaplicanlasreglasgeneralesa
la hora de determinar qué obligaciones deben cumplirse.
Ellonosllevaalodispuestoenlosartículos7.2delaLeyGeneral
de la Seguridad Social de 19943y1delaLey20/2007,de11dejulio,
del Estatuto del Trabajo Autónomo. En el primero de esos preceptos se
señalaquenotienenlaconsideracióndetrabajadoresporcuentaajena,
salvopruebaencontrario:elcónyuge,losdescendientes,ascendientes
ydemásparientesdelempresario,porconsanguinidadoanidadhasta
elsegundogradoinclusivey,ensucaso,poradopción,ocupadosensu
centrodetrabajo,cuandoconvivanensuhogaryesténasucargo.En
el segundo precepto se establece que el Estatuto del Trabajo Autónomo
tambiénesdeaplicaciónalostrabajosrealizadosdeformahabitual,por
familiaresdelaspersonasdenidasensuartículo1.14 que no tengan la
edad),129 (participación) y 149.1.17(distribución de competencias entreel
EstadoylasComunidadesAutónomas).
3 RealDe cretoLegislat ivo1/1994,d e20dejunio,porelquese apruebaelTexto
RefundidodelaLeyGeneraldelaSeguridadSocial(BOEde29dejuniode1994).
4 Aquellaspersonasfísicasquerealizandeformahabitual,personal,directa,por
cuentapropiayfueradelámbitodedirecciónyorganizacióndeotrapersona,
unaactividadeconómicaoprofesionalatítulolucrativo,denonoocupación
a trabajadores por cuenta ajena.

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