Planteamiento general de la tópica jurídica

AutorJuan Antonio García Amado
Páginas79-122
Capítulo II
Planteamiento general de
la tópica jurídica
1. PLANTEAMIENTO GENERAL DE LA TÓPICA JURÍDICA EN
THEODOR VIEHWEG
La tópica es para Viehweg una “técnica de pensamiento”
caracterizada por orientarse al problema. De ahí que la defina
como Techne des P roblemdenke ns, esto es, técnica del pensamiento de
problemas o, como Díez-Picazo traduce entre nosotros, “técnica del
pensamiento problemático”1. El punto de arranque es un problema
1 VIEHWEG, TH., Topik und Jurisprudenz, Munich, Beck, 5a ed., 1974 (1a ed.,
1953), pág. 31. Hay traducción castellana de la segunda edición alemana de 1963
a cargo de Luis Díez-Picazo Ponce de León, con prólogo de Eduardo García de
Enterría, Madrid, Taurus, 1964, pág. 49. En lo sucesivo citaremos esta obra por
la quinta edición alemana y sólo mediante su título alemán, remitiéndonos entre
paréntesis a la página correspondiente de la traducción española cuando ésta
exista, pues la edición por la que citamos finaliza con un apéndice (Anhang zur
Fortentwicklung der Topik) que no cuenta con traducción, aunque en su versión
alemana fue publicado entre nosotros ya en 1973, bajo el título “Zur zeitgenössis-
chen Fortentwicklung der juristischen Topik” (en Anales de la Cátedra Francisco
Suárez, 13/2, 1973, págs. 9-17). En nuestro idioma, el más completo resumen de
esta obra fundamental de Viehweg, capítulo por capítulo, se contiene en RECA-
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concreto, una situación de la vida real, un estado de cosas que
configura lo que Viehweg, utilizando un término que ha suscitado
numerosas críticas, llama una “aporía”. Una aporía significa para
Viehweg una cuestión acuciante e ineludible, respecto de la que no
está marcado un camino de salida (Weglosigkeit), pero que no se puede
soslayar2. Y es ese concreto problema el que desencadena un juego o
intercambio de consideraciones que constituyen lo que propiamente
se denomina “tópica o arte de la invención”3. Lo que la tópica pretende
es dar orientaciones, indicaciones (Winke) de cómo proceder en una
tal situación, a fin de no quedar bloqueado sin remisión4. Con esto
han aparecido ya tres términos que constituyen lo que podríamos
considerar ejes de la doctrina de Viehweg. Veamos cómo se concretan
y cómo se articulan con el resto de su edificio conceptual.
Viehweg define la noción de “problema” como “toda cuestión que
aparentemente admite más de una respuesta y que necesariamente
presupone una comprensión provisional, a partir de la cual aparece
como cuestión a considerar seriamente y para la que se busca
precisamente una respuesta como solución”5. Quizá convenga
aquí, como anticipo de lo que luego serán puntos de incidencia en
la discusión de esta doctrina, poner de relieve los tres elementos
centrales de esta definición y algunas de sus más inmediatas
implicaciones. Son los siguientes:
La existencia de un problema presupone lo que los seguidores
de la teoría hermenéutica llaman una “precomprensión” de sus
SENS SICHES, L., Panorama del pensamiento jurídico en el siglo XX, vol. 2, México,
Porrúa, 1963, págs. 1060-1080.
2 Topik und Jurisprudenz, pág. 31 (trad. pág. 49).
3 Ibid., pág. 32 (trad. pág. 50). Cita Viehweg a Zielinski para explicar en qué consis-
tiría esa tópica o arte de la invención: “el arte de tener presentes en cada situación
vital las razones que recomiendan y las que desaconsejan dar un determinado
paso bien entendido, en ambos sentidos, es decir, tanto las razones a favor como
las razones en contra” (ibid.).
4 Ibid., pág. 31 (trad. pág. 49). Díez-Picazo traduce Winke como “datos”, término
que no nos parece el más adecuado, pues tendría un significado más preciso que
el contenido en el término alemán tal como Viehweg lo emplea, que no hace
referencia a fundamentos exactos y precisos, sino a consideraciones o puntos de
vista más o menos consolidados pero siempre opinables y discutibles.
5 Ibid., pág. 32 (trad. pág. 50).
PLANTEAMIENTO GENERAL DE LA TÓPICA JURÍDICA
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propios términos y del marco en que se plantea, precompren-
sión que, y así se desprende también del texto que examinamos,
condiciona todo el proceso, desde el mismo planteamiento del
problema hasta su solución. Como posteriormente veremos, este
punto de contacto con la hermenéutica apenas ha sido desarro-
llado en esa línea por Viehweg y sus continuadores.
Lo que hace que una cuestión se constituya como problema es
la existencia de distintas alternativas para su tratamiento, de
diferentes respuestas o vías de actuación posibles.
Pero se busca una solución o respuesta, lo que ineludiblemente
conlleva la necesidad de una decisión, de una elección entre al-
ternativas.
Si el tema, así planteado en términos generales, se traslada
al campo jurídico, cabe preguntarse en qué medida cada uno de
estos tres aspectos encuentra un desarrollo doctrinal en Viehweg.
Adelantando conclusiones, se puede decir lo siguiente: el primer
punto no ha tenido en Viehweg y sus seguidores un desarrollo ligado
propiamente a la tópica jurídica, sino, todo lo más, en el marco de
su teoría de la ciencia y la dogmática jurídicas. En lo que al segundo
y tercer punto concierne, caben dos modos posibles de entender la
doctrina tópica: como medio de traer a la luz ante cada problema
alternativas para su solución (el segundo punto mencionado) o como
teoría que se ocupa del modo de obtener la necesaria decisión ante
cada problema (tercer punto de los que acabamos de enumerar). En
el capítulo final trataremos de poner de relieve que la virtualidad
metodológica de la tópica jurídica se limita a la primera de estas dos
posibles interpretaciones.
Junto a esto, cabe también plantearse la comprensión de la doc-
trina tópica en tomo a otra alternativa, compatible con la anterior:
como teoría descriptiva, con lo que daría cuenta del modo de actuar
en la práctica jurídica, se presentaría como explicación de lo que es
la forma habitual de trabajo en el campo del Derecho; o como teoría
prescriptiva, en cuyo caso establecería la manera de proceder más
recomendable para la praxis jurídica.
Si se entiende que tanto estos cuatro aspectos o enfoques como
una parte de ellos pueden ser compatibles dentro de una sola doctri-
na, vemos que se abre un elevado número de posibilidades a la hora
de señalar el alcance o campo de acción de la doctrina en cuestión.

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