El Principio Acusatorio y el Proceso Acusatorio: un intento de comprender su significado actual desde la perspectiva histórica

AutorKai Ambos
Cargo del AutorProfesor de Derecho Penal, Derecho Penal Comparado y Derecho Penal Internacional. Decano de la Facultad de Derecho de la Georg-August-Universität Göttingen. Juez del Landgericht de Göttingen
Páginas155-182
El principio acusatorio y el proceso acusatorio 155
EL PRINCIPIO ACUSATORIO Y EL PROCESO
ACUSATORIO: UN INTENTO DE COMPRENDER
SU SIGNIFICADO ACTUAL DESDE
LA PERSPECTIVA HISTÓRICA*
En la búsqueda a nivel internacional del proceso pe-
nal que sea mejor, tiende a identi carse el principio
acusatorio con los atributos de “progresista” y “democrá-
tico”, mientras que el principio inquisitivo es tildado de
“conservador” o “autoritario”. El proceso acusatorio (del
latín accusare) se de ne como un proceso contradictorio (o
adversarial) con un órgano que lleva a cabo la instrucción y
la acusación (Ministerio Fiscal y/o Juez de Instrucción) y
en el que dos partes se enfrentan ante un órgano que deci-
de (el tribunal). Por el contrario, el modelo inquisitivo (del
latín inquirire, inquirir, indagar) se caracteriza, en primer
lugar, porque el mismo órgano que instruye decide sobre
la causa (el Inquisidor), en segundo lugar porque el n
del proceso es la búsqueda de la verdad material (veritas
delicti) y también porque en la investigación rige el princi-
pio de o cialidad (indagatio). La historia, sin embargo, nos
demuestra que las cosas revisten una mayor complejidad.
Por un lado, el concepto de “principio acusatorio” ha sido
durante largo tiempo utilizado para referirse al modo de
* Agradezco al Dr. Shahryar EBRAHIM-NESBAT por su apoyo en la bús-
queda del material y sugerencias importantes y al Prof. Dr. Wolfgang
SELLERT, Universidad de Göttingen, por su observaciones valiosas. Tra-
ducción del alemán realizada por la Profesora Dra. Lorena BACHMAIER
WINTER, Universidad Complutense de Madrid; revisión por el autor.
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iniciarse el proceso, en particular al proceso iniciado a instancia de parte
(privada)1, y por otro lado, la “estatización” del proceso penal que se
produjo en la Edad Media y que supuso la implantación del proceso in-
quisitivo, en aquel momento trajo consigo importantes avances respecto
del anterior modelo acusatorio privado.
I. LA ANTIGÜEDAD: PROCESO PENAL EN GRECIA Y ROMA
El proceso penal en Grecia (del s. VI al IV a. C.) —más exacta-
mente, el proceso en la ciudad de Atenas2— respondía al modelo acu-
satorio puro pues cualquier ciudadano ateniense (en torno al 399 a.C.)
podía formular la acusación ante el o cial competente (arconte)3, por lo
que existía una verdadera acusación popular4. ARISTÓTELES destaca la exis-
tencia de la acusación popular como uno de los elementos principales
del sistema jurídico de SOLÓN5. El arconte competente controlaba si con-
currían los presupuestos de admisibilidad de la acusación, entre otros
que no había óbices de procedibilidad (en particular la amnistía). Una
vez admitida la querella jaba fecha para el juicio y daba publicidad a
la querella6. Interponer una querella suponía para el acusador privado
asumir unos costes nada desdeñables. De un lado debía prestar caución
para responder frente a una posible indemnización por querella falsa.
De otro lado, en el caso de que el acusador no obtuviera al menos una
quinta parte de los votos del tribunal (tribunal que podía ser de muchos
miembros) a su favor, debía pagar una multa de 1000 dracmas7. Se trata-
ba en de nitiva de un proceso acusatorio privado, pues más allá del modo
de iniciación del proceso, el acusador podía ver sostenida su acusación
por otros ciudadanos, mientras que por su parte, el acusado debía de-
fenderse a sí mismo, pudiendo su defensa también ser apoyada por
1 En este sentido, SCHMIDT, E. Einführung in die Geschichte der deutschen Strafrechtsp ege.
Tercera edición, 1965, p. 198: “hat seinen Namen von der Prozeßeinleitungsform”.
2 En Grecia sólo existían derechos particulares, y la situación de Atenas como fuente de
los mismos la hace de especial interés (WESEL, U. Geschichte des Rechts. 1997, p. 117 y
ss.)
3 Así, WESEL, U. Ob. cit. en la nota 2, p. 123.
4 BREITBACH, M. “Der Prozess des Sokrates—Verteidigung der oder Anschlag auf die
athenische Demokratie”. En: Gymnasium. 112. 2005, p.321; WESEL, U. Ob. cit. p. 125.
5 ARISTÓTELES. “Staat der Athener”. En: FLASHAR, Hellmut (editor). Werke in Deutscher
Übersetzung. 1990, vol. 10, parte I, capítulo 9 (pp. 18-19).
6 BREITBACH, M. Ob. cit. nota 4, p. 330.
7 WESEL, U. Ob. cit. nota 2, p. 125.

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