Análisis del artículo 223 del Código penal

La infracción del derecho de marcaSumario

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Resumen


1. Fabricación, comercialización, distribución o almacenamiento de etiquetas, sellos o envases con marcas falsificadas. 2. Retirar o utilizar etiquetas, sellos o envases que contengan marcas originales para utilizarlos en productos de distinto origen. 3. Envasar y/o comercializar productos empleando envases identificados con marcas cuya titularidad corresponde a terceros.

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Extracto


Análisis del artículo 223 del Código penal

«Art. 223.- Serán reprimidos con pena priva tiva de libertad no menor de dos ni mayor de cinco años, con sesenta a trescientos sesenta y cinco días-multa e inhabilitación conforme al artículo 36°, inciso 4, tomando en consideración la gravedad del delito y el valor de los perjuicios ocasionados, quienes en violación de las normas y derechos de propiedad industrial:

a) Fabriquen, comercialicen, distribuyan, o almacenen etiquetas, sellos o envases que contengan marcas registradas;

b) Retiren o utilicen etiquetas, sellos o envases que contengan marcas originales para utilizarlos en productos de distinto origen; y,

c) Envasen y/o comercialicen productos empleando envases identificados con marcas cuya titularidad corresponde a terceros».

Como ya se dijo, el legislador penal pretende a todas luces criminalizar el mayor número posible de comportamientos atentatorios contra...

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