A modo de epílogo. Una conversación sobre teoría del Derecho y otras varias cosas

AutorManuel Atieza - Juan Ruiz Manero
Cargo del AutorCatedrático de Filosofía del Derecho, Universidad de Alicante - Catedrático de Filosofía del Derecho, Universidad de Alicante
Páginas259-302
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A MODO DE EPÍLOGO: UNA CONVERSACIÓN SOBRE TEORÍA DEL DERECHO...
A MODO DE EPÍLOGO: UNA CONVERSACIÓN SOBRE
TEORÍA DEL DERECHO Y OTRAS VARIAS COSAS
Manuel Atienza y Juan Ruiz Manero
MANUEL ATIENZA.— Muy a menudo hemos comentado
(y han comentado otros) que, a pesar de tener personalidades
muy distintas, nuestras opiniones en materia de teoría del
Derecho son esencialmente coincidentes. Sin embargo, y por
más que hayamos escrito en común un buen número de libros
y artículos, quizás no debamos descartar el que exista entre
nosotros alguna diferencia teórica relevante. ¿Qué piensas tú al
respecto? Y, si la hubiera, ¿en qué consistiría, en tu opinión?
JUAN RUIZ MANERO.— Que tenemos personalidades bien
distintas es notorio, creo, para quienes nos conocen. Y también
resulta bastante notorio, me parece, que cada uno de nosotros
está muy contento de no ser como el otro. A primera vista po-
dría pensarse que necesariamente uno tiene razón y el otro se
equivoca. Pero puede que las cosas no sean así. Si admitimos
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MANUEL ATIENZA Y JUAN RUIZ MANERO
que hay muchas maneras diferentes de ser una persona valiosa,
es posible que ambos tengamos razón para estar contentos con
nuestra respectiva forma de ser. Pero es también posible que
no la tengamos ninguno y que uno y otro ejemplifiquemos
no tipos distintos de personalidades valiosas, sino maneras
distintas de poseer una personalidad lisiada, tullida o, como
manda la regla decir ahora, discapacitada.
En todo caso, qué clase de persona seamos uno y otro es
algo que sólo importa a quienes, por diversas razones, han de
soportarnos en carne mortal, lo que no es el caso de nuestros
lectores. A éstos (casi seguro que por suerte para ellos) sólo
les interesa el reducido territorio de nuestras opiniones en
materia de teoría del Derecho. Opiniones que, como tú dices,
son esencialmente coincidentes. En los trabajos que hemos
agrupado en este libro hay, sin embargo, dos pequeñas mues-
tras de discrepancias: la primera se encuentra en mi trabajo de
2005 “Principios, objetivos y derechos” en el que comentando
tu entrevista con Alexy hago ver cómo, en mi opinión, algún
ejemplo no bien escogido te lleva a algunos enredos innece-
sarios; la segunda se encuentra en tu texto de 2008 con el que
tercias en una discusión entre Bulygin y yo, texto en el que
formulas alguna crítica a la manera como planteo, frente a Eu-
genio, la tesis de la asimetría entre la aceptación y el rechazo de
la demanda. Pero estas discrepancias son, a mi juicio, no sólo
inesenciales, sino de índole claramente marginal. En todos los
asuntos centrales de la teoría del Derecho creo que estamos de
acuerdo. Pero eso no quiere decir que lo que hemos escrito jun-
tos sea de algún modo equivalente a lo que hubiéramos escrito
si no hubiera habido contacto entre nosotros. Esto creo que no
es en absoluto así. Y ello, en primer lugar, porque ese acuerdo
es fundamentalmente resultado de una discusión incesante:
llevamos más de veinticinco años discutiendo, al menos en los
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A MODO DE EPÍLOGO: UNA CONVERSACIÓN SOBRE TEORÍA DEL DERECHO...
períodos lectivos, casi a diario y eso ha tenido bastante que ver,
me parece, con la conformación de nuestras opiniones. Pero
ocurre, además, a mi juicio, que uno y otro hemos aportado
perspectivas algo distintas en los trabajos conjuntos que hemos
ido realizando a lo largo de estos años. (Por cierto, el primero
de esos trabajos —”Marxismo y ciencia del Derecho”—, que se
publicó en Sistema, es de 1984. Quiere decirse que llevamos ya
25 años publicando cosas comunes. Qué barbaridad). Lo que,
en síntesis, hemos aportado de diferente uno y otro tiene que
ver con nuestra formación y yo lo veo más o menos así (pero
me parece probable que tú no estés de acuerdo): yo creo que
tú tienes, de un lado, una formación más amplia que la mía y,
de otro, una mayor imaginación (o creatividad, o como quieras
decirlo) intelectual; en contrapartida, me parece que yo he
estudiado más minuciosamente la teoría del Derecho del últi-
mo siglo y que soy, por así decirlo (de forma algo cursi, desde
luego), algo más pulcro. Y esto se ha reflejado, me parece, en
una secuencia que, con ligeras variantes, ha aparecido muchas
veces en la elaboración de nuestros trabajos: la cosa ha empeza-
do planteando yo un problema y señalando las razones por las
que me parecían insatisfactorias las diferentes respuestas que
para el mismo podían hallarse, o inferirse, de las diversas teo-
rías del Derecho disponibles; el segundo movimiento consistía
en indicar tú un esbozo de solución, del que yo solía pensar
que apuntaba en la buena dirección pero que todavía requería
bastante trabajo de afinamiento; la última fase consistía preci-
samente en este trabajo de afinamiento mediante la discusión
conjunta. Ni qué decir tiene que lo decisivo en esta secuencia
está en el segundo movimiento. Pero en todo caso me parece
que, si no hubiésemos trabajado conjuntamente, ello se hubiera
reflejado en nuestras obras individuales (de nuevo, vaya manera
cursi de hablar) más o menos de la siguiente manera: por lo

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