Ordenanza N° 558/CDLO. Aprueban el Reglamento Marco para el Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados de la Municipalidad Distrital de Los Olivos

Fecha de publicación01 Marzo 2023
SecciónSeparatas de Normas Legales
Los Olivos, 24 de febrero de 2023

EL CONCEJO DISTRITAL DE LOS OLIVOS

VISTOS: El Informe N° 022-2023-GPP/MDLO de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, Informe N° 046-2023-MDLO/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, El Proveído N° 323-2023-MDLO/GM de la Gerencia Municipal, El Dictamen N°001-2023-MDLO/CPPCyPSECRDyT de la Comisión Permanente de Participación Ciudadana y Programas Sociales, Educación, Cultura, Recreación, Deporte y Turismo y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, el artículo 20° de la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, dispone que los gobiernos Regionales y Locales se sustentan y rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administración y gestión, los mismos que se formulan y ejecutan conforme a Ley y en concordancia con los planes de desarrollo concertados;

Que, los artículos 53°, 104° y 112° de la Ley Orgánica de Municipalidades, señalan respectivamente que las municipalidades se rigen por sus presupuestos participativos anuales como instrumento de administración y de gestión, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan conforme a la Ley de la materia, Asimismo el artículo 1° de la Ley Marco del Presupuesto Participativo, define al proceso del presupuesto participativo como un mecanismo de asignación equitativa, racional, eficiente, eficaz, y transparente de los recursos públicos, que fortalece las relaciones Estado – Sociedad Civil, En su artículo 2° señala que, la Ley tiene por objeto establecer disposiciones que aseguren la efectiva participación de la sociedad civil en el proceso de programación participativa del presupuesto;

Que, de conformidad a la Segunda Disposición Complementaria de la Ley N° 29298, y el Decreto Supremo N° 097-2009-EF, modificado con Decreto Supremo N° 132-2010-EF, se establecen criterios de alcance y montos de ejecución que permiten delimitar los proyectos de inversión pública de impacto regional, provincial y distrital, a ser considerados por los Gobiernos Regionales y Locales en sus respectivos presupuestos participativos;

Que, el Reglamento de la Ley Marco del Presupuesto Participativo, prevé en su literal a) del artículo que el Presupuesto Participativo es un proceso que fortalece las relaciones Estado-Sociedad, mediante el cual se definen las prioridades sobre las acciones o proyectos de inversión a implementar en el nivel de Gobierno Local;

Que, con Resolución Directoral N° 007-2010-EF/76.01, se aprueba el Instructivo N° 001-2010-EF/76.01, “Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados”, tal como especifica;

Que, acorde a lo informado por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto sobre a la propuesta del Reglamento para la preparación y ejecución del proceso de Presupuesto Participativo basado en resultados de la Municipalidad Distrital de Los Olivos, y teniendo la vista el proyecto, la Gerencia de Asesoría Jurídica con Informe N° 046-2023/MDLO/GAJ, acorde a los fundamentos de hecho y derecho esgrimidos opina que es procedente aprobar la propuesta de Reglamento que regula el proceso de presupuesto participativo basado en resultados del distrito de Los Olivos, conforme al proyecto elaborado por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto adjunto a su Informe N° 022-2023-GPP/MDLO. En tal sentido, corresponde elevar la misma al concejo municipal, a efectos de que se sirva considerar y, en su oportunidad, aprobar el proyecto alcanzado;

Por los fundamentos expresados y en cumplimiento de lo dispuesto en el numeral 8 del artículo y el artículo 41° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con dispensa del trámite de Lectura y aprobación del acta, el Concejo Municipal aprueba por mayoría lo siguiente:

Artículo 1°.- OBJETO

El presente reglamento de ordenanza tiene como objeto reglamentar el proceso de formulación y aprobación del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados del Distrito de Los Olivos.

Artículo 2°.- BASE LEGAL

El presente Reglamento tiene la siguiente base legal:

1. Constitución Política del Perú.

2. Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización.

3. Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y sus modificatorias Ley N° 31126.

4. Ley N° 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo.

5. Ley N° 29298, Ley que modifica la Ley N° 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo.

6. Ley N° 28522, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro nacional de Planeamiento Estratégico en lo que resulte aplicable a su vigencia

7. Decreto Legislativo N° 1252, Que Crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones

8. Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico.

9. Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado

10. Decreto Supremo N° 284-2018-EF, Que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1252

11. Decreto Supremo N° 097-2009-EF, el cual precisa los criterios para delimitar proyectos de impacto regional, provincial y distrital en el Presupuesto Participativo.

12. Decreto Supremo N° 132-2010-EF, modifica el Decreto Supremo N° 097-2009, correspondiente al Presupuesto Participativo.

13. Decreto Supremo N° 029-2018-PCM que aprueba el Reglamento que regula las Políticas Nacionales.

14. Decreto Supremo N° 142-2009-EF, Reglamento de la Ley Marco del Presupuesto Participativo, y su modificatoria, el Decreto Supremo N.º 131- 2010-EF.

15. Decreto Supremo N° 004-2013-PCM, Aprueba la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública del Estado.

16. Resolución Directoral N° 003-2011-EF/68.01, Aprueba la Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública.

17. Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N.º 26-2014-CEPLAN/PCD, Aprueba la Directiva 001-2014-CEPLAN Directiva General del Proceso de Planeamiento Estratégico-Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico.

18. Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Nº 107-2014-CEPLAN/PCD, que modifica la Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N.º 26-2014-CEPLAN/PCD, que aprobó la Directiva 001-2014-CEPLAN Directiva General del Proceso de Planeamiento Estratégico-Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico.

19. Resolución Directoral N° 001-2019-EF/63.01, Aprueba la Directiva General del sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones.

20. Ordenanza Nº 1762-MLM, Establece Procedimientos para el Reconocimiento y Registro Municipal de Organizaciones Sociales para la Participación Vecinal en Lima Metropolitana.

21. Ordenanza Nº1762-2013-MML que establece procedimientos para el reconocimiento y registro municipal de organizaciones sociales para la participación vecinal en Lima Metropolitana.

22. Ordenanza Nº 441-CDLO, Aprueba el Plan de Desarrollo Local Concertado 2016-2021del Distrito de Los Olivos y modificatorias.

23. Resolución Directoral N° 007-2010-EF/76.01 que aprueba el Instructivo N°001-2010-EF/76.01, para el Presupuesto Participativo Basado en Resultados.

Artículo 3°.- FINALIDAD

La finalidad del presente Reglamento es generar las condiciones para promover un proceso técnico, participativo y concertado con los diferentes actores sociales del distrito para planificar, identificar y priorizar los proyectos de inversión pública orientados al cierre de brechas e incorporarlos por la vía participativa al presupuesto institucional, así como garantizar la mayor participación de la sociedad civil organizada en el marco del Plan De Desarrollo Local Concertado del Distrito de Los Olivos.

Artículo 4°.- ÁMBITO

El ámbito para la realización del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados comprende a la Municipalidad Distrital de Los Olivos, a la sociedad civil organizada y entidades públicas del distrito de Los Olivos.

Artículo 5°.- ORIENTACIÓN METODOLÓGICA

Para efectos de la presente norma, se entenderá que el proceso de formulación del Presupuesto Participativo Basado en Resultados estará orientado metodológicamente por las normas señaladas en el Artículo 2° del presente Reglamento.

Artículo 6°.- CONDUCCIÓN Y COORDINACIÓN TÉCNICA

Para la aplicación de esta norma, en el Proceso de Presupuesto Participativo del año fiscal en curso, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto es responsable de la conducción y coordinación técnica del proceso dentro del plazo establecido por las normas vigentes.

Artículo 7°.- REGLAMENTACIÓN

El presente Reglamento regula el Proceso de Formulación del Presupuesto Participativo Basado en Resultados, del año fiscal en curso, el mismo que es promovido en forma concertada por la Municipalidad Distrital de Los Olivos con el propósito de acordar el adecuado uso de los recursos y medios mediante la formulación y priorización de proyectos de inversión pública.

Artículo 8°.- PRINCIPIOS

El proceso de formulación del Presupuesto Participativo Basado en Resultados se llevará a cabo bajo los principios de participación, transparencia, igualdad, tolerancia, eficacia y eficiencia, competitividad, equidad, respeto a los acuerdos y cohesión social.

1. Participación.- la Municipalidad Distrital de Los Olivos promueve el desarrollo de mecanismos y estrategias de participación de la sociedad civil, en la programación de su presupuesto, en concordancia con sus planes de desarrollo concertados; así como en la vigilancia y fiscalización de la gestión de los recursos públicos.

2. Transparencia.- los presupuestos de la Municipalidad Distrital de Los Olivos, son objeto de difusión por los medios posibles de información, a fin de que la población pueda tener conocimiento de ellos.

3. Igualdad.- Las organizaciones de la sociedad civil tienen las mismas oportunidades para intervenir y participar sin discriminación de carácter político, ideológico, religioso...

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