Decreto supremo N° 207-2023-EF. Decreto Supremo que modifica la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas

Fecha de publicación26 Septiembre 2023
SecciónSección Única
Decreto Supremo que modifica la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA


CONSIDERANDO:


Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 183, Ley Orgánica del Ministerio de Economía y Finanzas, se establece que le corresponde al Ministerio de Economía y Finanzas planear, dirigir y controlar los asuntos relativos a la tributación, política aduanera, financiación, endeudamiento, presupuesto, tesorería y contabilidad, así como armonizar la actividad económica nacional;


Que, mediante la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, se establece que el proceso de modernización de la gestión del Estado tiene como finalidad fundamental la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos, con el objeto de alcanzar un Estado, entre otros, al servicio de la ciudadanía y transparente en su gestión;


Que, el artículo 22 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que los ministerios son organismos del Poder Ejecutivo que comprenden uno o varios sectores, considerando su homogeneidad y finalidad y que éstos diseñan, establecen, ejecutan y supervisan políticas nacionales y sectoriales, asumiendo la rectoría respecto de ellas;


Que, por Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM se aprueban los Lineamientos de Organización del Estado que regulan los principios, criterios y reglas que definen el diseño, estructura, organización y funcionamiento de las Entidades del Estado; y establece que el Reglamento de Organización y Funciones es un documento técnico normativo de gestión organizacional que formaliza la estructura organizacional de la entidad, contiene las competencias y funciones generales de la entidad, las funciones específicas de sus unidades de organización, así como sus relaciones de dependencia;


Que, mediante Decreto Supremo Nº 256-2019-EF se aprueba la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas;


Que, mediante Ley Nº 31696, Ley que delega en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar en materia de reactivación económica y modernización de la gestión del Estado, se delega en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar por el plazo de noventa (90) días calendario en materia de impulso económico para la reactivación económica y modernización de la gestión del Estado; en mérito de la cual se emitieron el Decreto Legislativo Nº 1550, Decreto Legislativo que modifica el Decreto legislativo Nº 1362, Decreto legislativo que regula la promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos; así como el Decreto Legislativo Nº 1557, Decreto Legislativo que establece medidas en materia del Catastro Fiscal y dicta otras disposiciones; los cuales impactan en las funciones de la Dirección General de Política de Promoción de la Inversión Privada y de la Dirección General de Política Macroeconómica y Descentralización Fiscal, respectivamente;


Que, en el marco de la Ley Nº 31728, Ley que aprueba Créditos Suplementarios para el Financiamiento de mayores gastos en el marco de la Reactivación Económica, a favor de diversos Pliegos del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, y dicta otras medidas, se asignan nuevas funciones a la Oficina General de Inversiones y Proyectos;


Que, resulta necesario realizar modificaciones en las funciones y estructura orgánica, en la Secretaría General, Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, Oficina General de Integridad Institucional y Riesgos Operativos, Oficina General de Administración, Oficina General de Inversiones y Proyectos, Dirección General de Política Macroeconómica y Descentralización Fiscal, Dirección General de Mercados Financieros y Previsional Privado, Dirección General de Asuntos de Economía Internacional, Competencia y Productividad, y Dirección General de Política de Promoción de la Inversión Privada, según corresponda, así como crear la Oficina General de Recursos Humanos; por lo que el Ministerio de Economía y Finanzas ha propuesto la modificación de la Sección Primera de su Reglamento de Organización y Funciones, con la finalidad de adecuar su organización y estructura orgánica a la normativa vigente, buscando con ello fortalecer su gestión institucional, y el cumplimiento de sus funciones en el ámbito de sus competencias;


Que, de otro lado, el presente Decreto Supremo se encuentra fuera del alcance del Análisis de Impacto Regulatorio (AIR) Ex Ante, toda vez que el mismo está comprendido en el supuesto del inciso 5 del numeral 28.1 del artículo 28 del Reglamento que desarrolla el Marco Institucional que rige el Proceso de Mejora de la Calidad Regulatoria y establece los Lineamientos Generales para la aplicación del Análisis de Impacto Regulatorio Ex Ante, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 063-2021-PCM;


Con la opinión favorable de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros;


De conformidad con lo dispuesto en el inciso 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, Decreto Supremo que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado; y,


Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;


DECRETA:


Artículo 1.- Modificación de artículos de la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado con Decreto Supremo Nº 256-2019-EF


Modificar los artículos 4, 12, 13, 23, 25, 28, 29, 30, 31, 32, 37, 38, 53, 58, 59, 62 y 63 de la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado por Decreto Supremo Nº 256-2019-EF, los cuales quedan redactados con el texto siguiente:


“Artículo 4. Base Legal


Las funciones del Ministerio de Economía y Finanzas se sustentan en las siguientes normas:


a) Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado;


b) Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización;


c) Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República;


d) Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública;


e) Ley Nº 28933, Ley que establece el sistema de coordinación y respuesta del Estado en controversias internacionales de inversión; y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 125-2008-EF;


f) Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo;


g) Ley Nº 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado; y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 210-2022-EF;


h) Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres; y su Reglamento, aprobado con Decreto Supremo Nº048-2011-PCM;


i) Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil; y su Reglamento, aprobado con Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM;


j) Ley Nº 30099, Ley de Fortalecimiento de la Responsabilidad y Transparencia Fiscal;


k) Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado; y su Reglamento, aprobado con Decreto Supremo Nº 344-2018-EF;


l) Ley Nº 30264, Ley que establece medidas para promover el crecimiento económico;


m) Ley Nº 30754, Ley Marco sobre Cambio Climático; y su Reglamento, aprobado con Decreto Supremo Nº 013-2019-MINAM;


n) Ley Nº 31227, Ley que transfiere a la Contraloría General de la República la competencia para recibir y ejercer el control, fiscalización y sanción respecto a la declaración jurada de intereses de autoridades, servidores y candidatos a cargos públicos;


o) Ley Nº 31728, Ley que aprueba Créditos Suplementarios para el Financiamiento de mayores gastos en el marco de la Reactivación Económica, a favor de diversos Pliegos del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, y dicta otras medidas;


p) Decreto Ley Nº 21372, Ley del Sistema Estadístico Nacional, y el Reglamento del capítulo III, Título III de la Ley del Sistema Estadístico Nacional, aprobado con Decreto Supremo Nº 091-85-PCM;


q) Decreto Ley Nº 25629, Restablecen la vigencia del Art. 19 del Decreto Legislativo Nº 701 y del Art. 44 del Decreto Legislativo Nº 716, derogados por el Art. 2 de la Ley Nº 25399;


r) Decreto Ley Nº 25909, Disponen que ninguna entidad, con excepción del MEF, puede irrogarse la facultad de dictar medidas destinadas a restringir el libre flujo de mercancías tanto en las importaciones como en las exportaciones;


s) Decreto Legislativo Nº 183, Ley Orgánica del Ministerio de Economía y Finanzas;


t) Decreto Legislativo Nº 325, Modifican la denominación de Ministerio de Economía, Finanzas y Comercio por la de Ministerio de Economía y Finanzas;


u) Decreto Legislativo Nº 674, Promulgan Ley de Promoción de la Inversión Privada de las Empresas del Estado; y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 070-92-PCM;


v) Decreto Legislativo Nº 668, Dictan medidas destinadas a...

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