Representación sucesoria

765 resultados para Representación sucesoria

  • Aplicación de la representación sucesoria en el derecho peruano: dificultades y complicaciones

    La representación sucesoria se originó con el objetivo de amparar a una estirpe de descendientes a cuyo ascendiente le correspondía heredar, pero no lo hizo. Esta figura tan representativa e importante del Derecho de Sucesiones se ha enfrentado a numerosos problemas y complicaciones. En esa línea, el presente artículo definirá el concepto de sucesiones, sus requisitos y naturaleza jurídica, así como

  • Representación sucesoria
    PREGUNTAMi abuelo murió hace 2 meses, tuvo tres hijos y era soltero; uno de sus hijos es mi papá. Deseo saber si habiendo fallecido mi padre hace 5 años, a nosotros, sus dos hijos y a mi madre nos corresponde algo del patrimonio del abuelo.JUAN SÁEZD...
  • Decisión de Corte Suprema de Justicia - Sala Civil Permanente de 22/03/2022 (Expediente: 001407-2019)

    La representación sucesoria es un derecho establecido por ley mediante el cual los descendientes más próximos en grado sucesorio al heredero originalmente llamado pueden acceder a la herencia del causante cuando aquel no quiere o no puede recibir la cuota hereditaria que pudo corresponderle, la cual será distribuida entre dichos descendientes ulteriores por estirpe, de modo tal que no afecte el...

  • Decisión de Corte Suprema de Justicia - Sala Civil Permanente de 18/06/2025 (Expediente: 005642-2019)

    ... anto, vaciaría de contenido el instituto legal de representación sucesoria por causal de premoriencia y asimismo, sería contraria a lo previsto en los artículos 816 y 819 del código civil, que orientan en el sentido que los hijos y demás descendientes son herederos de primer orden y que en materia sucesoria rige la igualdad de derechos.

  • Representación Sucesoria
  • Decisión de Corte Suprema de Justicia - Sala Civil Permanente de 19/05/2016 (Expediente: 004462-2015)

    La representación sucesoria, en la línea colateral, se encuentra restringida al cumplimiento de dos parámetros: i) únicamente se aplicará a los supuestos de sucesión entre hermanos, y ii) solo beneficiará a los hijos del hermano premuerto (sobrinos del causante), a efectos que éstos concurran con los hermanos que hayan sobrevivido.

  • Resolución Nº 0396-2024-SUNARP-TR (NSIR-T) de Tribunal Registral de LIMA, 2024

    REPRESENTACIÓN SUCESORIA POR PREMORIENCIA Dado que la representación sucesoria es un acto que se encuentra vinculado a la designación de los herederos -efectuada por testamento o por declaración judicial o notarial-, la representación sucesoria originada en la causal de premoriencia también merece tener acogida registral.

  • Resolución Nº 1720-2022-SUNARP-TR de Tribunal Registral de Lima, del 06-05-2022

    REPRESENTACIÓN SUCESORIA De haberse omitido consignar en la declaración notarial de sucesión intestada la representación sucesoria de uno de los herederos declarados, no corresponderá a las instancias registrales consignar dicha omisión en la partida registral del Registro de Sucesiones Intestadas, pudiendo solo aclararse dicha omisión mediante instrumento notarial aclaratorio.

  • Resolución Nº 1637-2024-SUNARP-TR (NSIR-T) de Tribunal Registral de LIMA, 2024

    REPRESENTACIÓN SUCESORIA La transmisión de los derechos por representación sucesoria opera en forma automática a favor de los descendientes, si la premoriencia y la existencia de los descendientes se encuentra acreditada de los antecedentes registrales.

  • Resolución Nº 1542-2026-SUNARP-TR de Tribunal Registral de LIMA, 2026

    REPRESENTACIÓN SUCESORIA La transmisión de los derechos por representación sucesoria opera en forma automática a favor de los descendientes, si la premoriencia y la existencia de los descendientes se encuentran acreditadas de los antecedentes registrales.

  • Resolución Nº 5038-2024-SUNARP-TR (NSIR-T) de Tribunal Registral de AREQUIPA, 2024

    Representación sucesoria La transmisión de los derechos por representación sucesoria opera en forma automática a favor de los descendientes, si la premoriencia y la existencia de los descendientes se encuentran acreditadas de los antecedentes registrales.

  • Resolución Nº 0464-2025-SUNARP-TR de Tribunal Registral de LIMA, 2025

    REPRESENTACIÓN SUCESORIA POR PREMORIENCIA Procede el traslado de sucesión intestada -mediante representación sucesoria-cuando se constate a partir de las inscripciones que obran en el Registro, que el heredero premurió antes que su causante, dejando descendientes. La inscripción de la representación sucesoria debe extenderse en la partida registral en la que obran los herederos del causante, sea...

  • Resolución Nº 2288-2024-SUNARP-TR (NSIR-T) de Tribunal Registral de HUANCAYO, 2024

    REPRESENTACIÓN SUCESORIA La figura jurídica de la representación sucesoria es una habilitación legal a favor de los descendientes en forma ilimitada o de los parientes en línea colateral, para que puedan entrar en el lugar y grado de su ascendente en casos de premoriencia. No rige la representación sucesoria en la herencia del cónyuge.

  • Resolución Nº 2475-2024-SUNARP-TR (NSIR-T) de Tribunal Registral de LIMA, 2024

    REPRESENTACIÓN SUCESORIA EN LA LÍNEA COLATERAL Sólo hay representación sucesoria en la línea colateral para que, al heredar a un hermano, concurran con los sobrevivientes los hijos de los hermanos premuertos que tengan derecho a representarlo. Por lo tanto, si al momento de la apertura de la sucesión no sobrevive ningún hermano del causante, sus sobrinos no podrán heredar por representación.

  • Resolución Nº 621-2021-SUNARP-TR-L de Tribunal Registral de Lima, del 12-04-2021

    REPRESENTACIÓN SUCESORIA POR PREMORIENCIA EN LÍNEA RECTA DESCENDENTE Procede la inscripción de la representación sucesoria en caso de herencia en línea recta descendente cuando se constate, a partir de las inscripciones que obran en el Registro, que el heredero premurió antes que su causante, dejando descendientes. La inscripción de la representación sucesoria debe extenderse en la partida...

  • Resolución Nº 033-2021-SUNARP-TR de Tribunal Registral de Lima, del 23-04-2021

    REPRESENTACIÓN SUCESORIA La transmisión de los derechos por representación sucesoria opera en forma automática a favor de los descendientes, si la premoriencia y la existencia de los descendientes se acredita con documentos fehacientes, no siendo necesaria que se rectifique la inexactitud registral previamente en el Registro de Testamentos o de Sucesiones Intestadas.

  • Resolución Nº 1288-2022-SUNARP-TR de Tribunal Registral de Lima, del 07-04-2022

    REPRESENTACIÓN SUCESORIA POR PREMORIENCIA ¿Procede rectificar por error de concepto un asiento registral inexacto de transferencia de propiedad por sucesión intestada, excluyendo a la heredera cónyuge supérstite, cuando a la fecha de presentación del título que sustentó tal asiento se desprendía del Registro que se trataba de un caso de representación sucesoria del descendiente por premoriencia¿.

  • Resolución Nº 1145-2025-SUNARP-TR de Tribunal Registral de LIMA, 2025

    CADUCIDAD DE TESTAMENTO Procede la inscripción de la caducidad de testamento en la institución de heredero regulada en el numeral 2 del artículo 805 del Código Civil, cuando se acredite que el heredero premurió sin dejar representación sucesoria.

  • Resolución Nº 4085-2025-SUNARP-TR de Tribunal Registral de LIMA, 2025

    ... taxativamente previstas en la normativa. REPRESENTACIÓN SUCESORIA POR PREMORIENCIA Procede el traslado de sucesión intestada -mediante representación sucesoria-cuando se constate a partir de las inscripciones que obran en el Registro, que el heredero premurió antes que su causante, dejando descendientes. La inscripción de la representación sucesoria debe extenderse en la partida registral en la que obran los herederos del causante, sea...

  • Resolución Nº 0271-2026-SUNARP-TR de Tribunal Registral de CALLAO, 2026

    CADUCIDAD DE TESTAMENTO Corresponde la rectificación del asiento de transferencia por sucesión testamentaria, en mérito a la caducidad del testamento por premoriencia, cuando no opera la representación sucesoria y la sucesión del premuerto ya obraba inscrita en el Registro, de modo tal que ya se tenía conocimiento de su fallecimiento al extender el asiento de transferencia por testamento.

  • Resolución Nº 0273-2026-SUNARP-TR de Tribunal Registral de AREQUIPA, 2026

    CADUCIDAD DE TESTAMENTO Corresponde la rectificación del asiento de transferencia por sucesión testamentaria, en mérito a la caducidad del testamento por premoriencia, cuando no opera la representación sucesoria y la sucesión del premuerto ya obraba inscrita en el Registro, de modo tal que ya se tenía conocimiento de su fallecimiento, al extender el asiento de transferencia por testamento.

  • Resolución Nº 387-2021-SUNARP-TR-L de Tribunal Registral de Lima, del 26-02-2021

    CADUCIDAD DE TESTAMENTO. No procede la inscripción de la caducidad de testamento en la institución de heredero regulada en el numeral 2 del artículo 805 del Código Civil, cuando no se acredite que el heredero premurió sin dejar representación sucesoria.

  • Resolución Nº 2142-2022-SUNARP-TR de Tribunal Registral de Lima, del 02-06-2022

    ... -vía rectificación- a un heredero declarado por representación sucesoria en dicho procedimiento, alegando error de concepto.

  • Resolución Nº 2163-2018-SUNARP-TR-L de Tribunal Registral de Lima, del 14-09-2018

    ... el testamento contempla la figura jurídica de la representación sucesoria, como supuesto de excepción, en caso de premoriencia del instituido heredero y el interesado no solicita su aplicación, no corresponde a las instancias registrales exigir la presentación de documentación que acredite la existencia del heredero instituido para inscribir la transferencia de dominio por sucesión en la partida del predio".

  • Resolución Nº 3841-2024-SUNARP-TR (NSIR-T) de Tribunal Registral de LIMA, 2024

    CADUCIDAD DE TESTAMENTO. No procede la inscripción de la caducidad de testamento en la institución de heredero regulada en el numeral 2 del artículo 805 del Código Civil, cuando no se acredite que el heredero premurió sin dejar representación sucesoria.