DECRETO SUPREMO N° 245-2014-EF - Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014 a favor de determinados Gobiernos Regionales, para financiar el pago de las asignaciones temporales a los profesores comprendidos en la Ley de Reforma Magisterial

Fecha de disposición23 Agosto 2014
Fecha de publicación23 Agosto 2014
El Peruano
Sábado 23 de agosto de 2014
530642
y mecanismos dispuestos por el Capítulo I del citado
Decreto de Urgencia N° 058-2011;
Que, según los artículos 9 y 10 del Decreto de Urgencia
N° 058-2011, concordados con la Cuarta Disposición
Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 001-
2012, para la adquisición de cada bien se formará un
Núcleo Ejecutor de Compra, el cual estará conformado,
entre otros, por un representante del Ministerio de
Desarrollo e Inclusión Social, quien desempeñará las
funciones de tesorero del núcleo ejecutor;
Que, en ese contexto, y estando a lo señalado
mediante el documento de Visto, corresponde designar
al representante del Ministerio de Desarrollo e Inclusión
Social que se desempeñará como tesorero de los Núcleos
Ejecutores de Compra de bicicletas en el marco de la
iniciativa Rutas Solidarias y de kits de educación inicial
para la atención de niños de 0 a 2 años;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158,
de Creación, Organización y Funciones del Ministerio
de Desarrollo e Inclusión Social; y su Reglamento de
Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo
Nº 011-2012-MIDIS;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Designar a la señora Elena Sánchez Del
Valle como representante del Ministerio de Desarrollo e
Inclusión Social de los Núcleos Ejecutores de Compra de
bicicletas en el marco de la iniciativa Rutas Solidarias y de
kits de educación inicial para la atención de niños de 0 a
2 años, para que se desempeñe como tesorera, conforme
al Decreto de Urgencia N° 058-2011.
Artículo 2.- Remitir copia de la presente resolución a
los Ministerios de la Producción y de Educación, al Fondo
de Cooperación para el Desarrollo Social – FONCODES,
y a la Of‌i cina de Recursos Humanos de la Of‌i cina General
de Administración del Ministerio de Desarrollo e Inclusión
Social, para los f‌i nes correspondientes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PAOLA BUSTAMANTE SUÁREZ
Ministra de Desarrollo e Inclusión Social
1127804-2
ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Transferencia de Partidas en
el Presupuesto del Sector Público para el
Año Fiscal 2014 a favor de determinados
Gobiernos Regionales, para financiar el
pago de las asignaciones temporales a
los profesores comprendidos en la Ley
DECRETO SUPREMO
Nº 245-2014-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el literal b) de la Décima Disposición
Complementaria, Transitoria y Final de la Ley Nº 29944,
Ley de Reforma Magisterial, establece que el Poder
Ejecutivo asegura el f‌i nanciamiento de la Ley en mención
y garantiza su aplicación ordenada para tal f‌i n; asimismo,
dispone que los montos establecidos por concepto de
remuneraciones, asignaciones e incentivos se efectivizan
en dos tramos, correspondiendo el Segundo Tramo
a la implementación inmediata de las asignaciones e
incentivos a partir del 1 de enero de 2014;
Que, la Octava Disposición Complementaria,
Transitoria y Final de la citada Ley Nº 29944 dispone,
adicionalmente, a las asignaciones establecidas en
esa Ley, que los profesores que laboren en el Valle de
los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro (VRAEM) percibirán
una asignación especial, cuya vigencia, periodicidad y
monto serán f‌i jados por el Poder Ejecutivo a propuesta
del Ministerio de Educación, concordante con la Novena
Disposición Complementaria Final de su Reglamento,
estableció la vigencia, características, criterios y montos
de las Asignaciones por Tipo y Ubicación de Institución
Educativa, así como la Asignación Especial por labores
en el Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro (VRAEM)
en el marco de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma
Que, la Cuadragésima Quinta Disposición
Complementaria Final de la Ley Nº 30114, Ley de
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014,
autoriza al Ministerio de Educación y a los Gobiernos
Regionales, durante el año f‌i scal 2014, a implementar
lo dispuesto en el literal b) de la Décima Disposición
Complementaria, Transitoria y Final de la Ley Nº 29944,
Ley de Reforma Magisterial; asimismo, señala que para
efecto de lo antes establecido, el Ministerio de Educación
queda exonerado de las disposiciones legales que se
opongan o limiten su aplicación;
Que, el literal a) del artículo 4 de la Ley Nº 30175, Ley
para el Financiamiento de Actividades en materia de Salud,
Educación, Trabajo y otros en el Presupuesto del Sector
Público para el Año Fiscal 2014 y dicta otras disposiciones,
autoriza al Ministerio de Educación, durante el año f‌i scal
2014, a efectuar modif‌i caciones presupuestarias en el nivel
institucional a favor de los gobiernos regionales, hasta por
la suma de CUATROCIENTOS NOVENTA MILLONES
Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 490 000 000,00), para
la implementación de, entre otros, lo establecido en
la Cuadragésima Quinta Disposición Complementaria
Final de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector
Público para el Año Fiscal 2014; señalando que las citadas
modif‌i caciones presupuestarias se aprueban mediante
Decreto Supremo refrendado por el ministro de Economía
y Finanzas y el ministro de Educación, a propuesta de
este último;
Supremo Nº 014-2014-EF, establecen, entre otros, que las
referidas asignaciones no tienen carácter remunerativo ni
pensionable, no se incorporan a la Remuneración Íntegra
Mensual – RIM del profesor, no forman base del cálculo
para la asignación o compensación por tiempo de servicios
o cualquier otro tipo de bonif‌i caciones, asignaciones o
entregas, ni están afectas a cargas sociales;
autorizó una transferencia de partidas en el Presupuesto
del Sector Público para el Año Fiscal 2014 del pliego
Ministerio de Educación, a favor de pliegos Gobiernos
Regionales, hasta por la suma de SETENTA Y OCHO
MILLONES CUARENTA Y NUEVE MIL SETENTA Y CINCO
Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 78 049 075,00), para
f‌i nanciar el costo diferencial del pago de las Asignaciones
Temporales por Tipo y Ubicación de Institución Educativa,
así como de la Asignación Especial por labores en el
VRAEM, conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo
Que, mediante Memorándum Nº 1378-2014-MINEDU/
SG-OGA-UPER, la Unidad de Personal de la Of‌i cina
General de Administración del Ministerio de Educación
determinó el costo diferencial anual para el otorgamiento
de las Asignaciones Temporales por Tipo y Ubicación
de Institución Educativa, así como de la Asignación
Especial por labores en el VRAEM, conforme al Decreto
Supremo Nº 014-2014-EF, hasta por CINCUENTA Y
TRES MILLONES QUINIENTOS VEINTICUATRO MIL
OCHOCIENTOS SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 53
524 806,00), a favor de aquellos docentes de determinados
Gobiernos Regionales que no fueron considerados
en el Decreto Supremo Nº 134-2014-EF; asimismo, la
Unidad de Presupuesto de la Secretaría de Planif‌i cación
Estratégica de dicho Ministerio, a través del Informe Nº
243-2014-MINEDU/SPE-UP y el Memorándum Nº 9899-
2014-MINEDU/SPE-UP, señala que en el presupuesto
institucional del pliego 010: Ministerio de Educación, en
la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios se
cuenta con recursos disponibles para ser transferidos a
favor de determinados pliegos Gobiernos Regionales
para f‌i nanciar el referido costo diferencial del pago de los
conceptos antes citados;
Que, en el marco de lo indicado en el considerando
precedente, mediante Of‌i cio Nº 1389-2014-MINEDU/

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