Resolución Nº 0082-2018-JNE de Jurado Nacional de Elecciones, 09-02-2018

Fecha de publicación09 Febrero 2018
Fecha09 Febrero 2018

Lima, siete de febrero de dos mil dieciocho

VISTOS la Resolución N.° 271-2014-JNE, de fecha 1 de abril de 2014, y los Informes N.° 0341-2017-SG/JNE y N.° 0354-2017-SG/JNE, de fechas 23 de noviembre y 7 de diciembre de 2017, de la Secretaría General, sobre la propuesta de actualización de la reglamentación sobre inscripción de listas de candidatos para los procesos de elecciones municipales.

CONSIDERANDOS

  1. Mediante la Ley N.° 26864, Ley de Elecciones Municipales (LEM), y sus modificatorias, se regula la elección de los alcaldes y regidores de los concejos provinciales y distritales de toda la República

  1. A efectos de ejercer el derecho a ser elegido como autoridad municipal, todo ciudadano requiere previamente integrar cualquiera de las listas de candidatos que presenten las organizaciones políticas, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 10 de la LEM

  1. Conforme a lo establecido en los literales a y s del artículo 36 de la Ley N.° 26486, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones (LOJNE), y en concordancia con la precitada norma electoral, corresponde al Jurado Electoral Especial (JEE) inscribir a los candidatos presentados por las organizaciones políticas, constituyéndose para este efecto en la primera instancia para resolver las tachas e impugnaciones que se interpongan contra dichas candidaturas, así como para la concesión de los recursos de apelación en contra de las mismas.

  1. Por su parte, es atribución del Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en virtud de lo dispuesto en el literal t del artículo 5 de su ley orgánica, resolver, en última instancia, las apelaciones que se interpongan en contra de las decisiones de los JEE.

  1. Conforme a lo dispuesto por el artículo 178, numeral 3, de la Constitución Política del Perú, y el artículo 5, literal g, de la LOJNE, corresponde a este Supremo Tribunal Electoral velar por el cumplimiento de las leyes electorales, expidiendo las normas reglamentarias que deben cumplir tanto las organizaciones políticas en la presentación de sus solicitudes de inscripción de listas de candidatos como los JEE, desde la calificación hasta la inscripción de dichas candidaturas, así como la ciudadanía en general, respecto de los mecanismos que la ley otorga para oponerse a las mismas.

  1. Mediante Resolución N.° 271-2014-JNE, del 1 de abril de 2014, se aprobó el Reglamento de Inscripción de Listas de Candidatos para Elecciones Municipales de 2014. En esta ocasión, resulta necesario actualizar dicha reglamentación, a efectos de brindar las herramientas que faciliten una mayor comprensión a los actores electorales de manera acorde con las leyes modificatorias recientemente promulgadas, tales como la Ley N.° 30673, publicada el 20 de octubre de 2017, que modificó el cronograma electoral, así como la Ley N.° 30688, publicada el 29 de noviembre de dicho año, la Ley N.° 30692, publicada el 5 de diciembre del mismo año, y la Ley N.° 30717, publicada el 9 de enero de 2018, que introducen modificaciones referidas a la presentación de candidaturas y a requisitos propios de los candidatos que se postulen para cargos de elección popular. De igual forma, se hace imprescindible contar con una norma que tenga vocación de permanencia, contribuyendo, de esta manera, a la seguridad jurídica.

  1. Se debe tener en cuenta que el “Proyecto de Reglamento de Inscripción de Listas de Candidatos para Elecciones Municipales” ha sido prepublicado en el portal electrónico institucional, del 1 al 5 de febrero de 2018.

  1. Por otra parte, es preciso resaltar que la Secretaría General del Jurado Nacional de Elecciones ha recibido sugerencias y recomendaciones respecto al “Proyecto de Reglamento de Inscripción de Listas de Candidatos para Elecciones Municipales”, en virtud de la citada prepublicación.

  1. Finalmente, luego de consolidarse y analizarse las sugerencias, comentarios y aportes recibidos, se emite el presente reglamento para su aplicación en los procesos de elecciones municipales.

Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,

RESUELVE

Artículo primero.- APROBAR el Reglamento de Inscripción de Listas de Candidatos para Elecciones Municipales, que consta de 51 artículos, 1 Disposición Final y 2 Disposiciones Transitorias, y que es parte integrante de la presente resolución.

Artículo segundo.- APROBAR los formatos de Declaración de Conciencia y de Resumen de Plan de Gobierno, los mismos que se encuentran en los anexos 1 y 2 como parte integral de la presente resolución.

Artículo tercero.- REMITIR la presente resolución a las organizaciones políticas inscritas en el Registro de Organizaciones Políticas, la Oficina Nacional de Procesos Electorales y el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para su conocimiento y fines pertinentes.

Artículo cuarto.- DEJAR SIN EFECTO la Resolución N.° 271-2014-JNE, de fecha 1 de abril de 2014.

Artículo quinto.- DEJAR SIN EFECTO las normas reglamentarias que se opongan a lo dispuesto en la presente resolución.

Artículo sexto.- DISPONER la publicación de la presente resolución y el reglamento que aprueba en el diario oficial El Peruano y en el portal electrónico institucional del Jurado Nacional de Elecciones.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SS.

TICONA POSTIGO

ARCE CÓRDOVA

CHANAMÉ ORBE

CHÁVARRY CORREA

RODRÍGUEZ VÉLEZ

Concha Moscoso

Secretaria General

mar/jpza


REGLAMENTO DE INSCRIPCIÓN DE LISTAS DE CANDIDATOS

PARA ELECCIONES MUNICIPALES

ÍNDICE

TÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

CAPÍTULO I

MARCO NORMATIVO

Artículo 1.- Objeto

Artículo 2.- Alcance

Artículo 3.- Base normativa

CAPÍTULO II

ABREVIATURAS Y DEFINICIONES

Artículo 4.- Abreviaturas

Artículo 5.- Definiciones

TÍTULO II

CUOTAS, DECLARACIÓN JURADA DE HOJA DE VIDA Y PLAN DE GOBIERNO

CAPÍTULO I

CUOTAS DE GÉNERO, DE JÓVENES Y DE COMUNIDADES NATIVAS, CAMPESINAS Y PUEBLOS ORIGINARIOS

Artículo 6.- Cuota de género

Artículo 7.- Cuota de jóvenes

Artículo 8.- Cuota de comunidades nativas, comunidades campesinas y pueblos originarios

Artículo 9.- Concurrencia de cuotas

CAPÍTULO II

DECLARACIÓN JURADA DE HOJA DE VIDA Y PLAN DE GOBIERNO

Artículo 10.- Datos de la Declaración Jurada de Hoja de Vida

Artículo 11.- Código y clave de acceso para el ingreso de información

Artículo 12.- Presentación del Formato Único de Declaración Jurada de Hoja de Vida

Artículo 13.- Publicidad de la Declaración Jurada de Hoja de Vida

Artículo 14.- Fiscalización de la información de la Declaración Jurada de Hoja de Vida

Artículo 15.- Ingreso del Plan de Gobierno y Formato Resumen en el sistema informático Declara

Artículo 16.- Presentación del Plan de Gobierno y Formato Resumen

Artículo 17.- Publicación del Plan de Gobierno y Formato Resumen

TÍTULO III

PROCEDIMIENTO DE INSCRIPCIÓN DE LISTA DE CANDIDATOS

CAPÍTULO I

DISPOSICIONES PROCEDIMENTALES

Artículo 18.- Competencia para tramitar las solicitudes de inscripción de las listas de candidatos

Artículo 19.- Ámbito de participación de las organizaciones políticas

Artículo 20.- Pago de tasas

Artículo 21.- Horario de atención al público en el día de cierre de presentación de solicitudes de inscripciones de listas de candidatos

CAPÍTULO II

PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES PARA LA INSCRIPCIÓN DE CANDIDATOS

Artículo 22.- Requisitos para ser candidato a cargos municipales

Artículo 23.- Imposibilidad de concurrencia de postulaciones

Artículo 24.- Lista de candidatos

Artículo 25.- Documentos que se presentan al momento de solicitar la inscripción de la lista de candidatos

Artículo 26.- Plazo para la presentación de la solicitud de inscripción

CAPÍTULO III

TRÁMITE DE LAS SOLICITUDES DE INSCRIPCIÓN

Artículo 27.- Etapas del trámite de las solicitudes de inscripción

Artículo 28.- Subsanación

Artículo 29.- ...

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