RESOLUCION MINISTERIAL N° 302-2015-PRODUCE - Autorizan excepcionalmente la actividad extractiva del recurso aracanto o palo

Fecha de disposición19 Septiembre 2015
Fecha de publicación19 Septiembre 2015
SecciónSección Única
561808 NORMAS LEGALES Sábado 19 de setiembre de 2015 /
El Peruano
opinión favorable informando que la citada transferencia
cuenta con el presupuesto correspondiente, hasta por
el monto de S/. 2 100 000,00 (Dos Millones Cien Mil y
00/100 Nuevos Soles);
Contando con el visado de la Secretaría Ejecutiva
de la Comisión Multisectorial de Alto Nivel encargada
del seguimiento de las acciones y políticas del Estado
en los ámbitos de la paz, la reparación colectiva y la
reconciliación nacional – CMAN; de la Of‌i cina General de
Planeamiento y Presupuesto, y de la Of‌i cina General de
Asesoría Jurídica;
De conformidad por lo dispuesto por la Ley Nº
29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio
de Justicia y Derechos Humanos; la Ley Nº 30281, Ley
de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal
2015; la Ley Nº 28592, Ley que crea el Plan Integral de
Reparaciones – PIR y su Reglamento aprobado mediante
Decreto Supremo Nº 015-2006-JUS; y el Decreto
Supremo Nº 011-2012-JUS, que aprueba el Reglamento
de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y
Derechos Humanos;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorízase una transferencia f‌i nanciera
del Pliego 006: Ministerio de Justicia y Derechos
Humanos, hasta por la suma de Dos Millones Cien Mil
y 00/100 Nuevos Soles (S/. 2 100 000,00) a favor de los
Gobiernos Locales, conforme al Anexo que forma parte
integrante de la presente Resolución.
Artículo 2º.- La transferencia f‌i nanciera autorizada
por la presente Resolución se efectúa con cargo al
Presupuesto Institucional del Pliego: 006 Ministerio
de Justicia y Derechos Humanos, en la fuente de
f‌i nanciamiento: 1 Recursos Ordinarios, Unidad
Ejecutora: 001 Of‌i cina General de Administración;
Función: 23 Protección Social, División Funcional: 051
Asistencia Social, Grupo Funcional: 0114 Desarrollo de
Capacidades Sociales y Económicas, Actividad: 5001154
Reparaciones para las Víctimas de la Violencia Terrorista
y Violación de los Derechos Humanos, Meta: 050
Seguimiento de la Política Nacional de Paz Reparación
Colectiva y Reconciliación Nacional, específ‌i cas del
gasto 2.4. 1 3. 1 3 A otras Unidades del Gobierno Local
– Gastos Corrientes: Dos Millones Cien Mil y 00/100
Nuevos Soles (S/. 2 100 000,00).
Artículo 3º.- La transferencia f‌i nanciera se efectuará
conforme al cronograma de desembolsos, términos y
obligaciones establecidos en los Convenios suscritos
por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos con
los Gobiernos Locales para el f‌i nanciamiento de los
proyectos y actividades detallados en el Anexo de la
presente Resolución. Asimismo, los recursos no podrán
ser destinados, bajo responsabilidad, a f‌i nes distintos
para los cuales son transferidos.
Artículo 4º.- En el marco de la Ley Nº 27806, Ley
de Transparencia y Acceso a la Información Pública
y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº
072-2003-PCM, los Gobiernos Locales publicarán el
resultado de las acciones y el detalle de gastos de
los recursos transferidos en su Portal Institucional sin
perjuicio de las acciones de control que correspondan.
Los Gobiernos Locales que no cuenten con Portal
Institucional publicarán la información señalada en el
párrafo precedente en un diario de mayor circulación
o en un lugar visible de la entidad dentro del plazo
establecido.
Artículo 5º.- La Secretaría Ejecutiva de la Comisión
Multisectorial de Alto Nivel encargada del seguimiento
de las acciones y políticas del Estado en los ámbitos
de la paz, la reparación colectiva y la reconciliación
nacional - CMAN, se encargará de acuerdo a sus
funciones, de velar por la ejecución de los Convenios
referidos en el artículo 3º de la presente Resolución,
así como del seguimiento y monitoreo de los proyectos/
actividades del Programa de Reparaciones Colectivas
contenidas en los mismos.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
GUSTAVO L. ADRIANZÉN OLAYA
Ministro de Justicia y Derechos Humanos
1289812-1
Designan Secretaria Técnica Ad Hoc del
Concurso Público Nacional de Méritos para
el Ingreso a la Función Notarial
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 0255-2015-JUS
Lima, 18 de setiembre de 2015
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0011-2014-
JUS, de fecha 23 de enero de 2014, se designó al señor
Martin Eduardo Navarro Castellanos, como Secretario
Técnico Ad Hoc del Concurso Público Nacional de Méritos
para el Ingreso a la Función Notarial;
Que, el citado funcionario ha formulado renuncia al
cargo desempeñado, por lo que corresponde aceptarla,
resultando necesario designar al funcionario que
desempeñará dicho cargo;
De conformidad con lo dispuesto por la Ley N.º 29158,
de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia
y Derechos Humanos; la Ley N.º 27594, Ley que regula
la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento
y designación de funcionarios públicos; y el Decreto
Supremo N.º 011-2012-JUS, que aprueba el Reglamento
de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y
Derechos Humanos y el Decreto Supremo N.º 021-2012-
JUS, que aprueba el Reglamento del Concurso Público
Nacional de Méritos para el Ingreso a la Función Notarial;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aceptar la renuncia formulada por
el señor Martín Eduardo Navarro Castellanos, como
Secretario Técnico Ad Hoc del Concurso Público Nacional
de Méritos para el Ingreso a la Función Notarial, dándosele
las gracias por los servicios prestados.
Artículo 2º.- Designar a la señorita María Luisa
Silvana Solari Valdivieso como Secretaria Técnica Ad Hoc
del Concurso Público Nacional de Méritos para el Ingreso
a la Función Notarial, a partir de la fecha.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
GUSTAVO L. ADRIANZÉN OLAYA
Ministro de Justicia y Derechos Humanos
1289813-1
PRODUCE
Autorizan excepcionalmente la actividad
extractiva del recurso aracanto o palo
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 302-2015-PRODUCE
Lima, 18 de setiembre de 2015
VISTOS: El Memorando N° 5061-2015-PRODUCE/
DVP, los Of‌i cios N° DEC-100-327-2015-PRODUCE/
IMP y N° DEC-100-365-2015-PRODUCE/IMP del
Instituto del Mar del Perú – IMARPE, el Informe Nº
296-2015-PRODUCE/DGP-Diropa de la Dirección
General de Políticas y Desarrollo Pesquero, el Informe N°
100-2015-PRODUCE/OGAJ-cfva de la Of‌i cina General de
Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Ley N° 25977 establece que los recursos hidrobiológicos
contenidos en aguas jurisdiccionales del Perú son
patrimonio de la Nación y que corresponde al Estado
regular el manejo integral y la explotación racional de
dichos recursos, considerando que la actividad pesquera
es de interés nacional;
Que, el artículo 9 de la citada Ley dispone que el
Ministerio de la Producción, sobre la base de evidencias

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