RESOLUCION MINISTERIAL N° 281-2015-PRODUCE - Autorizan la actividad extractiva del recurso Lessonia trabeculata (aracanto o palo) en área marítima contigua al litoral comprendida entre Piedras Blancas en la provincia de Caravelí y Colorado Grande en la provincia de Islay, departamento de Arequipa

Fecha de disposición22 Agosto 2015
Fecha de publicación22 Agosto 2015
SecciónSección Única
559759
NORMAS LEGALES
Sábado 22 de agosto de 2015
El Peruano
/
Américas (MISPA V) a llevarse a cabo en Lima en el
mes de noviembre de 2015 ha sido reprogramada
para el 24 y 25 de agosto de 2015 en Washington D.C.
Estados Unidos, por lo que solicita la participación de
representantes del Ministerio del Interior;
Que, mediante Of‌i cio Nº 000872-2015/IN/VOI, de
fecha 14 de agosto de 2015, el Viceministro de Orden
Interno del Ministerio del Interior solicita la participación
en la Segunda Reunión del Grupo de Trabajo encargado
de coordinar los aspectos preparativos de la Quinta
Reunión de Ministros en Materia de Seguridad Pública
de las Américas (MISPA V), del Ministro Consejero
Renzo Villa Prado, Asesor Diplomático de la MISPA V,
del señor Omar Mauricio Méndez Irigoyen, Asesor de
la Alta Dirección del Ministerio del Interior y del Coronel
de la Policía Nacional del Perú Víctor Raúl Fernández
Serna, Director de Investigación y Desarrollo de la
Policía Nacional del Perú;
Que, el evento internacional a llevarse a cabo en la
ciudad de Washington D.C. Estados Unidos es de suma
importancia para nuestro país, por cuanto tiene por
f‌i nalidad coordinar los aspectos preparativos de la Quinta
Reunión de Ministros en Materia de Seguridad Pública
de las Américas (MISPA V), por lo que resulta de interés
institucional autorizar el viaje de representantes ante
dicho grupo de trabajo, debiendo señalarse que el viaje
al exterior antes referido será con costo para el Estado,
por lo que los gastos por concepto de viáticos y pasajes
aéreos (incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto)
serán asumidos por la Unidad Ejecutora 001 - Of‌i cina
General de Administración y la Unidad Ejecutora 002 -
Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional
del Perú, del Pliego 007: Ministerio del Interior;
Que, según lo establecido en el artículo 2º del Decreto
Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas
reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior
de servidores y funcionarios públicos, la resolución
de autorización de viajes al exterior de la República
estrictamente necesarios, será debidamente sustentada
en el interés nacional o en el interés específ‌i co de la
institución y deberá indicar expresamente el motivo del
viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de
los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por
tarifa única de uso de aeropuerto;
Que, conforme al penúltimo párrafo del numeral 10.1
del artículo 10º de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del
Sector Público para el Año Fiscal 2015, las excepciones
a la prohibición de viajes al exterior de servidores o
funcionarios públicos y representantes del Estado con
cargo a recursos públicos, dispuesta por el referido
numeral, deben canalizarse a través de la Presidencia del
Consejo de Ministros y se autorizan mediante Resolución
Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de
Ministros, la misma que es publicada en el Diario Of‌i cial
“El Peruano”; y,
De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula
la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y
Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo Nº 047-
2002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas
reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior
de servidores y funcionarios públicos; la Ley Nº 29158,
de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal
2015; el Decreto Legislativo Nº 1135, Ley de Organización
y Funciones del Ministerio del Interior; y, el Reglamento
de Organización y Funciones del Ministerio del Interior,
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje a la ciudad de Washington
D.C. Estados Unidos, del 23 al 26 de agosto de 2015, al
Ministro Consejero Renzo Villa Prado, Asesor Diplomático
de la MISPA V, al señor Omar Mauricio Méndez Irigoyen,
Asesor de la Alta Dirección del Ministerio del Interior y
al Coronel de la Policía Nacional del Perú Víctor Raúl
Fernández Serna, Director de Investigación y Desarrollo
de la Policía Nacional del Perú, para los f‌i nes expuestos
en la parte considerativa de la presente resolución.
Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de
la presente autorización, serán cubiertos con cargo a la
Unidad Ejecutora 001 - Of‌i cina General de Administración
y la Unidad Ejecutora 002 - Dirección de Economía y
Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007:
Ministerio del Interior, de acuerdo al detalle siguiente:
Importe Días Pers. Total US$
Viáticos US$ 440.00 x 3 x 3 = US$ 3,960.00
Pasajes aéreos US$ 2,380.76 x 2 = US$ 4,761.52
Pasajes aéreos US$ 1,636.94 x 1 = US$ 1,636.94
Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario
siguientes de efectuado el viaje, el personal a que se
ref‌i ere el artículo 1º de la presente Resolución deberá
presentar ante el Titular del Sector un informe detallado,
describiendo las acciones realizadas, rendición de viáticos
y los resultados obtenidos.
Artículo 4.- La presente Resolución Suprema no
libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos
aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.
Artículo 5.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y
el Ministro del Interior.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente de la República
PEDRO CATERIANO BELLIDO
Presidente del Consejo de Ministros
JOSÉ LUIS PÉREZ GUADALUPE
Ministro del Interior
1277977-5
PRODUCE
Autorizan la actividad extractiva del
recurso Lessonia trabeculata (aracanto o
palo) en área marítima contigua al litoral
comprendida entre Piedras Blancas en la
provincia de Caravelí y Colorado Grande
en la provincia de Islay, departamento de
Arequipa
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 281-2015-PRODUCE
Lima, 21 de agosto de 2015
VISTOS: El Of‌i cio N° DEC-100-284-2015-PRODUCE/
IMP del Instituto del Mar del Perú – IMARPE, el Informe
Nº 265-2015-PRODUCE/DGP-Diropa de la Dirección
General de Políticas y Desarrollo Pesquero, el Informe N°
095-2015-PRODUCE/OGAJ-cfva de la Of‌i cina General de
Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Ley N° 25977 establece que los recursos hidrobiológicos
contenidos en aguas jurisdiccionales del Perú son
patrimonio de la Nación y que corresponde al Estado
regular el manejo integral y la explotación racional de
dichos recursos, considerando que la actividad pesquera
es de interés nacional;
Que, el artículo 9 de la citada Ley dispone que el
Ministerio de la Producción, sobre la base de evidencias
científ‌i cas disponibles y de factores socioeconómicos,
determina, según el tipo de pesquerías, los sistemas de
ordenamiento pesquero, las cuotas de captura permisible,
las temporadas y zonas de pesca, la regulación del
esfuerzo pesquero, los métodos de pesca, las tallas
mínimas de captura y demás normas que requieran
la preservación y explotación racional de los recursos
hidrobiológicos;
Que, el numeral 6.1 del artículo 6 del Reglamento
de Ordenamiento Pesquero de las Macroalgas
Marinas aprobado por el Decreto Supremo N°
019-2009-PRODUCE dispone que el Ministerio

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