DECRETO SUPREMO N° 010-2013-IN - Aprueban Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior

Fecha de publicación30 Junio 2013
Fecha de disposición30 Junio 2013
El Peruano
Domingo 30 de junio de 2013
498424
INTERIOR
Aprueban Reglamento de Organización
y Funciones del Ministerio del Interior
DECRETO SUPREMO
Nº 010-2013-IN
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1135 se aprobó la
Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior,
que determina el ámbito de competencia exclusiva, las
funciones y estructura orgánica del Ministerio del Interior,
otorgándole competencia a nivel nacional en materia de
orden interno y orden público, así como la rectoría sobre
el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana;
Que, la Primera Disposición Complementaria Final del
Decreto Legislativo Nº 1135, Ley de Organización y Funciones
del Ministerio del Interior, establece que en un plazo no mayor
de ciento veinte (120) días calendarios, el Ministerio del Interior
deberá poner en consideración del Consejo de Ministros el
proyecto de Reglamento de Organización y Funciones del
Ministerio del Interior para su trámite de aprobación;
Que, en tal virtud se ha formulado el proyecto de
Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del
Ministerio del Interior, el cual es un instrumento de
gestión administrativa que orienta el esfuerzo institucional
al logro de su f‌i nalidad y objetivos, estableciendo
campos funcionales, precisando responsabilidades y
permitiendo un adecuado proceso de dirección y control
en las entidades públicas, compatible con los niveles de
exigencia y modernización que requiere el Estado;
Que la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia
del Consejo de Ministros ha emitido el informe previo
favorable, conforme lo señalado en el Artículo 33 del
Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM;
En uso de las facultades conferidas por el numeral 8
conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158 - Ley
Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº
1135 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio del
Interior; y la Ley Nº 27658 - Ley Marco de Modernización
de la Gestión del Estado;
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
DECRETA:
Artículo 1.- Aprobación del Reglamento de
Organización y Funciones del Ministerio del Interior.
Apruébese el Reglamento de Organización y Funciones
(ROF) del Ministerio del Interior, el mismo que consta de cinco
(05) Títulos, nueve (09) Capítulos, ocho (8) Subcapítulos y
ciento treinta y cuatro (134) Artículos, cuyo texto en anexo
forma parte del presente Decreto Supremo.
Artículo 2.- Publicación.
El Reglamento de Organización y Funciones (ROF)
del Ministerio del Interior, aprobado en el Artículo 1, será
publicado en el Portal del Ministerio del Interior (www.
mininter.gob.pe) y en el portal del Estado Peruano (www.
peru.gob.pe) el mismo día que se publique el presente
Decreto Supremo en el Diario Of‌i cial El Peruano.
Artículo 3.- Vigencia del Reglamento de
Organización y Funciones del Ministerio del Interior.
El presente Reglamento de Organización y Funciones
(ROF) del Ministerio del Interior entrará en vigencia, a partir
del día siguiente de su publicación en el Diario Of‌i cial El
Peruano.
Artículo 4.- Refrendo
El presente Decreto Supremo será refrendado por el
Ministro del Interior.
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES
PRIMERA.- Fusión por absorción
Fusiónase la Secretaría Técnica del Consejo Nacional
de Seguridad Ciudadana con la Dirección General de
Seguridad Ciudadana, bajo la modalidad de fusión por
absorción, teniendo la segunda la condición de órgano
incorporante.
Toda referencia normativa a la Secretaría Técnica
del Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana o a las
competencias y funciones que venía ejerciendo, se entenderá
como hecha a la Dirección General de Seguridad Ciudadana.
Facúltese al Ministerio del Interior a dictar, mediante
Resolución Ministerial, las disposiciones complementarias
que sean necesarias para dar cumplimiento a lo establecido
en la presente disposición.
SEGUNDA.- Nuevo Reglamento del SINASEC
En un plazo no mayor de noventa (90) días, contado a
partir de la vigencia del presente Reglamento, se aprobará
el nuevo Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de
Seguridad Ciudadana.
TERCERA.- Elaboración del Cuadro para
Asignación de Personal
El Cuadro para Asignación de Personal - CAP del
Ministerio del Interior, se formulará en un plazo no mayor
de ciento veinte días (120) días útiles, contados a partir de
la vigencia del presente Reglamento.
CUARTA.- Elaboración de otros Instrumentos de
Gestión
Facúltese al Ministerio del Interior para que un plazo
no mayor de ciento ochenta (180) días útiles, contados al
día siguiente de la vigencia de la presente norma, realice
las gestiones necesarias a f‌i n de aprobar los demás
instrumentos de gestión que corresponden, tales como
el Presupuesto Analítico de Personal - PAP, el Manual
de Organización de Funciones - MOF, el Texto Único de
Procedimientos Administrativos – TUPA, entre otros.
QUINTA.- Financiamiento del ROF
La implementación de lo dispuesto en la presente
norma se f‌i nanciará con cargo al presupuesto institucional
del Ministerio del Interior, sin demandar recursos
adicionales al Tesoro Público.
SEXTA.- Facultades
Facúltese al Ministerio del Interior para emitir las
disposiciones complementarias que sean necesarias para
el cumplimiento e implementación del presente Decreto
Supremo.
DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA
ÙNICA.- Derogación
aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del
Ministerio del Interior.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los
veintinueve días del mes de junio del año dos mil trece.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
WILFREDO PEDRAZA SIERRA
Ministro del Interior
956026-3
TRANSPORTES Y
COMUNICACIONES
Otorgan concesión única a
Telecomunicaciones Roviar E.I.R.L.
para prestar servicios públicos de
telecomunicaciones en área que
comprende todo el territorio nacional
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 363-2013-MTC/03
Lima, 24 de junio de 2013

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