La nulidad desde una perspectiva procesal

AutorKarla Patricia Maribel Vilela Carbajal
Páginas21-46
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Capítulo I
LA NULIDAD DESDE UNA
PERSPECTIVA PROCESAL
I. ANÁLISIS PREVIO
El tema de la presente investigación «La nulidad desde una pers-
pectiva procesal» se ha escogido teniendo en consideración que
en Perú, al igual que en muchos otros países, se aplica en el campo
procesal la doctrina sustantiva sobre los actos jurídicos ineficaces.
Esta transposición de la doctrina civil al terreno procesal se hace sin
detenerse a analizar los diversos problemas que surgen al realizar
esta aplicación.
Es intención de esta publicación exponer los principales proble-
mas que surgen de la adopción de las categorías civiles al campo
procesal con el ánimo de que los procesalistas peruanos se avoquen a
la construcción de un sistema de nulidad es procesales pero desde
una óptica adjetiva.
Para el logro de dicho fin el actual estudio se ha estructurado
de la siguiente manera: primero se plantea la temática de la nulidad
procesal, extrayéndola de los concepto s sus tantivos que sobre la
materia existen y transportándolos al campo procesal; posteriormente
se exponen los diversos problemas que se originan por la carencia de
una sistemática procesal del tema, ya que muchos de los conceptos
tomados del derecho sustantivo no encuentran justificación en el te-
rreno procesal. Y, así, se aprecian las diversas cuestiones que surgen
al comprobar la peculiar naturaleza heterogénea de los actos proce-
sales, por lo que es difícil encontrar en muchos de ellos los elementos
esenciales del acto jurídico como son la voluntad y la forma. Y es esta
misma heterogeneidad de su naturaleza lo que impide considerar al
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acto procesal como punto de partida en el estudio del sistema de
nulidades procesales, pues además de ser una visión formalista, tam-
poco tiene en consideración la dife rente valoración que tienen los
actos procesales, porque hay vicios en los actos de los órganos juris-
diccionales que no se valoran igual en los actos de las partes.
Y el último problema que se encuentra en la transposición de las
teorí as ius priva tist as en el á mbit o proc esal e s el tem a de la
subsanabilidad de los actos viciados de nulidad. En el campo civil es
principio reconocido el considerar insubsanables los actos viciados
de nulidad absoluta. Sin embargo, en el del proceso, una vez emitida
sentencia firme, se consideran subsanados todos los actos viciados.
A continuación se analizarán cada uno de estos problemas:
II. LAS CATEGORÍAS DE INEFICACIA EN LA DOCTRINA PRO-
CESAL Y SU FUNDAMENTACIÓN
Las teorías de las nulidades procesales (inexistencia, nulidad,
nulidad relativa y anulabilidad) han sido construidas en la doctrina
procesal siguiendo o imitando el modelo del acto jurídico civil. Es
decir, se aplic an los principios del derecho común a la técnica del
proceso, y es así bastante frecuente encontrar el estudio de las nuli-
dades procesales enfocado desde una óptica privatística.
A pesar de ello, la doctrina del derecho procesal ha sido cons-
ciente en considerar que la aplicación al proceso de los modelos civi-
les no puede hacerse sin críticas, pues si bien el régimen de las
nulidades presenta caracteres comunes a todo el derecho, la especial
naturaleza de las actuaciones que se cumplen en el proceso, como su
invariabilidad, contingencia y función en razón de las circunstancias
de tiempo y lugar, hacen a él inaplicables las normas del código civil.
Es decir, existen graves dificultades para conseguir una explicación
coherente1. Pero, a pesar de estas dificultades, la mayoría de la doc-
1. Cfr. GÓMEZ ORBANEJA, Emilio. Derecho Procesal Civil, tomo I, octava edición.
Artes Gráficas ediciones S.A., Madrid, 1969, pp. 177 y 189. Sostiene que los
conceptos de hecho y acto procesal están íntimamente enlazados con la teoría
general del hecho y del acto jurídico, pero más adelante señala que la posible
subsanación de las faltas de los actos procesales no está en relación con las dos
clases de nulidad ( absoluta y relativa), sino más bien con la naturaleza de la

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