El porqué de la libertad académica

AutorRonald Dworkin
Páginas293-310
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El porqué de la libertad académica
La expresión “libertad académica” hoy suscita imágenes y asociaciones diferentes
de lo que lo hizo hace treinta o incluso diez años atrás. Entonces pensábamos
en profesores de izquierda, legisladores macartistas, juramentos de lealtad y pre-
sidentes universitarios valientes y cobardes. Tanto los liberales como los radicales
estaban a favor de la libertad académica. Muchos conservadores pensaban que ella
estaba sobrevalorada, o incluso la veían como parte de la conspiración para teñir a
los Estados Unidos de rojo. Hoy es el partido reformista el que habla de terminar
con la libertad académica y son los conservadores quienes la llaman un baluarte de
la civilización occidental. Hoy la expresión nos remite a profesores insensibles y a
códigos discursivos que podrían proteger a los estudiantes de sus insensibilidades.
Nos preguntamos si la libertad académica impide esa protección y, en caso de ser
así, si ella es tan importante como alguna vez pensaron los liberales.
Algunos ejemplos serán de utilidad. No quiero dar a entender que los inci-
dentes de este tipo sean eventos de todos los días en los campus universitarios de
los Estados Unidos, como sugieren algunos de quienes critican a las universida-
des desde la derecha, o incluso que hayan ocurrido como aquí los describo; me
reero a ellos porque representan el tipo de eventos, reales o exagerados, que han
despertado nuevas sospechas y entusiasmos en torno a la libertad académica. Un
profesor es disciplinado porque enseña que las personas de color son inferiores a las
personas blancas. Otro es castigado porque enseña que los judíos son enemigos de
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las personas de color. Un profesor es criticado con severidad porque en una clase
de historia de los Estados Unidos asigna como material de lectura los periódicos
dirigidos por los administradores de una plantación que trabaja con esclavos, sin
recibir el apoyo que muchos de sus colegas consideran apropiado de parte de las
autoridades universitarias ante las quejas de los alumnos. Otro profesor es disci-
plinado debido a que, para ilustrar un asunto complejo del Derecho contractual,
cita aquella línea del Don Juan de Byron sobre la mujer que suspira “Nunca daré
mi consentimiento” y consiente, y otro profesor lo es en virtud de que describe
la danza del vientre como si consistiera en sostener un vibrador debajo de un
plato de gelatina. La Universidad de Michigan adopta un código discursivo que
prohíbe “cualquier conducta, verbal o física, que estigmatice o victimice a un
individuo sobre la base de su raza, etnia, religión, sexo, orientación sexual, credo,
origen nacional, herencia, edad, estado civil, discapacidad, estatuto de veterano
de Vietnam, y que… genere un ambiente intimidatorio, hostil o degradante para
propósitos educativos”. La Universidad de Stanford adopta un código discursivo
distinto, que prohíbe aquellas expresiones que “1) intenten insultar o estigmatizar
a un individuo o a un pequeño número de individuos sobre la base de su sexo,
raza, color, discapacidad, religión, orientación sexual u origen étnico o nacional,
2) que estén dirigidas directamente al o a los individuos a quienes busca insultar
o estigmatizar y 3) que hagan uso de palabras o símbolos no verbales que sean
insultantes o ‘beligerantes’”. Cada uno de estos sucesos diferentes es ampliamen-
te lamentado, y de cada uno se dice que constituye una violación de la libertad
académica.
Este giro vinculado a causas célebres ha producido una nueva incertidumbre
sobre qué sea realmente la libertad académica. No resulta sorprendente. Los valores
políticos adoptan su signicado de los paradigmas de su aplicación, y cuando ellos
cambian, los valores que hasta entonces parecían obvios de pronto se vuelven resis-
tentes a su recepción. Pero si las dimensiones y objetivos de la libertad académica
hoy son inciertos, es importante que intentemos redenirlos. Debemos construir
un enfoque novedoso de la libertad académica que satisfaga dos criterios evalua-
tivos. Primero, ella debe encajar adecuadamente con la comprensión general de
lo que exige y no exige la libertad académica, como para que pueda proporcionar
una nueva interpretación de un valor establecido, no un nuevo valor. Segundo,
ella debe justicar aquella comprensión general en la medida en que ésta pueda ser
justicada; debe mostrar por qué la libertad académica es un valor, de modo que
podamos juzgar cuán importante es, así como determinar si y cuándo es posible
que ella deba ceder el paso a otros valores en pugna1.
1 Me reero a interpretar la institución social de la libertad académica, no sólo a identicar hasta dónde
el Derecho (incluyendo en los Estados Unidosa a la Constitución) dene y protege esa institución

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