RESOLUCION JEFATURAL N° 091-2012-INEI - Índices Unificados de Precios de la Construcción para las seis Áreas Geográficas, correspondientes al mes de marzo de 2012

Fecha de disposición03 Abril 2012
Fecha de publicación03 Abril 2012
NORMAS LEGALES
www.elperuano.com.pe
FUNDADO
EN 1825 POR
EL LIBERTADOR
SIMÓN BOLÍVAR
Lima, martes 3 de abril de 2012
463579
AÑO DE LA
INTEGRACIÓN
NACIONAL Y EL
RECONOCIMIENTO
DE NUESTRA DIVERSIDAD
PODER EJECUTIVO
DECRETOS DE URGENCIA
D.U. N° 011-2012.- Autorizan la habilitación de módulos
temporales de vivienda en las zonas declaradas en
emergencia 463581
PRESIDENCIA DEL CONSEJO
DE MINISTROS
R.S. N° 091-2012-PCM.- Autorizan viaje el Ministro de
Economía y Finanzas a EE.UU. y encargan su Despacho
al Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento
463582
R.S. N° 092-2012-PCM.- Crean la Comisión Multisectorial
de Intervención Integral para la Gestión Reactiva del
Riesgo de Desastres frente a las Temporadas de Heladas
y Friaje 463583
AGRICULTURA
D.S. N° 005-2012-AG.- Rectif‌i can artículo 1° del Decreto
Supremo N° 014-2011-AG 463584
R.S. N° 007-2012-AG.- Rectif‌i can nombre de comunidad
campesina por el de Comunidad Campesina de
Pongococha 463584
R.M. N° 0126-2012-AG.- Constituyen Grupo de Trabajo
para la Gestión de Riesgo de Desastres del Ministerio
463585
R.M. N° 0127-2012-AG.- Delegan diversas facultades en
el Viceministro y en el Director General de la Of‌i cina de
Administración del Ministerio 463586
R.M. N° 0128-2012-AG.- Designan Director de
Promoción de la Competitividad de la Dirección General
de Competitividad Agraria del Ministerio 463587
CULTURA
D.S. N° 001-2012-MC.- Reglamento de la Ley Nº 29785,
Ley del Derecho a la Consulta Previa a los Pueblos
Indígenas u Originarios reconocido en el Convenio 169 de
la Organización Internacional del Trabajo (OIT) 463587
DEFENSA
R.S. N° 145-2012-DE/.- Autorizan viaje de personal del
Ministerio a f‌i n de acompañar al Ministro de Defensa en
su Visita Of‌i cial a la República de Corea 463595
R.S. N° 146-2012-DE/MGP.- Autorizan la permanencia
de Of‌i cial de la Marina de Guerra del Perú en EE.UU. en
comisión de servicios 463596
R.S. N° 147-2012-DE/.- Disponen que las Fuerzas
Armadas asuman el control del Orden Interno en tanto
dure el Estado de Emergencia prorrogado mediante
R.M. N° 384-2012-DE/SG.- Autorizan ingreso al territorio
peruano a personal militar de Brasil 463597
ECONOMIA Y FINANZAS
R.M. N° 251-2012-EF/43.- Designan Jefa de la Of‌i cina de
Recursos Humanos de la Of‌i cina General de Administración
y Recursos Humanos del Ministerio 463598
ENERGIA Y MINAS
R.M. N° 167-2012-MEM/DM.- Encargan funciones de
Director General de la Dirección General de Electrif‌i cación
Rural 463598
R.M. N° 168-2012-MEM/DM.- Aprueban Directiva de
presentación de Declaraciones Juradas de Ingresos y
de Bienes y Rentas del Ministerio de Energía y Minas
463598
INTERIOR
RR.MM. N°s. 0261, 0262 y 0264-2012-IN.- Designan
Directores de Programa Sectorial II de la Dirección de
Control de Servicios de Seguridad Privada, Dirección de
Control Operativo y de la Dirección de Control de Armas,
Munición y Explosivos de la DICSCAMEC 463599
R.M. N° 0263-2012-IN.- Designan Director de Programa
Sectorial I de la Subdirección de Administración de Armas
de la DICSCAMEC 463600
JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
R.S. N° 054-2012-JUS.- Aceptan renuncia de Procurador
Público del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
463600
R.S. N° 055-2012-JUS.- Designan Procuradora Pública
del COFOPRI 463601
PRODUCE
R.M. N° 150-2012-PRODUCE.- Aceptan renuncia y
designan Director General de la Of‌i cina General de
Asesoría Jurídica del Ministerio 463601
Sumario
Año XXIX - Nº 11790
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, martes 3 de abril de 2012
463580
R.M. N° 153-2012-PRODUCE.- Aceptan renuncia y
designan Directora General de la Of‌i cina General de
Planif‌i cación y Presupuesto del Ministerio 463602
R.M. N° 154-2012-PRODUCE.- Aceptan renuncia y
designan Asesor II del Despacho Ministerial 463602
R.M. N° 155-2012-PRODUCE.- Aceptan renuncia y
designan Jefe de Gabinete de Asesores del Despacho
Ministerial 463602
RELACIONES EXTERIORES
R.S. N° 096-2012-RE.- Nombran Cónsul Honorario
del Perú en la ciudad de Katmandú, República Federal
Democrática de Nepal 463603
R.S. N° 097-2012-RE.- Nombran Cónsul Honorario del
Perú en Corrientes, República Argentina 463603
TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
D.S. N° 004-2012-MTC.- Decreto Supremo que establece
el Régimen Excepcional para la Autorización de la
prestación del Servicio de Transporte Terrestre Regular
de personas en los días festivos a nivel nacional 463605
ORGANISMOS EJECUTORES
ARCHIVO GENERAL DE LA NACION
R.J. N° 088-2012-AGN/J.- Designan Director de Programa
Sectorial III de la Dirección Nacional de Archivo Histórico
463606
ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS
AUTORIDAD NACIONAL DEL
SERVICIO CIVIL
Res. N° 052-2012-SERVIR-PE.- Modif‌i can cargo de
destino de Gerente Público a f‌i n de asumir el cargo de
Gerente General Regional del Gobierno Regional de La
Libertad 463606
INSTITUTO NACIONAL DE
ESTADISTICA E INFORMATICA
R.J. N° 091-2012-INEI.- Índices Unif‌i cados de Precios
de la Construcción para las seis Áreas Geográf‌i cas,
correspondientes al mes de marzo de 2012 463607
PODER JUDICIAL
CORTES SUPERIORES
DE JUSTICIA
Res. Adm. N° 207-2012-P-CSJLI/PJ.- Precisan plazo de
permanencia de Juez Superior Provisional de la Segunda
Sala Contencioso Administrativo de Lima y de Juez
Provisional del Tercer Juzgado Civil de Lima 463607
Res. Adm. N° 208-2012-P-CSJLI/PJ.- Conforman la
Segunda Sala Penal para Procesos con Reos en Cárcel
de Lima y disponen permanencia de Juez Supernumeraria
del Vigésimo Tercer Juzgado Penal de Lima 463608
Res. Adm. N° 209-2012-P-CSJLI/PJ.- Designan
miembros integrantes de las Comisiones de Capacitación
de Magistrados de la Corte Superior de Justicia de Lima
para el Año Judicial 2012 463609
Res. Adm. N° 210-2012-P-CSJLI/PJ.- Conforman
Comisión Permanente de Selección de Personal para
la cobertura de plazas vacantes de la Corte Superior de
Justicia de Lima 463610
Res. Adm. N° 211-2012-P-CSJLI/PJ.- Establecen nueva
conformación de la Comisión Distrital de Magistrados para
la Implementación del Código Procesal Penal de la Corte
Superior de Justicia de Lima 463611
Res. Adm. N° 212-2012-P-CSJLI/PJ.- Aprueban nuevo
nombre de la Comisión constituida por la Res. Adm.
N° 358-2010-P-CSJLI-PJ por el de “Comisión Especial de
Defensa Institucional de la Corte Superior de Justicia de
Lima” 463611
Res. Adm. N° 213-2012-P-CSJLI/PJ.- Designan Jueza
Supernumeraria del Quinto Juzgado de Familia con
competencia Penal de Lima 463612
Res. Adm. N° 214-2012-P-CSJLI/PJ.- Establecen
conformación de la Cuarta Sala Penal Liquidadora de
Lima y designan Juez Supernumeraria del Primer Juzgado
Penal de San Juan de Lurigancho 463613
ORGANOS AUTONOMOS
BANCO CENTRAL DE RESERVA
Circular N° 0008-2012-BCRP.- Índice de reajuste diario a
que se ref‌i ere el artículo 240° de la Ley General del Sistema
Financiero y del Sistema de Seguros, correspondiente al
mes de abril de 2012 463613
CONTRALORIA GENERAL
Res. N° 100-2012-CG.- Aprueban Estructura de Cargos
Clasif‌i cados y Cuadro para Asignación de Personal de la
Contraloría General de la República 463614
MINISTERIO PUBLICO
Res. N° 812-2012-MP-FN.- Nombran f‌i scales provisionales
y los designan en diversas f‌i scalías provinciales del Distrito
Judicial de Arequipa 463614
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE
PUEBLO LIBRE
D.A. N° 04-2012-MPL.- Convocan a Elección de los
Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de
Coordinación Local distrital de Pueblo Libre 463615
MUNICIPALIDAD DE
SAN JUAN DE MIRAFLORES
D.A. N° 06-2012-MDSJM-A.- Prorrogan plazo para el
pago de la primera cuota del Impuesto Predial y Arbitrios
Municipales para el ejercicio 2012 463616
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD DE
LA PERLA
D.A. N° 004-2012-MDLP-ALC.- Aprueban la simplif‌i cación
de requisitos en diversos procedimientos administrativos
del TUPA de la Municipalidad 463616
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, martes 3 de abril de 2012 463581
PODER EJECUTIVO
DECRETOS DE URGENCIA
DECRETO DE URGENCIA
Nº 011-2012
AUTORIZAN LA HABILITACIÓN DE MÓDULOS
TEMPORALES DE VIVIENDA EN LAS ZONAS
DECLARADAS EN EMERGENCIA
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, como consecuencia de las precipitaciones que
se han registrado entre los meses de noviembre de 2011
a febrero de 2012, han resultado damnif‌i cadas más de
36 000 personas y cerca de 30 mil viviendas se han visto
afectadas a nivel nacional; y de las viviendas que han sido
afectadas, más de 8 000 han colapsado o se encuentran
inhabitables;
Que, esta situación sigue afectando a más de 40
provincias del país donde vienen ocurriendo intensas
precipitaciones pluviales y solidas en las últimas
semanas, que han causado daños en la infraestructura
y viviendas de diversas localidades, mayoritariamente
alto andinas y de la amazonia, que ponen en riesgo a
poblaciones vulnerables, considerando la precariedad de
sus viviendas, afectando la salud y vida de las personas;
Que, la Constitución Política del Perú establece que
el f‌i n supremo de la sociedad y del Estado es la defensa
de la persona humana y el respeto de su dignidad; y que
todos tenemos derecho a la protección de la salud, la del
medio familiar y la de la comunidad, así como el deber de
contribuir a su promoción y defensa;
Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI, y
los Gobiernos Regionales, en el marco de sus funciones,
están facultados para brindar atención de emergencia,
proporcionando apoyo inmediato a la población afectada,
función que han cumplido asistiendo a los damnif‌i cados,
entregando ayuda humanitaria, consistente en abrigo,
alimentos, enseres y materiales para proporcionar un
techo provisional, tales como carpas, bobinas de plástico,
calaminas, entre otros, a las personas que se encuentran
en una situación de peligro inminente o que hayan
sobrevivido a los efectos devastadores de un fenómeno
natural;
Que, dada la magnitud de los daños, en muchos casos
superan la capacidad de los Gobiernos Locales y Regionales,
para afrontar varias emergencias simultáneas, por lo que
se requiere la intervención sectorial de las entidades del
Gobierno Nacional para ejecutar las acciones inmediatas
y necesarias, destinadas a la atención de la emergencia
y rehabilitación de las zonas afectadas, entre ellas, del
Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, en lo
que corresponde a sus competencias;
Que, si bien la atención de la población en emergencias,
a través de los procesos adecuados para la preparación,
respuesta y rehabilitación corresponde al Sistema Nacional
de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), se debe
tener en cuenta la necesidad de, además de la atención
de la emergencia propiamente dicha, dar una solución
apropiada y oportuna que garantice condiciones mínimas
de habitabilidad a las familias que han sufrido el colapso
total de sus viviendas o éstas se encuentran en situación
de inhabitabilidad, y en los que la reposición de la vivienda
def‌i nitiva no sea factible en el corto plazo;
Que, en ese marco, resulta de vital importancia para
las familias damnif‌i cadas, en lo que a vivienda se ref‌i ere,
facilitarles una solución de vivienda temporal, que les
brinde seguridad y protección a su salud, en tanto se den
soluciones integrales, permanentes de vivienda;
Que, de acuerdo a la Ley N° 27792, Ley de Organización
y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y
Saneamiento, corresponde a dicho ministerio ejecutar
acciones en materia de vivienda, por lo que resulta necesario
autorizarlo a realizar acciones que permitan la adquisición
e instalación de módulos temporales de vivienda en forma
inmediata, en las zonas declaradas en emergencia;
Que, es de interés nacional dictar medidas
extraordinarias con carácter urgente, de naturaleza
económica f‌i nanciera, con el objeto de mitigar el impacto
de los fenómenos naturales y para brindar a la brevedad
posible una vivienda temporal digna, segura y que
resguarde la salud de sus ocupantes;
En uso de las facultades conferidas por el numeral 19
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; y,
Con cargo a dar cuenta al Congreso de la República;
DECRETA:
Artículo 1º.- Autorización para la Adquisición e
instalación de módulos temporales de vivienda en las
zonas afectadas por desastres naturales.
Autorizar al Ministerio de Vivienda, Construcción y
Saneamiento, a adquirir e instalar módulos de vivienda
temporal, para lo cual adquirirá los bienes y contratará los
servicios que resulten necesarios, hasta por la suma de
S/. 10 000 000,00 (DIEZ MILLONES Y 00/100 NUEVOS
SOLES), con el objeto de habilitar a favor de las familias
cuyas viviendas se encuentren totalmente colapsadas
o inhabitables como consecuencia de los fenómenos
naturales que se vienen presentando con gran intensidad
en el territorio nacional, en los casos en los que no exista
alguna alternativa de reposición de la unidad habitacional
def‌i nitiva en el corto plazo.
Artículo 2º.- Financiamiento
La aplicación de la presente norma se f‌i nancia con
cargo al Presupuesto institucional del Ministerio de Vivienda,
Construcción y Saneamiento y de los Gobiernos Locales, según
corresponda, para lo cual podrán realizar las modif‌i caciones
presupuestarias en el nivel funcional programático que
resulten necesarias, incluyendo lo dispuesto en el literal c) del
numeral 41.1 del artículo 41º de la Ley Nº 28411, Ley General
del Sistema Nacional de Presupuesto, así como el primer
párrafo de la Tercera Disposición Complementaria Transitoria
Artículo 3°.- Padrón
Los Gobiernos Locales, a través de sus Of‌i cinas de
Defensa Civil o la que haga sus veces, se encargarán de
elaborar el padrón validado de las familias damnif‌i cadas
cuyas viviendas se encuentren totalmente destruidas,
colapsadas, o que sufrieron graves daños que imposibilitan
su habitabilidad como consecuencia del impacto de los
fenómenos naturales a que se ref‌i ere el presente Decreto,
y que se encuentren considerados en el Informe de
Evaluación de Daños y Análisis de Necesidades (EDAN),
registrado en el SINPAD (Sistema de Información Nacional
para la Respuesta y Rehabilitación). Dicho informe y el
referido padrón deberán estar publicados en el Portal
Institucional del Instituto Nacional de Defensa Civil –
INDECI, dentro de los 5 días de ocurrido el evento. En el
mismo plazo, los citados documentos deberán remitirse al
Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento.
Artículo 4°.- Acceso al módulo temporal de
vivienda
4.1 Podrán ser benef‌i ciarios de la entrega de
módulos de vivienda temporal provistos por el Ministerio
de Vivienda, Construcción y Saneamiento, las familias
damnif‌i cadas, que:
a. Se encuentren incluidas en el padrón, a que se
ref‌i ere el artículo precedente, y cuyas viviendas se
encuentren totalmente destruidas, colapsadas, o que
sufrieron graves daños que imposibilitan su habitabilidad
como consecuencia del desastre natural.
b. No ser propietario de inmueble distinto a aquel que
ha sufrido daños y se encuentra inhabitable, según el
padrón a que se ref‌i ere el artículo precedente.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR