Ley Nº. 29352, Ley que regula la libre disponibilidad temporal y posterior intangibilidad de la CTS

AutorJavier Neves Mujica - Elmer Guillermo Arce Ortiz
Cargo del AutorEx Ministro de Trabajo y Profesor de Derecho Laboral de la Pontificia Universidad Católica del Perú - Profesor de Derecho Laboral de la Pontificia Universidad Católica del Perú
Páginas399-400
RÉGIMEN LABORAL GENERAL DE LA ACTIVIDAD PRIVADA
399
Ley Nº. 29352
Ley que regula la libre disponibilidad
temporal y posterior intangibilidad de la CTS
(El Peruano, 1-05-2009)
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
El Congreso de la República
Ha dado la Ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
Ley que establece la libre disponibilidad
temporal y posterior intangibilidad de la
compensación por tiempo de servicios (CTS)
Artículo 1.- Objeto de la Ley
El objet o de la pres ente Ley es devolver a l a Compensa-
ción por T iempo de Servic ios (CTS) su nat uraleza de segu ro
de desem pleo, que perm ita a l os trabaja dores tener un a
contin gencia asegurada para la eventualidad de la pér dida
del empleo.

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