Decreto Supremo Nº. 009-2005-VI-VIENDA, Reglamento de la Ley Nº. 28461

AutorJavier Neves Mujica - Elmer Guillermo Arce Ortiz
Cargo del AutorEx Ministro de Trabajo y Profesor de Derecho Laboral de la Pontificia Universidad Católica del Perú - Profesor de Derecho Laboral de la Pontificia Universidad Católica del Perú
Páginas387-397
RÉGIMEN LABORAL GENERAL DE LA ACTIVIDAD PRIVADA
387
Decreto Supremo Nº. 009-2005-VIVIENDA
Aprueban Reglamento de la Ley Nº. 28461
que autoriza el uso parcial de la CTS
en programas de vivienda promovidos
por el Ministerio
(El Peruano, 07-05-2005)
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº. 28461, publicada el 11 de enero de 2005,
se autoriza el uso del 80% de la Compensación por Tiempo de
Servicios (CTS) destinado a la Adquisición de Vivienda o Terreno
en el marco de los Programas promovidos por el Ministerio de
Vivienda, Construcción y Saneamiento o por el Sector Privado;
Que, con arreglo a la Disposición Final es necesario dictar
las normas reglamentarias necesarias para mejor aplicación de
la Ley Nº. 28461;
De conformidad con lo establecido en el inciso 8) del Artí-
culo 118 de la Constitución Política del Perú, la Ley Nº. 27779,
la Ley Nº. 27792 y el Decreto Supremo Nº. 002-2002-VIVIENDA
DECRETA:
Artículo 1.- Aprobar el Reglamento de la Ley Nº. 28461,
que autoriza el uso del 80% de la Compensación por Tiempo

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