54 199-2001-P-CS - Establecen disposiciones para la compensación de horas que se dejarán de laborar los días feriados no laborables a que se refiere el D.S. Nº 028-2001-TR
Fecha de publicación | 21 Diciembre 2001 |
Fecha de disposición | 21 Diciembre 2001 |
DIARIO OFICIAL
FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR
NORMAS LEGALES
Lima, viernes 21 de diciembre de 2001 AÑO XIX - Nº 7852 Pág. 214243
Director: Hugo Garavito Amézaga http://www.editoraperu.com.pe
"AÑO DE LA CONMEMORACIÓN DE LOS 450 AÑOS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS"
SUMARIO
PODER LEGISLATIVO
CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Ley Nº 27603.- Ley de Creación del Banco Agropecuario
214245
PODER EJECUTIVO
DECRETOS DE URGENCIA
D.U. Nº 134-2001.- Autorizan al Banco de Materiales transfe-
rir vehículos y maquinaria pesada a gobiernos locales de los
departamentos de Tumbes, Piura e Ica, a ser utilizados en obras
de prevención del "Fenómeno del Niño" 214247
D.U. Nº 135-2001.- Autorizan adquirir bienes y contratar ser-
vicios necesarios para la capacitación docente, actualización y
transporte de materiales educativos mediante proceso de adju-
dicación de menor cuantía 214248
D.U. Nº 136-2001.- Amplían plazo de entrada en vigor de la
Ley Nº 27584, que regula el proceso contencioso adminis-
trativo 214249
P C M
R.M. Nº 241-2001-PCM.- Autorizan arrendamiento de ofici-
nas mediante proceso de adjudicación de menor cuantía
214250
DEFENSA
D.S. Nº 54-DE/SG.- Fijan cantidades mínimas y máximas del Efec-
tivo de Organización para cada Grado, Comando y Servicios del
Ejército, Marina de Guerra y Fuerza Aérea que pasen a la situa-
ción militar de retiro por causal de renovación 214250
R.S. Nº 962-DE/SG.- Dan por concluidas funciones de Secre-
tario General del Ministerio 214251
ECONOMÍA Y FINANZAS
R.S. Nº 538-2001-EF.- Aprueban donación efectuada a favor
del Hospital de Emergencias "José Casimiro Ulloa" del Minis-
terio de Salud 214251
R.S. Nº 539-2001-EF.- Aceptan donación destinada al apoyo
de programas y otros eventos que realiza Agro Acción Alema-
na 214252
R.S. Nº 540-2001-EF.- Aceptan donación destinada al taller de
fabricación y montaje de sillas de ruedas de asociación de tra-
bajadores discapacitados 214252
R.S. Nº 541-2001-EF.- Aceptan donación que será distri-
buida entre damnificados de la emergencia ocurrida en los
departamentos de Arequipa, Ayacucho, Moquegua y Tac-
na 214253
R.D. Nº 044-2001-EF/76.01.- Aprueban Asignación y Previ-
sión Trimestral del Primer Trimestre del año fiscal 2002, co-
rrespondiente a los Recursos Públicos 214253
ENERGÍA Y MINAS
R.M. Nº 544-2001-EM/VME.- Autorizan viaje de profe-
sionales del IPEN a Chile para participar en evento sobre estrate-
gia de información pública 214254
INTERIOR
R.S. Nº 1440-2001-IN.- Amplían plazo concedido a Comisión
Especial encargada de llevar a cabo diagnóstico institucional y
definir agenda y cronograma de proceso de reestructuración
policial 214254
JUSTICIA
RR.MM. Nºs. 441 y 442-2001-JUS.- Autorizan a procurador
iniciar proceso judicial a presuntos responsables de la comi-
sión de delito contra la fe pública 214255
RR.VMs. Nºs. 386, 388, 389 y 390-2001-JUS.- Autorizan
a diversas asociaciones el funcionamiento de centros de
conciliación con sede en las provincias de Arequipa, Lima
y del Santa 214256
Fe de Erratas de la R.S. Nº 486-2001-JUS 214257
RELACIONES EXTERIORES
D.S. Nº 099-2001-RE.- Ratifican Tratado de Extradición sus-
crito con la República del Ecuador 214257
SALUD
R.S. Nº 513-2001-SA.- Incluyen diversos procesos de licita-
ción pública para adquisición de bienes, contratación de servi-
cios y ejecución de obra en el Sistema "Evaluación Internacio-
nal de Procesos" 214258
M T C
R.VM. Nº 012-2001-MTC/15.04.- Aprueban ficha de
Empadronamiento del Proyecto Piloto Nuevo Pachacútec
214258
R.VM. Nº 011-2001-MTC/15.04.- Designan Directores Eje-
cutivos del Proyecto Piloto Nuevo Pachacútec 214260
R.VM. Nº 1024-2001-MTC/15.03.- Otorgan a persona na-
tural autorización y permiso de instalación para operar es-
tación del servicio de radiodifusión comercial por televi-
sión en UHF 214260
RR.VMs. Nºs. 1025 y 1026-2001-MTC/15.03.- Otorgan a
personas naturales autorización y permiso de instalación
para operar estaciones del servicio de radiodifusión sono-
ra comercial 214261
RR.VMs. Nºs. 1027 y 1028-2001-MTC/15.03.- Otorgan a
empresas autorización y permiso de instalación para ope-
rar estaciones del servicio de radiodifusión sonora comer-
cial 214263
R.D. Nº 148-2001-MTC/15.15.- Otorgan licencia a Chip's
Bunkering S.A. para prestar servicio de remolcaje en el termi-
nal portuario del Callao 214264
R.D. Nº 151-2001-MTC/15.15.- Otorgan licencia a Marp's S.A.
para prestar servicio de abastecimiento de combustible en ba-
hía y terminal portuario del Callao 214265
RR.DD. Nºs. 186 y 227-2001-MTC/15.15.- Otorgan licen-
cias a personas naturales para prestar servicio de transpor-
te en bahía en el Terminal Portuario del Callao y su área de
influencia 214265
Pág. 214244
NORMAS LEGALES
Lima, viernes 21 de diciembre de 2001
PODER JUDICIAL
CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Res. Adm. Nº 184-2001-CE-PJ.- Prorrogan funcionamiento
de las Salas Transitorias Penal, Civil y de Derecho Constitu-
cional y Social de la Corte Suprema de Justicia 214266
Investigación Nº 64-2000-JUNIN.- Sancionan con
destitución a auxiliar judicial por su actuación como
Secretaria de Juzgado Penal de la provincia de Jauja
214267
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
Res. Adm. Nº 198-2001-P-CS.- Crean la Página Web del Po-
der Judicial 214267
Res. Adm. Nº 199-2001-P-CS.- Establecen disposiciones
para la compensación de horas que se dejarán de laborar
los días feriados no laborables a que se refiere el D.S. Nº
028-2001-TR 214268
ORGANISMOS AUTÓNOMOS
MINISTERIO PÚBLICO
Res. Nº 1337-2001-MP-FN.- Declaran fundada denuncia
contra ex magistrado del Primer Juzgado Penal del Cono Nor-
te, por la presunta comisión de delito contra la fe pública
214268
S B S
Res. SBS Nº 965-2001.- Prorrogan plazo otorgado al Ban-
co Santander Central Hispano - Perú para que proceda a
enajenar bienes inmuebles adjudicados en pago de deudas
214269
Res. SBS Nº 975-2001.- Autorizan a la Caja Municipal de Aho-
rro y Crédito Del Santa S.A. la apertura de oficina especial en
la provincia de Casma 214269
Res. SBS Nº 983-2001.- Autorizan a Wiese Aetna Seguros de
Vida el cierre de oficina especial ubicada en el distrito de San
Isidro, provincia de Lima 214270
Res. SBS Nº 1005-2001.- Autorizan contratar servicios de ase-
soría legal mediante proceso de adjudicación de menor cuantía
para la investigación preliminar de proceso penal iniciado por
Nuevo Mundo Holding 214270
ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS
CONASEV
Res. Nº 066-2001-EF/94.10.- Aceptan renuncia de miembro
titular del Comité de Protección al Accionista Minoritario
214271
Res. Nº 070-2001-EF/94.10.- Designan miembro titular del
Comité de Protección al Accionista Minoritario 214271
CONTADURÍA PÚBLICA DE LA NACIÓN
Res. Nº 024-2001-EF/93.01.- Oficializan la Norma Internacio-
nal de Contabilidad NIC 41 "Agricultura" 214272
Res. Nº 026-2001-EF/93.01.- Oficializan las Interpretaciones
SIC 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24 y 25 214272
Res. Nº 027-2001-EF/93.01.- Precisan títulos, versión y fechas
de vigencia de las Normas Internacionales de Contabilidad que
han sido oficializadas 214273
FONAFE
Fe de Erratas del Acuerdo Nº 018-2001/020-FONAFE214275
OFICINA REGISTRAL DE LIMA Y CALLAO
Res. Nºs. 555-2001-ORLC/TR.- Revocan observación re-
lativa a la inscripción de aclaración de asiento registral
214275
Res. Nº 570-2001-ORLC/TR.- Confirman en parte observa-
ción formulada a la inscripción de directiva de comunidad
campesina 214276
Res. Nº 576-2001-ORLC/TR.- Disponen tacha de título refe-
rido a la anotación de demanda de asamblea judicial 214278
OSITRAN
Res. Nº 033-2001-CD/OSITRAN.- Confirman resolución que
sancionó con multa de 31 UIT a Lima Airport Partners S.R.L.
por infringir el Reglamento de Cobro y Aplicación de Infrac-
ciones, Sanciones y Tasas de OSITRAN 214279
OSIPTEL
Res. Nº 070-2001-CD/OSIPTEL.- Establecen que líneas del
servicio de telefonía fija pueden originar comunicaciones de
larga distancia mediante el uso de tarjetas de pago de conce-
sionarios del servicio portador de larga distancia 214287
SUNARP
Res. Nº 356-2001-SUNARP/SN.- Autorizan el funciona-
miento de Oficina Zonal ubicada en el distrito de San Juan de
Miraflores, provincia de Lima 214291
C T A R
RR. Nºs. 0602 y 0603-2001-CTAR-ICA/PE.- Designan Se-
cretario Técnico y Gerente Regional de Administración del
CTAR Ica 214291
RR. Nºs. 0604 y 0605-2001-CTAR-ICA/PE.- Designan Ge-
rentes Regionales de Asesoría Jurídica y de Planificación, Pre-
supuesto y Desarrollo Institucional del CTAR Ica 214292
Res. Nº 0613-2001-CTAR-ICA/PE.- Designan Gerente Re-
gional de Promoción de la Inversión del CTAR Ica 214293
GOBIERNOS LOCALES
METROPOLITANA DE LIMA
Res. Nº 457-2001-MML-DMDU.- Autorizan independización
y aprueban proyectos de habilitación urbana de terreno ubi-
cado en el distrito de Pueblo Libre 214293
MUNICIPALIDAD DE BARRANCO
Ordenanza Nº 074-MDB.- Prohíben circulación de mototaxis
en el distrito 214294
MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA
D.A. Nº 003-01-MDLV.- Establecen disposiciones reglamen-
tarias de la Ordenanza Nº 050-MDLV, en lo relativo a la insta-
lación y reubicación de módulos en la vía pública 214295
MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS
Ordenanza Nº 051-2001/CDLO.- Aprueban Reglamento para
el expendio de golosinas y bebidas gaseosas en módulos ubi-
cados en la vía pública del distrito 214296
Ordenanza Nº 052-2001/CDLO.- Aprueban Directiva sobre
normas y procedimientos para la toma de inventario de bie-
nes muebles, maquinaria, equipo y vehículos del activo fijo
de la Municipalidad 214298
MUNICIPALIDAD DE SAN BARTOLO
Ordenanza Nº 010-2001-MDSB-A.- Ratifican vigencia de la
Ordenanza Nº 006-99-MDSB que aprueba la Tasa por derecho
de Estacionamiento Vehicular, para el año 2002 214298
SEPARATA ESPECIAL
R.D. Nº 063-2001-EF/77.15.- Procedimiento de apertura de
cuentas bancarias y acreditación de los responsables de su
manejo en las Unidades Ejecutoras del Presupuesto del Sec-
tor Público para el Año Fiscal 2002 214231
Pág. 214245
NORMAS LEGALES
Lima, viernes 21 de diciembre de 2001
cultura, ganadería, acuicultura, agroindustria y otros, no
podrá exceder de 15 UIT. Estos recursos para los pe-
queños productores provendrán de fondos del Tesoro
Público, y servirán para asistirlos técnicamente fomen-
tando el desarrollo agropecuario, e impulsando preferen-
temente la formación de cadenas productivas, que con-
sideran la producción, transformación y comercialización
de un mismo producto agropecuario. En el caso de aso-
ciaciones de pequeños productores el monto límite del
préstamo se acumulará.
Artículo 4º.- Infraestructura e implementación
El Banco Agropecuario utilizará la infraestructura del
Banco de la Nación, con la autonomía que le da la presen-
te Ley y sus objetivos.
El Banco de la Nación brindará las facilidades para la
atención de los servicios del Banco Agropecuario, las mis-
mas que serán retribuidas a éste con los recursos del Ban-
co Agropecuario.
El Banco Agropecuario podrá establecer convenios de
préstamos con entidades financieras registradas en la Su-
perintendencia de Banca y Seguros y organismos interna-
cionales.
Artículo 5º.- Directorio
El Banco contará con un Directorio de siete miembros,
el cual se compone de la siguiente manera:
a) Tres (3) miembros designados por el Poder Ejecuti-
vo, uno de los cuales será el Presidente del Direc-
torio y cuyo nombramiento se realizará mediante Re-
solución Suprema firmada por el Ministro de Eco-
nomía y Finanzas. La designación de los directores
en representación del Estado será por un período
de cinco (5) años, pudiendo ser reelegidos.
b) Cuatro (4) miembros designados por los accionis-
tas del sector privado. La designación de los direc-
tores en representación del sector privado será por
un período de un (1) año, pudiendo ser reelegidos.
Estos directores se irán nombrando en representa-
ción y proporción del capital pagado que les corres-
ponda.
Los directores designados por el Poder Ejecutivo ac-
tuarán como representantes del Estado ante la Junta Ge-
neral de Accionistas con voz y voto. El Presidente del Di-
rectorio ejercerá funciones ejecutivas.
Artículo 6º.- Duración
El Banco Agropecuario tiene una duración indefinida.
Artículo 7º.- Capital
El capital inicial suscrito y pagado del Banco, cuyo sus-
criptor es el Estado peruano, es de S/. 100 000 000,00 (cien
millones de nuevos soles) constituido por 10 millones de ac-
ciones de Clase A de valor nominal S/. 10 nuevos soles.
El Banco invitará al sector privado a participar en su
capital social, suscribiendo Acciones Preferentes de Cla-
se B cuya rentabilidad la establecerá la Junta de Accionis-
tas. Se buscará dicha participación hasta alcanzar como
mínimo un capital social de S/. 250 000 000,00 (doscientos
cincuenta millones de nuevos soles).
Esta participación se efectuará en forma progresiva a
base de compromisos programados, mediante un sistema
promocional de accionariado difundido que incorpore per-
sonas naturales y jurídicas, así como organismos de co-
operación internacional relacionados principalmente con el
Sector Agrario.
Artículo 8º.- Seguro Agropecuario
El Banco Agropecuario podrá tomar los Seguros Agro-
pecuarios disponibles en el mercado a fin de cubrir los
riesgos originados por factores exógenos que afecten el
Sector.
Artículo 9º.- Fondo de garantía
Créase un fondo de garantía a fin de cubrir los créditos
otorgados a los pequeños agricultores, ganaderos y acui-
cultores, incluyendo los créditos para la transformación y
comercialización en la parte no cubierta por el seguro agro-
pecuario y hasta por el tope establecido en el Directorio.
PODER LEGISLATIVO
CONGRESO DE LA REPÚBLICA
LEY Nº 27603
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
El Congreso de la República
ha dado la Ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY DE CREACIÓN DEL
BANCO AGROPECUARIO
Artículo 1º.- Fundamentos
Declárase de necesidad pública y de manifiesta conve-
niencia nacional la creación del Banco Agropecuario como
empresa integrante del sistema financiero nacional, dedi-
cada a otorgar créditos al sector agropecuario, el cual com-
prende para los efectos de la presente Ley, el agro, la ga-
nadería, la acuicultura y las actividades de transformación
y comercialización de los productos del sector agropecua-
rio y acuícola, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 60º
El Banco contará para el apoyo financiero y técnico a la
pequeña agricultura y ganadería con los recursos que le
asigne el Tesoro Público y las transferencias financieras
que con cargo a su presupuesto deberán realizar el Minis-
terio de Agricultura y otros pliegos presupuestarios que
desarrollan programas de apoyo financiero al sector agro-
pecuario y acuícola.
Para la mediana agricultura y ganadería el Banco de-
berá captar recursos de fuentes de crédito internas y ex-
ternas.
Artículo 2º.- Naturaleza
El Banco es una persona jurídica de derecho privado,
de capital mixto, sujeta al régimen de la Ley Nº 26702, Ley
General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros
y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, la
Ley General de Sociedades y a las disposiciones de la pre-
sente Ley.
Artículo 3º.- Objetivo
El Banco tendrá por objeto social otorgar créditos, así
como facilitar la concesión de líneas de crédito a través de
otras empresas del sistema financiero con recursos públi-
cos y privados.
Los créditos directos, que serán supervisados, inclui-
rán un componente de asistencia técnica y se financiarán
con recursos del Tesoro Público, los cuales no podrán ex-
ceder los montos señalados en el Presupuesto General de
la República.
Los créditos indirectos se otorgarán a través de institu-
ciones financieras reguladas por la Superintendencia de
Banca y Seguros.
Adicionalmente se podrán otorgar créditos directos a
las personas naturales o jurídicas dedicadas a las acti-
vidades agrícolas, ganadera, forestal, agroindustria, acui-
cultura y las actividades de transformación y comerciali-
zación de los productos que de éstas provienen. Podrán
actuar como operadores las instituciones vinculadas con
la actividad agropecuaria, los Organismos No Guberna-
mentales de Cooperación - ONGs, las Comisiones de
Regantes y Juntas de Usuarios, los Gremios Agrarios y
Ganaderos, las Comunidades Campesinas, las institu-
ciones sin fines de lucro vinculadas y los organismos
dedicados a la promoción e investigación agropecuaria.
El Reglamento de los operadores será aprobado por el
Directorio del Banco.
El saldo total de los créditos directos otorgados a cual-
quier beneficiario, destinados a atender a la pequeña agri-
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