DECRETO SUPREMO N° 001-2015-MC - Decreto Supremo que aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Cultura

Fecha de disposición04 Febrero 2015
Fecha de publicación04 Febrero 2015
El Peruano
Miércoles 4 de febrero de 2015
546092
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Modif‌i cación del Procedimiento Nº 12
del Texto Único de Procedimientos Administrativos del
Ministerio de Agricultura y Riego – TUPA MINAGRI
Modif‌i car la base legal y requisitos del Procedimiento
Administrativo Nº 12, y Aprobar el Formulario Nº 03
del Texto Único de Procedimiento Administrativos del
Ministerio de Agricultura y Riego – TUPA MINAGRI, según
se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la
presente Resolución.
Artículo 2.- Eliminación del Procedimiento
Administrativo Nº 7 del Texto Único de Procedimientos
Administrativos del Ministerio de Agricultura y Riego
– TUPA MINAGRI
Eliminar del Texto Único de Procedimientos
Administrativos del Ministerio de Agricultura y Riego
– TUPA MINAGRI, el Procedimiento Administrativo Nº 7
denominado “Aprobación y/o Aceptación de Donaciones
de Bienes Provenientes del Exterior”, por los fundamentos
expuestos en la parte considerativa de la presente
Resolución.
Artículo 3.- Modif‌i cación de los términos
porcentuales previstos en el Texto Único de
Procedimientos Administrativos del Ministerio de
Agricultura y Riego – TUPA MINAGRI por la variación
del valor de la UIT
Modif‌i car los términos porcentuales previstos en
el Texto Único de Procedimientos Administrativo del
Ministerio de Agricultura y Riego - TUPA MINAGRI,
producto de la variación del valor de la UIT, conforme al
Anexo de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 4.- De la publicación
La presente Resolución Ministerial será publicada
en el Diario Of‌i cial El Peruano; y conjuntamente con el
Anexo Formato TUPA del Ministerio de Agricultura y
Riego, el mismo que forma parte integrante de la misma,
se publicarán en el Portal de Servicios al Ciudadano y
Empresas – PSCE (www.serviciosalciudadano.gob.pe)
y en el Portal Institucional del Ministerio de Agricultura y
Riego (www.minagri.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese
JUAN MANUEL BENITES RAMOS
Ministro de Agricultura y Riego
1196705-1
CULTURA
Decreto Supremo que aprueba el
Texto Único de Procedimientos
Administrativos del Ministerio de
Cultura
DECRETO SUPREMO
Nº 001-2015-MC
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA
comprende todos los procedimientos de iniciativa de
parte requeridos por los administrados para satisfacer sus
intereses o derechos, además de la descripción clara y
taxativa de todos los requisitos exigidos, su calif‌i cación, así
como la evaluación que corresponda y el pago de derecho
de trámite en caso proceda, para cada procedimiento;
Que, asimismo, el artículo 38 de la mencionada
la obligatoriedad para todas las entidades de la
Administración Pública de publicar el íntegro del Texto
Único de Procedimientos Administrativos – TUPA, el
cual debe ser aprobado por Decreto Supremo del sector
correspondiente;
Que, a través del Decreto Supremo N° 079-2007-
PCM, se aprueban los Lineamientos para la elaboración
y aprobación del Texto Único de Procedimientos
Administrativos TUPA y se establecen disposiciones para
el cumplimiento de la Ley N°.29060, Ley del Silencio
aprueba la metodología de determinación de costos de
los procedimientos administrativos y servicios prestados
en exclusividad, comprendidos en los Textos Únicos de
Procedimientos Administrativos de las Entidades Públicas,
en cumplimiento del numeral 44.6 del artículo 44 de la Ley
Que, mediante Ley N° 29565, se crea el Ministerio
de Cultura como un organismo del Poder Ejecutivo con
personería jurídica de derecho público, definiendo su
naturaleza jurídica y áreas programáticas de acción;
asimismo, se regula las competencias exclusivas y
compartidas con los gobiernos regionales y locales, y
se establece su estructura orgánica básica;
Que, a través del Decreto Supremo Nº 001-2010-MC,
modif‌i cado por el Decreto Supremo N° 002-2010-MC, se
aprobó la fusión en el Ministerio de Cultura, bajo la modalidad
de absorción, del Instituto Nacional de Cultura – INC, y
se dispone que hasta que se apruebe el Texto Único de
Procedimientos Administrativos – TUPA del Ministerio de
Cultura, mantienen su vigencia los procedimientos aprobados
en los Textos Únicos de Procedimientos Administrativos y los
servicios de las entidades fusionadas a dicho Ministerio;
Que, la Tercera Disposición Complementaria y Final
del Decreto Supremo N°.005-2013-MC que aprueba el
Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio
de Cultura, faculta al Ministerio de Cultura para que
realice las gestiones necesarias a f‌i n de aprobar los
demás instrumentos de gestión que correspondan, tales
como el Texto Único de Procedimientos Administrativos;
señalando que en tanto ello no ocurra, se mantendrán
vigentes los instrumentos de gestión de los Organismos
Públicos, Programas y Proyectos fusionados en
el Ministerio de Cultura, a efectos de garantizar la
continuidad de la gestión del Ministerio;
Que, en ese sentido, el Texto Único de Procedimientos
Administrativos del Instituto Nacional de Cultura – INC,
aprobado mediante Decreto Supremo N° 022-2002-ED,
modif‌i cado por Resolución Ministerial N°.546-2007-ED,
Resolución Ministerial N° 127-2011-MC, Resolución
Ministerial N°.271-2011-MC y Resolución Ministerial
N°.364-2014-MC, mantiene vigencia hasta que no se
apruebe el Texto Único de Procedimientos Administrativos
del Ministerio de Cultura;
modif‌i ca el Decreto Supremo Nº 075-97-EF que aprueba
requisitos y procedimientos a seguir para autorizar la
inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV), a
favor de instituciones culturales, estableciendo que éstas
deberán solicitar al Ministerio de Cultura la expedición de
la Resolución Suprema que autorice la inafectación del
impuesto;
aprueban disposiciones especiales para ejecución de
procedimientos administrativos; a través del Decreto Supremo
Nº 003-2013-MC, modif‌i cado por Decreto Supremo N° 005-
2014-MC, se aprueba el Procedimiento Simplif‌i cado para
el Otorgamiento de Certif‌i cado de Inexistencia de Restos
Arqueológicos (PROSIC) en el marco del Decreto Legislativo
Nº 1105; mediante Ley N° 30230 se establecen medidas
tributarias, simplif‌i cación de procedimientos y permisos
para la promoción y dinamización de la inversión en el país;
asimismo, a través del Decreto Supremo Nº 060-2013-PCM se
aprueban disposiciones especiales para los procedimientos
administrativos y otras medidas para impulsar proyectos de
inversión pública y privada; disposiciones que deben ser
incorporadas en los procedimientos administrativos a cargo
del Ministerio de Cultura;
Que, por Decreto Supremo N° 003-2014-MC se aprueba
el Reglamento de Intervenciones Arqueológicas, que
deroga el Reglamento de Investigaciones Arqueológicas
que fuera aprobado por Resolución Suprema N° 004-
2000-ED; creando, entre otros, nuevos procedimientos
administrativos a cargo de la Dirección General de
Patrimonio Arqueológico Inmueble y la Dirección General
de Museos;
Que, teniendo en cuenta la normatividad citada
en los considerandos precedentes, la Of‌i cina General
de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de

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