La calificación del personal de Dirección o de Confianza Entre los hechos y las formas a propósito de la Casación Laboral N°11137-2014-Lima

AutorJavier Espinoza Escobar
CargoProfesor Principal de Derecho del Trabajo de la Universidad Católica Santo Toribio de Mogrovejo
Páginas130-144
| YachaQ 8130
LA CALIFICACIÓN DEL PERSONAL DE DIRECCIÓN
O DE CONFIANZA: ENTRE LOS HECHOS Y
LAS FORMAS. A PROPÓSITO DE LA CASACIÓN
LABORAL N° 11137-2014-LIMA
SUMARIO: 1.- Introducción. 2.- Régimen Jurídico del Personal de
Dirección y de Conanza. 1. Los rasgos esenciales de la relación
especial de dirección y de conanza. 2. Precisiones legislativas y
jurisprudenciales en la relación laboral especial de los trabajadores
de dirección y de conanza. 2.1. Respecto del periodo de prueba.
2.2. Respecto del descanso vacacional. 2.3. Respecto de los derechos
colectivos. 2.4. Respecto a la Jornada de trabajo y sobretiempo. 2.5.
Respecto de la protección frente al despido por retiro de conanza.
3. El Procedimiento para la calicación de los trabajadores de
dirección y de conanza y la primacía de la realidad. 3.- Análisis de
la Casación Laboral N° 11137-2014-Lima. 4.- Conclusiones.
1.- Introducción
Mediante la Casación N0 11137 -20141, la Corte Suprema ha señalado que cuando se calique a un trabajador
como de conanza, se deben cumplir estrictamente con los requisitos establecidos en el artículo 43° del TUO de la
Ley de Productividad y Competitividad Laboral (LPCL). Por lo que, si el empleador no logra acreditar o demostrar
Javier H. Espinoza Escobar
Profesor Principal de
Derecho del Trabajo de la
Universidad Católica Santo
Toribio de Mogrovejo. Máster
en Derecho del Trabajo y de
la Seguridad Social a través
de la Jurisprudencia por la
Universidad Rey Juan Carlos
(España). Máster en Derecho
con mención en Derecho de la
Empresa por la Universidad de
Piura. Miembro de la Sociedad
Peruana de Derecho del Trabajo
y de la Seguridad Social.
Director de la Sección Perú del
Laboratorio Hispano – Andino
de Jurisprudencia Laboral y de
la Seguridad Social. Director
de la Revista IUS. Revista de
Investigación de la Facultad
de Derecho de la Universidad
Católica Santo Toribio de
Mogrovejo. Correo electrónico:
hespinoza@usat.edu.pe.
1 Cfr. Casación Nº 11137-2014-Lima del 20 de julio de 2015 (Caso Sindicato de Empleados de la Administración Clínica Ricardo Palma contra
Administradora Clínica Ricardo Palma) publicada en el Diario Ocial El Peruano el 30/06/2016. El texto de la casación puede encontrarse en el siguiente
link: http://es.slideshare.net/Rooswelth/csj-sentencia-de-casacion-laboral-n-111372014-lima-el-empleador-debe-acreditar-la-calicacin-de-puesto-de-
direccion-y-conanza.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR