RESOLUCION, Nº 164-2017/SUNAT, ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS, SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA - Aprueban Normas para la presentación de la solicitud de acogimiento al Régimen de Sinceramiento de Deudas por Aportaciones al ESSALUD y a la ONP establecido por el Decreto Legislativo Nº 1275 así como para el pago al contado-RESOLUCION-Nº 164-2017/SUNAT

Fecha de disposición03 Julio 2017
Fecha de publicación04 Julio 2017

Lima, 3 de julio de 2017

CONSIDERANDO:

Que el subcapítulo I del capítulo IV del Decreto Legislativo Nº 1275 que aprueba el marco de la responsabilidad y transparencia fiscal de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales establece un Régimen de Sinceramiento de Deudas por Aportaciones al Seguro Social de Salud (EsSalud) y a la Oficina de Normalización Previsional (ONP) disponiendo entre otros que la solicitud de acogimiento a dicho régimen se presenta de acuerdo a las formas y condiciones que se señalen mediante resolución de superintendencia;

Que mediante el Decreto Supremo Nº 167-2017-EF se aprueba el reglamento del régimen a que se refiere el considerando precedente facultándose a la SUNAT, en su primera disposición complementaria final, a emitir las normas complementarias a lo dispuesto en el;

Que de otro lado, en uso de las facultades concedidas por el inciso b) del artículo 104° del Código Tributario se reguló mediante la Resolución de Superintendencia Nº 014-2008/SUNAT la notificación de actos administrativos por medio electrónico;

Que teniendo en cuenta las normas citadas en los considerandos precedentes, resulta necesario aprobar las disposiciones que regulen la presentación de la solicitud de acogimiento al Régimen de Sinceramiento antes mencionado así como la forma y condiciones para efectuar el pago al contado de dicho régimen;

Que al amparo del numeral 3.2 del artículo 14 del “Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general”, aprobado por el Decreto Supremo N.º 001-2009-JUS y normas modificatorias, no se prepublica la presente resolución por considerar que ello resulta impracticable en tanto de acuerdo al párrafo 17.2 del artículo 17 del Decreto Legislativo Nº 1275 el acogimiento al Régimen de Sinceramiento de Deudas por Aportaciones al EsSalud y a la ONP se puede realizar desde la entrada en vigencia de la resolución de superintendencia que establece la forma y condiciones para la presentación de la solicitud y hasta el 31 de julio de 2017;

En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 17 del Decreto Legislativo Nº 1275, la primera disposición complementaria final del Reglamento del Régimen de Sinceramiento de Deudas por Aportaciones al EsSalud y la ONP aprobado por Decreto Supremo Nº 167-2017-EF; el inciso b) del artículo 104° del Código Tributario aprobado por el Decreto Legislativo Nº 816 cuyo último Texto Único Ordenado ha sido aprobado por el Decreto Supremo Nº 133-2013-EF y normas modificatorias, el artículo 11° del Decreto Legislativo Nº 501 y normas modificatorias; el artículo 5° de la Ley Nº 29816, Ley de Fortalecimiento de la SUNAT y normas modificatorias; y el inciso o) del artículo 8° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por la Resolución de Superintendencia Nº 122-2014/SUNAT y normas modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1 DEFINICIONES

Para efecto de la presente resolución se aplican las definiciones previstas en el artículo I del Título Preliminar del Reglamento del Régimen de Sinceramiento de Deudas por Aportaciones al EsSalud y la ONP aprobado por el Decreto Supremo Nº 167-2017-EF, así como las siguientes:

[VER TABLA EN FICHERO ADJUNTO]

Cuando se haga mención a un artículo sin indicar la norma a la que corresponde, se entenderá referido a la presente resolución. Asimismo, cuando se haga mención a un numeral, inciso o literal sin indicar el artículo al que corresponde, se entenderá referido al artículo en el que se encuentre.

Artículo 2 FINALIDAD

La presente resolución tiene por finalidad aprobar las normas que regulan la forma y condiciones para la presentación de la Solicitud de acogimiento al Régimen de Sinceramiento y para el pago al contado de dicho régimen.

Artículo 3 DE LA SOLICITUD DE ACOGIMIENTO

Los...

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