ley 27804

496 resultados para ley 27804

  • Resolución nº 2005_2_02637 de Tribunal Fiscal - Sección 2, de 27 de Abril de 2005

    Se acumulan los expedientes. Se revocan las resoluciones apeladas que declararon inadmisibles las reclamaciones formuladas contra órdenes de pago, dejándose sin efecto los valores emitidos por concepto de Anticipo Adicional del Impuesto a la Renta. Se indica que si bien los valores fueron emitidos conforme con el tributo autoliquidado, cuando resulte evidente la improcedencia de la cobranza es de

  • Resolución nº 2005_2_02831 de Tribunal Fiscal - Sección 2, de 4 de Mayo de 2005

    Se acumulan los expedientes. Se revocan las resoluciones apeladas que declararon inadmisibles las reclamaciones formuladas contra órdenes de pago, dejándose sin efecto los valores emitidos por concepto de Anticipo Adicional del Impuesto a la Renta. Se indica que si bien los valores fueron emitidos conforme con el tributo autoliquidado, cuando resulte evidente la improcedencia de la cobranza es de

  • Resolución nº 2005_2_02828 de Tribunal Fiscal - Sección 2, de 4 de Mayo de 2005

    Se acumulan los expedientes. Se revocan las resoluciones apeladas que declararon inadmisibles las reclamaciones formuladas contra órdenes de pago, dejándose sin efecto los valores emitidos por concepto de Anticipo Adicional del Impuesto a la Renta. Se indica que si bien los valores fueron emitidos conforme con el tributo autoliquidado, cuando resulte evidente la improcedencia de la cobranza es de

  • Resolución nº 2005_2_02839 de Tribunal Fiscal - Sección 2, de 4 de Mayo de 2005

    Se acumulan los expedientes. Se revocan las resoluciones apeladas que declararon inadmisibles las reclamaciones formuladas contra órdenes de pago, dejándose sin efecto los valores emitidos por concepto de Anticipo Adicional del Impuesto a la Renta. Se indica que si bien los valores fueron emitidos conforme con el tributo autoliquidado, cuando resulte evidente la improcedencia de la cobranza es de

  • Resolución nº 2004_2_00634 de Tribunal Fiscal - Sección 2, de 4 de Febrero de 2004

    Se declara infundado el recurso de apelación de puro derecho interpuesto contra la orden de pago girada por concepto de Anticipo Adicional del Impuesto a la Renta. La recurrente únicamente alega la inconstitucionalidad de la Quinta Disposición Transitoria y Final de la Ley N° 27804 que creó el Anticipo Adicional del Impuesto a la Renta, sin embargo en atención a lo dispuesto por el artículo 138°...

  • Resolución nº 2005_2_02733 de Tribunal Fiscal - Sección 2, de 29 de Abril de 2005

    Se acumulan los expedientes. Se revocan las resoluciones apeladas que declararon inadmisibles las reclamaciones formuladas contra órdenes de pago, dejándose sin efecto los valores emitidos por concepto de Anticipo Adicional del Impuesto a la Renta. Se indica que si bien los valores fueron emitidos conforme con el tributo autoliquidado, cuando resulte evidente la improcedencia de la cobranza es de

  • Resolución nº 2005_2_02727 de Tribunal Fiscal - Sección 2, de 29 de Abril de 2005

    Se acumulan los expedientes. Se revocan las resoluciones apeladas que declararon inadmisibles las reclamaciones formuladas contra órdenes de pago, dejándose sin efecto los valores emitidos por concepto de Anticipo Adicional del Impuesto a la Renta. Se indica que si bien los valores fueron emitidos conforme con el tributo autoliquidado, cuando resulte evidente la improcedencia de la cobranza es de

  • Resolución nº 2005_2_03967 de Tribunal Fiscal - Sección 2, de 24 de Junio de 2005

    Se revoca la apelada que declaró infundada la reclamación formulada contra órdenes de pago, dejándose sin efecto los valores emitidos por concepto de Anticipo Adicional del Impuesto a la Renta. Se indica el Tribunal Constitucional ha declarado fundada la demanda de inconstitucionalidad contra la Quinta Disposición Transitoria y Final de la Ley N° 27804 y el artículo 53° del Decreto Legislativo N°

  • Resolución nº 2005_2_02829 de Tribunal Fiscal - Sección 2, de 4 de Mayo de 2005

    Se acumulan los expedientes. Se revocan las resoluciones apeladas que declararon inadmisibles las reclamaciones formuladas contra órdenes de pago, dejándose sin efecto los valores emitidos por concepto de Anticipo Adicional del Impuesto a la Renta. Se indica que si bien los valores fueron emitidos conforme con el tributo autoliquidado, cuando resulte evidente la improcedencia de la cobranza es de

  • INFORME de Superintendencia nº 052-2003-SUNAT/2B0000
    ... del segundo y tercer párrafos del artículo 4° de la Ley N° 27394, efectuada por la Sétima Disposición Transitoria y Final de la Ley N° 27804, surtió efectos el 1.1.2003 ... En ese sentido, la aplicación de la TAMN para la devolución del Impuesto a la Renta y el IES retenido y/o pagado ...
  • Resolución nº 2004_4_06019 de Tribunal Fiscal - Sección 4, de 18 de Agosto de 2004

    Se revoca la apelada que declaró inadmisible la reclamación formulada contra orden de pago por Anticipo Adicional del Impuesto a la Renta de mayo de 2003, y en aplicación del principio de economía procesal se deja sin efecto el mencionado valor, puesto que la recurrente ha sido declarada insolvente, siendo que de conformidad con lo dispuesto por el numeral IV del inciso a) de la Quinta...

  • Resolución nº 2003_1_05694 de Tribunal Fiscal - Sección 1, de 3 de Octubre de 2003
  • Resolución nº 2004_1_06631 de Tribunal Fiscal - Sección 1, de 7 de Septiembre de 2004

    Se declara infundada la apelación de puro derecho por cuanto el valor impugnado ha sido girado en aplicación del numeral 1 del artículo 78° del Código Tributario, por concepto de anticipo adicional del Impuesto a la Renta de abril de 2004, en base al formulario presentado por la propia recurrente, en el cual determinó pero no canceló el referido tributo, el cual se sustenta en la Ley N° 27804,...

  • Resolución nº 2003_2_06834 de Tribunal Fiscal - Sección 2, de 24 de Noviembre de 2003

    Se declara infundado el recurso de apelación de puro derecho interpuesto contra la orden de pago girada por concepto de Anticipo Adicional del Impuesto a la Renta correspondiente a julio de 2003. La recurrente únicamente alega la inconstitucionalidad de la Quinta Disposición Transitoria y Final de la Ley N° 27804 que creó el Anticipo Adicional del Impuesto a la Renta, sin embargo en atención a lo

  • Resolución nº 2003_2_05022 de Tribunal Fiscal - Sección 2, de 3 de Septiembre de 2003

    Se declara infundado el recurso de apelación de puro derecho interpuesto contra la orden de pago girada por concepto de Anticipo Adicional del Impuesto a la Renta correspondiente a abril de 2003. La recurrente únicamente alega la inconstitucionalidad de la Quinta Disposición Transitoria y Final de la Ley N° 27804 que creó el Anticipo Adicional del Impuesto a la Renta, sin embargo en atención a lo

  • Resolución nº 2006_1_01999 de Tribunal Fiscal - Sección 1, de 18 de Abril de 2006

    Se revoca la apelada y se deja sin efecto el valor impugnado, girado por Anticipo Adicional del Impuesto a la Renta correspondiente a setiembre de 2003, en virtud de la sentencia emitida por el Tribunal Constitucional recaída en el Expediente N° 033-2004-AI/TC, que declaró fundada la demanda de inconstitucionalidad contra la Quinta Disposición Transitoria y Final de la Ley N° 27804 y el artículo 5

  • Resolución nº 2003_1_06966 de Tribunal Fiscal - Sección 1, de 28 de Noviembre de 2003

    Se acumulan los expedientes por guardar conexión entre si. Se declaran nulas e insubsistentes las resoluciones apeladas por cuanto de la revisión de las mismas se advierte que la Administración Tributaria no se ha pronunciado respecto a lo alegado por la recurrente en su recurso de reclamación en el sentido que en virtud de lo dispuesto en el numeral IV del literal a) de la Quinta Disposición...

  • Resolución nº 2004_4_04797 de Tribunal Fiscal - Sección 4, de 7 de Julio de 2004

    Se confirma la apelada que declaró inadmisible la reclamación contra orden de pago girada por Anticipo Adicional del Impuesto a la Renta por falta de pago previo, toda vez que no existen circunstancias que evidencien la improcedencia de la cobranza. Se establece que la recurrente no se encuentra comprendida en la excepción prevista en la Ley Nº 27804, al no encontrarse en liquidación ni haber...

  • Informe de Superintendencia nº 146-2004-SUNAT/2B0000

    1. Las empresas acogidas a los procedimientos simplificado, de concurso preventivo, transitorio y concursal preventivo no se encuentran comprendidas dentro de los alcances de la excepción a la obligación de pago del anticipo adicional del Impuesto a la Renta, prevista en el numeral iv) del inciso a) de la Quinta Disposición Transitoria y Final de la Ley N° 27804. 2. Las empresas que, dentro de un

    ... adicional del Impuesto a la Renta, prevista en el numeral iv) del inciso a) de la Quinta Disposición Transitoria y Final de la Ley N° 27804 ... 2. Las empresas que, dentro de un procedimiento concursal ordinario, se encuentren en la etapa de liquidación, están incluidas en el numeral ...
  • Resolución nº 2004_4_01927 de Tribunal Fiscal - Sección 4, de 31 de Marzo de 2004

    Se declara infundada la apelación de puro derecho interpuesta contra la Orden de Pago girada por la cuota de agosto de 2003 del Anticipo Adicional del Impuesto a la Renta, atendiendo a que éste se creó mediante una ley que modifica a otra norma del mismo rango, resultando por ello incorrecto lo sostenido por la recurrente, cuando señala que la Ley Nº 27804 vulnera a una norma de superior...

  • Resolución nº 2004_1_09331 de Tribunal Fiscal - Sección 1, de 26 de Noviembre de 2004

    Se revoca la apelada dado que con fecha 13 de noviembre de 2004 se publicó en el diario oficial El Peruano la sentencia emitida por el Tribunal Constitucional el 28 de setiembre de 2004 (Expediente N° 033-2004-AI/TC), que declara fundada la demanda de inconstitucionalidad contra la Quinta Disposición Transitoria y Final de la Ley N° 27804 y el artículo 53° del Decreto Legislativo N° 945, que...

  • Resolución nº 2004_1_09157 de Tribunal Fiscal - Sección 1, de 23 de Noviembre de 2004

    Se revoca la apelada y se deja sin efecto la orden de pago emitida, dado que el 13 de noviembre de 2004 se publicó en el diario oficial El Peruano la sentencia emitida por el Tribunal Constitucional el 28 de setiembre de 2004 (Expediente N° 033-2004-AI/TC), que declara fundada la demanda de inconstitucionalidad contra la Quinta Disposición Transitoria y Final de la Ley N° 27804 y el artículo 53°...

  • Resolución nº 2004_1_09159 de Tribunal Fiscal - Sección 1, de 23 de Noviembre de 2004

    Se revoca la apelada y se deja sin efecto la orden de pago, dado que el 13 de noviembre de 2004 se publicó en el diario oficial El Peruano la sentencia emitida por el Tribunal Constitucional el 28 de setiembre de 2004 (Expediente N° 033-2004-AI/TC), que declara fundada la demanda de inconstitucionalidad contra la Quinta Disposición Transitoria y Final de la Ley N° 27804 y el artículo 53° del...

  • Resolución nº 2005_1_02248 de Tribunal Fiscal - Sección 1, de 12 de Abril de 2005

    Se revoca la apelada ya que con fecha 13 de noviembre de 2004 se publicó en el diario oficial El Peruano la sentencia emitida por el Tribunal Constitucional el 28 de setiembre de 2004 (Expediente N° 033-2004-AI/TC), que declara fundada la demanda de inconstitucionalidad contra la Quinta Disposición Transitoria y Final de la Ley N° 27804 y el artículo 53° del Decreto Legislativo N° 945, que...

  • Resolución nº 2005_2_02886 de Tribunal Fiscal - Sección 2, de 6 de Mayo de 2005

    Se acumulan los expedientes. Se revoca en parte la resolución declaró la inadmisibilidad de la reclamación, dejándose sin efecto el valor emitido por concepto de Anticipo Adicional del Impuesto a la Renta. Se indica que si bien el valor fue emitido conforme con el tributo autoliquidado, cuando resulte evidente la improcedencia de la cobranza es de aplicación el principio de economía procesal,...

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