RESOLUCION MINISTERIAL N° 0387-2014-IN - Designan Director de la Dirección de Programación e Inversiones de la Dirección General de Planificación y Presupuesto del Ministerio del Interior

Fecha de publicación23 Marzo 2014
Fecha de disposición23 Marzo 2014
El Peruano
Domingo 23 de marzo de 2014 519401
la Policía Nacional del Perú y de las Fuerzas Armadas,
bajo cualquiera de los regímenes de contratación que
se utilizan en el Sector Público y que impliquen el pago
de una remuneración, para lo cual deberán contar con la
respectiva disponibilidad presupuestal.
Artículo 5.- De la condición del pensionista
contratado
Los pensionistas de la Policía Nacional del Perú o de
las Fuerzas Armadas contratados en virtud a lo dispuesto
en la Ley Nº 30026, adquieren la condición de funcionario,
empleado o servidor público, según corresponda.
Artículo 6.- De la remuneración del pensionista
contratado
El cálculo de la remuneración de los pensionistas
contratados en cumplimiento de la Ley Nº 30026, se sujeta
a lo dispuesto por la norma del Régimen de Contratación
adoptado por la entidad para el caso específ‌i co.
Artículo 7.- De la doble percepción
La autorización para contratar al personal policial y
militar pensionista en áreas vinculadas a la Seguridad
Ciudadana y Seguridad Nacional, faculta el pago de
remuneración en un solo empleo, sin admitir la posibilidad
que pueda percibirse ingresos simultáneos de dos o más
prestaciones de servicios, salvo cuando uno de ellos
provenga del ejercicio de docencia o constituya dieta
por participar en algún directorio de empresa o entidad
pública.
Artículo 8º.- Restricciones para la contratación de
personal
Los pensionistas de la Policía Nacional del Perú y de
las Fuerzas Armadas que hayan sido pasados al retiro por
razones disciplinarias o actos de corrupción, así como los
que se encuentren inhabilitados por mandato legal, o por
resolución administrativa f‌i rme o sentencia judicial con
calidad de cosa juzgada, no podrán ser contratados por
las entidades señaladas en la Ley Nº 30026.
TÍTULO III
DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA
Disposición Complementaria Derogatoria Única.-
Deróguese todas las disposiciones de igual o menor
jerarquía que se opongan a lo establecido en el presente
Reglamento.
1065782-1
Designan Director de la Dirección
de Programación e Inversiones de la
Dirección General de Planificación y
Presupuesto del Ministerio del Interior
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 0387-2014-IN
Lima, 20 de marzo de 2014
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0129-2014-
IN de fecha 07 de febrero de 2014, se encargó con
ef‌i cacia anticipada al 03 de febrero de 2014, a la señora
Tania Ivy Cáceres Valencia, contratada bajo el régimen
especial de Contratación Administrativa de Servicios, las
funciones de Directora de la Dirección de Programación
e Inversiones de la Dirección General de Planif‌i cación
y Presupuesto del Ministerio del Interior, en tanto se
designe a su titular;
Que, por necesidad del servicio, resulta pertinente
emitir el acto mediante el cual se dé por concluida la
aludida encargatura y se designe a la persona que se
desempeñará en dicho cargo;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158,
que regula la participación del Poder Ejecutivo en el
nombramiento y designación de Funcionarios Públicos;
Decreto Legislativo Nº 1135, Ley de Organización y
Funciones del Ministerio del Interior; y el Reglamento
de Organización y Funciones del Ministerio del Interior,
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Dar por concluida la encargatura
efectuada a la señora Tania Ivy Cáceres Valencia,
contratada bajo el régimen especial de Contratación
Administrativa de Servicios, en las funciones de
Directora de la Dirección de Programación e Inversiones
de la Dirección General de Planif‌i cación y Presupuesto
del Ministerio del Interior, dándosele las gracias por los
servicios prestados.
Artículo 2.- Designar al señor Ronald Nilton Silva
Gil, en el cargo público de conf‌i anza de Director de la
Dirección de Programación e Inversiones de la Dirección
General de Planif‌i cación y Presupuesto del Ministerio del
Interior.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
WALTER ALBAN PERALTA
Ministro del Interior
1065777-1
JUSTICIA Y DERECHOS
HUMANOS
Modifican el Reglamento de la Ley
N° 29709, Ley de la Carrera Especial
Pública Penitenciaria, aprobado
mediante el Decreto Supremo N° 013-
2012-JUS
DECRETO SUPREMO
Nº 002-2014-JUS
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley N° 29709, Ley de la Carrera
Especial Pública Penitenciaria, se regula el régimen
laboral especial de los servidores penitenciarios, para el
cumplimiento de las funciones institucionales previstas en
el Decreto Legislativo N° 654, Código de Ejecución Penal
y su Reglamento;
Que, el artículo 2 de la Ley citada precedentemente,
dispone que el Instituto Nacional Penitenciario - INPE
es el organismo público ejecutor rector del sistema
penitenciario nacional, adscrito al Ministerio de Justicia y
Derechos Humanos;
se aprobó el Reglamento de la Ley N° 29709, Ley de
la Carrera Especial Pública Penitenciaria, con el f‌i n de
promover que los servidores más idóneos se incorporen
a la Carrera Especial Pública Penitenciaria y que, una
vez incorporados a ella, se les garantice una adecuada
compensación;
Que, del análisis efectuado al acotado Reglamento,
se ha puesto de manif‌i esto la necesidad de
perfeccionarlo, a f‌i n de precisar e incorporar algunos
artículos esenciales para continuar la implementación
de la Ley N° 29709, Ley de la Carrera Especial
Pública Penitenciaria y la correcta aplicación de su
Reglamento;
De conformidad con lo dispuesto por el numeral 8
la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones
del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; y la
Ley N° 29709, Ley de la Carrera Especial Pública
Penitenciaria;

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