RESOLUCION N° 011-GCAS-ESSALUD-2014 - Designan verificador de la condición de asegurados del Régimen Contributivo de la Seguridad Social en Salud y de otros regímenes administrados por ESSALUD, así como de la condición de entidades empleadoras de los trabajadores del hogar, en la Oficina de Aseguramiento Sucursal Junín

Fecha de publicación26 Junio 2014
Fecha de disposición26 Junio 2014
El Peruano
Jueves 26 de junio de 2014 526119
indicada, presenta un error material en el nombre correcto
de acuerdo a su Documento Nacional de Identidad;
Que, el numeral 201.1 del artículo 201° de la Ley N°
establece que los errores materiales en los actos
administrativos pueden ser rectif‌i cados en cualquier
momento, siempre que no alteren lo sustancial de su
contenido ni el sentido de la decisión;
Que, de acuerdo a lo dispuesto en el literal l) del
artículo 4° del Reglamento de Organización y Funciones
de la Gerencia Central de Aseguramiento aprobado
por Resolución Presidencia Ejecutiva N° 533-PE-
ESSALUD-2011, corresponde a esta Gerencia, formular
e implementar las normas y procedimientos relacionadas
con el sistema de aseguramiento; y en conformidad del
numeral 201.1 del artículo 201° de la Ley N° 27444, Ley
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Rectif‌i car el error material incluido
en el Artículo 1° de la Resolución de Gerencia Central de
Aseguramiento N° 011-GCAS-ESSALUD-2014, respecto
al nombre de la servidora propuesta como verif‌i cadora,
debiendo ser HERMELINDA AGATONICA ROMAN
CASTILLO, quedando subsistente los demás términos de
la precitada resolución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JAIME MUÑOZ LEON
Gerente Central de Aseguramiento (e)
ESSALUD
1101064-2
VIVIENDA
Autorizan Transferencia Financiera del
Programa Nacional de Saneamiento
Urbano a favor de SEDAPAL S.A., para
el financiamiento de la elaboración de
estudios de preinversión de diversos
proyectos
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 192-2014-VIVIENDA
Lima, 24 de junio de 2014
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones
del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento,
establece que dicho Ministerio tiene por f‌i nalidad normar
y promover el ordenamiento, mejoramiento, protección e
integración de los centros poblados, urbanos y rurales,
como sistema sostenible en el territorio nacional;
señalando que tiene competencia en materia de vivienda,
construcción, saneamiento, urbanismo, desarrollo
urbano, bienes estatales y propiedad urbana; ejerciendo
competencias compartidas con los gobiernos regionales y
locales en dichas materias;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 318-2013-
VIVIENDA, se aprobó el Presupuesto Institucional de
Apertura correspondiente al Año Fiscal 2014 del Pliego
037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento,
por el monto de S/. 4 368 652 708,00, incluyendo el
detalle de gastos a nivel de Unidad Ejecutora, Categoría
Presupuestal, Programa Presupuestal, Producto/Proyecto,
Actividades, Categoría de Gasto, Genérica de Gasto,
Fuentes de Financiamiento; y el detalle de los recursos
que lo f‌i nancian, salvo los de Recursos Ordinarios, a
nivel de Tipo de Transacción, Genérica, Subgenérica y
Específ‌i ca de Ingreso;
Que, el artículo 33 de la Ley N° 30045, Ley de
Modernización de los Servicios de Saneamiento,
señala que el Ministerio de Vivienda, Construcción y
Saneamiento, como ente rector, ejecuta transferencias
extraordinarias de recursos destinadas a f‌i nanciar
estudios de preinversión y la ejecución de proyectos de
inversión o de programas orientados al fortalecimiento
de la gestión de los servicios de saneamiento; señalando
que dichas transferencias se efectúan preferentemente
a las EPS, encontrándose sujetas a las condiciones de
sostenibilidad que establezca el Reglamento; asimismo,
señala que las citadas transferencias se efectúan en
el marco del Programa Nacional de Saneamiento
Urbano, del Programa Nacional de Saneamiento Rural
o cualquier otro programa a cargo del Ministerio de
Vivienda, Construcción y Saneamiento;
Que, el inciso vi del literal a), numeral 12.1 del artículo
12 de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector
Público para el Año Fiscal 2014, autoriza de manera
excepcional, en el presente año f‌i scal, la realización de
transferencias f‌i nancieras, entre otros, del Ministerio de
Vivienda, Construcción y Saneamiento para el Fondo
MIVIVIENDA, y para las entidades prestadoras de servicios
de saneamiento; las mismas que según el numeral 12.2
del mismo artículo, se realizan mediante Resolución del
Titular del Pliego, las mismas que se publican en el diario
of‌i cial El Peruano;
Que, mediante Memorando Nº 547-2014/VIVIENDA/
VMCS/PNSU/1.0, el Director Ejecutivo (s) del Programa
Nacional de Saneamiento Urbano, en el marco de lo
dispuesto por el artículo 12 de la Ley Nº 30114, solicita
gestionar el dispositivo legal que autorice una transferencia
f‌i nanciera por la suma de S/. 744 149,00, en la Fuente
de Financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la
empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de
Lima S.A. - SEDAPAL S.A., para f‌i nanciar la elaboración
de los Estudios de Pre-inversión del proyecto “Ampliación
de los Sistemas de Agua Potable y Alcantarillado del
Sector 206 - Cerro La Milla, distrito de San Martin de
Porres” y del proyecto “Ampliación del Sistema de Agua
Potable y Alcantarillado para las Nuevas Habilitaciones
en la Esquema Santa Rosa y Ancón”, indicando que
la transferencia f‌i nanciera será atendida con cargo a
los recursos previstos en el presupuesto de la Unidad
Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento
Urbano;
Que, con Memorando Nº 1668-2014/VIVIENDA-
OGPP, la Of‌i cina General de Planif‌i cación y
Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construcción
y Saneamiento, emite opinión favorable en materia
presupuestaria y propone un proyecto de Resolución
Ministerial que autoriza una Transferencia Financiera
del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción
y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa
Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma
de S/. 744 149,00, en la fuente de f‌i nanciamiento
Recursos Ordinarios a favor de la empresa Servicio de
Agua Potable y Alcantarillado de Lima S.A. - SEDAPAL
S.A., destinada al f‌i nanciamiento de la elaboración de
los Estudios de Pre-inversión del proyecto “Ampliación
de los Sistemas de Agua Potable y Alcantarillado del
Sector 206 - Cerro La Milla, distrito de San Martin de
Porres”; y del proyecto “Ampliación del Sistema de Agua
Potable y Alcantarillado para las Nuevas Habilitaciones
en la Esquema Santa Rosa y Ancón”; precisando
que se cuenta con la disponibilidad presupuestal
correspondiente en la fuente de f‌i nanciamiento
Recursos Ordinarios del Presupuesto Institucional 2014
del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y
Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional
de Saneamiento Urbano, Programa Presupuestal 0082:
Programa Nacional de Saneamiento Urbano; señalando
que se han suscrito los convenios correspondientes;
Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar
la transferencia f‌i nanciera del Pliego 037: Ministerio de
Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora
004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por
la suma de S/. 744 149,00, en la Fuente de Financiamiento
Recursos Ordinarios, a favor de la empresa Servicio de
Agua Potable y Alcantarillado de Lima S.A. - SEDAPAL
S.A., destinada al f‌i nanciamiento de la elaboración de los
Estudios de Pre-inversión del proyecto “Ampliación de los
Sistemas de Agua Potable y Alcantarillado del Sector 206
- Cerro La Milla, distrito de San Martin de Porres” por la
suma de S/. 271 086,00; y del proyecto “Ampliación del
Sistema de Agua Potable y Alcantarillado para las Nuevas
Habilitaciones en la Esquema Santa Rosa y Ancón” por la
suma de S/. 473 063,00; y,

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