TRANSPORTES Y COMUNICACIONES RESOLUCION DIRECTORAL Nº 13674-2007-MTC/15 - Aprueban Directiva que regula el procedimiento para la toma de los exAmenes de aptitud psicosomAtica para licencias de conducir RESOLUCION DIRECTORAL Nº 13674-2007-MTC/15

Fecha de disposición05 Octubre 2007
Fecha de publicación05 Octubre 2007
SecciónSección Única
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, viernes 5 de octubre de 2007
354888
la resolución de homologación vigente del analizador
de gases expedido por la Dirección General de Asuntos
Socio Ambientales del MTC conforme a lo establecido en
las normas vigentes.
• Nómina del personal técnico del Taller que incluye
sus nombres completos y copias de sus documentos
de identidad, copia simple de los títulos que acreditan
su calicación en mecánica automotriz y electricidad
automotriz, copia simple de los títulos y/o certicaciones
que acreditan su calicación en conversiones vehiculares
del sistema de combustión a GNV expedido por el
Proveedor de Equipos Completos-PEC con el cual el taller
mantiene vínculo contractual y copia de los documentos
que acreditan la relación laboral o vínculo contractual con
el taller.
• Copia de la Constancia de Inscripción N° 0662-2006-
PRODUCE/VMI/DNI-DNTC, de AGN INGENIEROS S.A.C.
ante el Registro de Productos Industriales Nacionales del
Ministerio de la Producción como proveedor de Equipos
Completos – PEC.
• Copia del Contrato de Arrendamiento celebrado
por Carmen Rosa Tuesta Soto y Magda Dionicia Soto
Hurtado con la solicitante, mediante el cual se acredita
la posesión legítima de la infraestructura requerida en el
numeral 6.1.2 de la Directiva anteriormente mencionada.
• Copia de la Licencia de Funcionamiento vigente
expedida por la Municipalidad distrital de San Juan de
Lurigancho.
• Copia de la Póliza de seguro de responsabilidad civil
extracontractual Nº 2400710700136 emitida por MAPFRE
PERÚ Compañía de Seguros y Reaseguros, destinada
a cubrir los daños a los bienes e integridad personal de
terceros generados por accidentes que pudieran ocurrir en
sus instalaciones, por el monto de 200 UIT conforme a los
términos señalados en el numeral 6.2.10 de la Directiva
Nº 001-2005-MTC/15.
De conformidad con la Ley 27791, Ley de
Organización y Funciones del Ministerio de
Transportes y Comunicaciones; la Ley Nº 27181,
Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre;
Decr eto Sup remo Nº 058-2003-MTC que aprueba el
Reglamento Nacional de Vehículos y la Directiva Nº 001-
2005-MTC/15 que aprueba el “Régimen de Autorización
y Funcionamiento de las Entidades Certicadoras de
Conversiones y de los Talleres de Conversión a GNV.
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar por el plazo de cinco (5) años,
a contarse desde la publicación de la presente resolución,
a AGN INGENIEROS S.A.C para operar el taller ubicado
en la Av. El Sol Nº 353-359, Urb. Canto Grande, distrito
de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de
Lima, como Taller de Conversión a Gas Natural Vehicular
(GNV), a n de realizar las conversiones del sistema de
combustión de los vehículos a GNV.
Artículo 2º.- La empresa autorizada, bajo
responsabilidad, debe presentar a la Dirección General
de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes
y Comunicaciones el correspondiente “Certicado de
Inspección del Taller” vigente emitido por alguna Entidad
Certicadora de Conversiones antes del vencimiento de
los plazos que a continuación se señalan:
ACTO Fecha máxima de presentación
Primera Inspección anual del taller 6 de setiembre del 2008
Segunda Inspección anual del taller 6 de setiembre del 2009
Tercera Inspección anual del taller 6 de setiembre del 2010
Cuarta Inspección anual del taller 6 de setiembre del 2011
Quinta Inspección anual del taller 6 de setiembre del 2012
En caso que la empresa autorizada no presente el
correspondiente “Certicado de Inspección del Taller”
vigente al vencimiento de los plazos antes indicados, se
procederá conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de
la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida la caducidad
de la autorización.
Artículo 3º.- La empresa autorizada, bajo
responsabilidad, debe presentar a la Dirección General
de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y
Comunicaciones la renovación de la póliza de seguro de
responsabilidad civil extracontractual contratada antes del
vencimiento de los plazos que a continuación se señalan:
ACTO Fecha máxima de
presentación
Primera renovación o contratación de nueva póliza 4 de setiembre del 2008
Segunda renovación o contratación de nueva póliza 4 de setiembre del 2009
Tercera renovación o contratación de nueva póliza 4 de setiembre del 2010
Cuarta renovación o contratación de nueva póliza 4 de setiembre del 2011
Quinta renovación o contratación de nueva póliza 4 de setiembre del 2012
En caso que la empresa autorizada, no cumpla con
presentar la renovación o contratación de una nueva
póliza al vencimiento de los plazos antes indicados, se
procederá conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de
la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida la caducidad
de la autorización.
Artículo 4º.- La presente Resolución Directoral entrará
en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario
Ocial El Peruano.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
LINO DE LA BARRERA L.
Director General( e)
Dirección General de Transporte Terrestre
113622-1
Aprueban Directiva que regula el
procedimiento para la toma de los
exámenes de aptitud psicosomática
para licencias de conducir
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
Nº 13674-2007-MTC/15
Lima, 26 de setiembre de 2007
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 3º de la Ley General del Transporte y
Tránsito Terrestre, Ley Nº 27181, establece que la acción
estatal en materia de transporte y tránsito terrestre se
orienta a la satisfacción de las necesidades de los usuarios
y al resguardo de sus condiciones de seguridad y salud,
así como a la protección del ambiente y la comunidad en
su conjunto;
Que, mediante Decreto Supremo 063-2003-
MTC, se aprobó el Reglamento de Autorizaciones a
Establecimientos de Salud encargados de la toma de
Exámenes de Aptitud Psicosomáticas para las Licencias
de Conducir el mismo que tiene por objeto establecer las
competencias para el otorgamiento de autorizaciones a
establecimientos de salud para la toma de exámenes de
conducir, así como los requisitos y condiciones que deben
cumplir los mismos para acceder a dichas autorizaciones
y para operar una vez obtenidas;
Que, mediante Decreto Supremo 018-2007-
MTC, se aprobó el Sistema Simplicado para Obtener la
Licencia de Conducir “BREVE-T”, en donde se modica
el Reglamento de Autorizaciones a Establecimientos
de Salud encargados de la toma de Exámenes de
Aptitud Psicosomática para las Licencias de Conducir
estableciendo nuevos parámetros de implementación
en infraestructura así como en los requisitos para
acceder a las correspondientes autorizaciones. Así
mismo, la referida norma establece la adecuación de
los procedimientos a las exigencias establecidas en la
Directiva N° 002-97-MTC/15.18 aprobado por Resolución
Directoral N° 110-967-MTC y la Directiva N° 001-98-MTC
aprobada mediante Resolución Directoral N° 218-98-
MTC, encargando tal función a la Dirección General de
Transporte Terrestre;
Que, en consecuencia resulta necesario dictar
las normas complementarias para establecer el
procedimiento para la toma de Exámenes de Aptitud
Psicosomática para las Licencias de Conducir, entre
otros aspectos;
De conformidad con la Ley Nº 27181, Ley General
de Transporte y Tránsito Terrestre, el Decreto Supremo
Nº 033-2001-MTC y sus modicatorias, Reglamento
Nacional de Tránsito y el Decreto Supremo Nº 018-
2007-MTC;

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR