RESOLUCION N° 040-2014/SUNAT - Autorizan viaje de trabajadores de la SUNAT a República Popular China y Singapur, en comisión de servicios.

Fecha de disposición09 Febrero 2014
Fecha de publicación09 Febrero 2014
El Peruano
Domingo 9 de febrero de 2014 516491
ORGANISMOS TECNICOS
ESPECIALIZADOS
COMISION DE PROMOCION
DEL PERU PARA LA
EXPORTACION Y EL TURISMO
Autorizan viaje de representante de
PROMPERÚ a Alemania, en comisión
de servicios
RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL
Nº 018 -2014-PROMPERÚ/SG
Lima, 4 de febrero de 2014
Visto el Sustento Técnico de viaje de la Dirección
de Promoción de las Exportaciones de la Comisión de
Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo -
PROMPERÚ.
CONSIDERANDO:
Que, la Comisión de Promoción del Perú para la
Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, es un organismo
público técnico especializado adscrito al Ministerio de
Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y
ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes
y servicios exportables, así como de turismo interno y
receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú
en materia turística y de exportaciones;
Que, PROMPERÚ, conjuntamente con dieciséis (16)
empresas exportadoras del sector agro y agroindustrias,
participará en la Feria “BIOFACH 2014”, a realizarse en la
ciudad de Núremberg, República Federal de Alemania, del
12 al 15 de febrero del 2014, con el objetivo de promover
la oferta exportable peruana de alimentos orgánicos,
fortaleciendo las relaciones comerciales de las empresas
peruanas exportadoras y accediendo a nuevos contactos
comerciales con potenciales compradores;
Que, es importante la participación en la referida feria,
por ser el evento más importante de productos orgánicos
de Europa, además Alemania constituye el segundo destino
de nuestras exportaciones agro industriales, lo que permitirá
promover nuestras exportaciones de productos orgánicos
producidos por PYMES agro exportadoras en dicho mercado;
asimismo, permitirá conocer las nuevas tendencias del
mercado, los productos de las empresas de otros países que
compiten con los nuestros y las innovaciones en productos,
envases y embalajes, a f‌i n de que sean difundidos a las
empresas peruanas exportadoras;
Que, en tal razón, la Dirección de Promoción de las
Exportaciones, ha solicitado que se autorice el viaje
del señor Arturo Alberto Zevallos Pérez, a la ciudad de
Núremberg, República Federal de Alemania, para que
en representación de PROMPERÚ realice actividades
de promoción de exportaciones durante la feria antes
señalada;
Que, la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector
Público para el Año Fiscal 2014, prohíbe los viajes al
exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos
excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los
viajes que se efectúen en el marco de las acciones de
promoción de importancia para el Perú, los que deben
realizarse en categoría económica y ser autorizados por
Resolución del Titular de la Entidad;
De conformidad con la Ley N° 27619, que regula
la autorización de viajes al exterior de los servidores
y funcionarios públicos, sus modif‌i catorias, el Decreto
Supremo Nº 047-2002-PCM y la Ley Nº 30075, Ley de
Fortalecimiento de la Comisión de Promoción del Perú
para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Autorizar el viaje del señor Arturo Alberto
Zevallos Pérez, a la ciudad de Núremberg, República
Federal de Alemania, del 9 al 16 de febrero de 2014, para
que en representación de PROMPERÚ realice acciones
de promoción de las exportaciones señaladas en la parte
considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de
la presente Resolución se efectuarán con cargo al Pliego
Presupuestal 008 Comisión de Promoción del Perú para
la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, de acuerdo al
siguiente detalle:
- Viáticos (US$ 540,00 x 6 días) : US $ 3 240,00
- Pasajes Aéreos : US $ 2 470,00
Artículo 3°.- Dentro de los quince días calendario
siguientes a su retorno al país, el señor Arturo Alberto
Zevallos Pérez presentará a la Titular del Pliego
Presupuestal de PROMPERÚ, un informe detallado sobre
las acciones realizadas y los logros obtenidos durante la
feria que asistirá; asimismo, deberá presentar la rendición
de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley.
Artículo 4°.- La presente Resolución no libera ni
exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros,
cualquiera sea su clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ARACELLY LACA RAMOS
Secretaria General (e)
1048035-1
SUPERINTENDENCIA
NACIONAL DE ADUANAS Y DE
ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Autorizan viaje de trabajadores de la
SUNAT a República Popular China y
Singapur, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA
Nº 039-2014/SUNAT
Lima, 6 de febrero de 2014
CONSIDERANDO:
Que mediante comunicación electrónica del 8 de
enero de 2014, remitida por la Secretaría de APEC, se
adjunta la invitación de la Presidencia del Sub-Comité de
Procedimientos Aduaneros 2014 (SCCP1 por sus siglas
en inglés) a la Superintendencia Nacional de Aduanas y
de Administración Tributaria – SUNAT, para participar en
la Primera Reunión del Sub-Comité de Procedimientos
Aduaneros de APEC, a llevarse a cabo en la ciudad de
Ningbó, Zhejiang, República Popular China, del 19 al 21
de febrero de 2014;
Que el citado evento tiene como f‌i nalidad, entre otros
temas, profundizar las acciones de promoción del comercio
exterior para el Perú; fortalecer las relaciones entre las
Administraciones Aduaneras de los Estados Miembros
de la APEC; conocer los avances alcanzados en materia
de liberalización y facilitación del comercio, de innovación
tecnológica y desarrollo del recurso humano; así como
reforzar los mecanismos de cooperación y asistencia
técnica que coadyuven a facilitar y asegurar el comercio
internacional;
Que en tal sentido, siendo de interés institucional para
la SUNAT la concurrencia de sus trabajadores a eventos de
esta naturaleza, conforme al Informe Nº 12-2014-SUNAT/
3A0000 de fecha 5 de febrero de 2014, resulta necesario
autorizar la participación del trabajador Juan Carlos
Henrich Saavedra, Gerente (e) de Recaudación Aduanera
de la Intendencia Nacional de Prevención del Contrabando
y Fiscalización Aduanera, en el citado evento;
Que el numeral 1 de la Séptima Disposición
Complementaria Final de la Ley de Fortalecimiento de la
SUNAT, aprobada por Ley Nº 29816, dispone que mediante
Resolución de Superintendencia, la SUNAT aprueba sus
propias medidas de austeridad y disciplina en el gasto, no

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