DECRETO SUPREMO N° 266-2014-EF - Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014 a favor del pliego Instituto Nacional de Defensa Civil

Fecha de disposición17 Septiembre 2014
Fecha de publicación17 Septiembre 2014
El Peruano
Miércoles 17 de setiembre de 2014
532632
servidores y funcionarios públicos, y su Reglamento,
aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM,
y modif‌i catorias; la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto
del Sector Público para el Año Fiscal 2014; así como
por la Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y
Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social,
y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje de la señora Norma
Edelmira Vidal Añaños, Viceministra de Prestaciones
Sociales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, a
la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América, del
18 al 23 de setiembre de 2014, para los f‌i nes expuestos en
la parte considerativa de la presente resolución suprema.
Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de
la presente resolución suprema serán cubiertos con cargo
al presupuesto del Ministerio de Desarrollo e Inclusión
Social, de acuerdo con el siguiente detalle:
Norma Edelmira Vidal Añaños
Pasajes aéreos US$ 2 103.12
Viáticos (US$ 440 x 5 días) US$ 2 200.00
(4 días de la comisión + 1 día instalación)
Total US$ 4 303.12
Artículo 3.- La presente resolución suprema no libera
ni exonera del pago de impuestos o derechos aduaneros,
cualquier sea su clase o denominación.
Artículo 4.- Dentro de los quince (15) días calendario
siguientes de efectuado el viaje, la funcionaria a que se
ref‌i ere el artículo 1 de la presente resolución suprema
deberá presentar, ante el titular de la Entidad, un informe
detallado, describiendo las acciones realizadas, los
resultados obtenidos en el citado viaje, y la rendición de
cuentas debidamente documentada.
Artículo 5.- La presente resolución suprema será
refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y
por la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
ANA JARA VELÁSQUEZ
Presidenta del Consejo de Ministros
PAOLA BUSTAMANTE SUÁREZ
Ministra de Desarrollo e Inclusión Social
1138507-8
ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Transferencia de Partidas en
el Presupuesto del Sector Público para
el Año Fiscal 2014 a favor del Pliego
Instituto Nacional de Defensa Civil
DECRETO SUPREMO
Nº 266-2014-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del
Sector Público para el Año Fiscal 2014 se aprobó, entre
otros, el Presupuesto del Pliego 006: Instituto Nacional de
Defensa Civil;
Que, la Segunda Disposición Complementaria
Final de la Ley Nº 30115, Ley de Equilibrio Financiero
del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal
2014, señala que en la Reserva de Contingencia se ha
incluido hasta la suma de CINCUENTA MILLONES Y
00/100 NUEVOS SOLES (S/. 50 000 000,00), a favor
del Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI, para
realizar acciones durante el Año Fiscal 2014 que permitan
brindar la atención oportuna ante desastres de gran
magnitud, rehabilitar la infraestructura pública dañada,
así como reducir los probables daños que pueda generar
el inminente impacto de un fenómeno natural o antrópico
declarado, determinado por el organismo público técnico-
científ‌i co competente;
Que, los literales c) y d) de la citada Segunda
Disposición Complementaria Final, establecen que el
INDECI es responsable del adecuado uso de los recursos
provenientes de la Reserva de Contingencia a que se
ref‌i ere la Ley Nº 30115, correspondiendo al Ministerio de
Economía y Finanzas, a través de la Dirección General
de Política de Inversiones (hoy Dirección General de
Inversión Pública), dictar los criterios y procedimientos
para sustentar la necesidad del uso de dichos recursos;
Que, el artículo 4 de la Directiva Nº 002-2013-EF/63.01
“Directiva que establece criterios y procedimientos
para el uso de los recursos a que se ref‌i ere la Segunda
Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30115,
Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del
Sector Público para el Año Fiscal 2014”, dispone que la
mencionada Directiva es de aplicación a las Entidades
del Sector Público No Financiero de los tres (03) niveles
de gobierno, que soliciten los recursos a que se ref‌i ere
la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley
Nº 30115, para ejecutar acciones ante la ocurrencia
de desastres de gran magnitud producidos durante el
último trimestre del Año Fiscal 2013, así como los que se
produzcan o pudieran producirse durante el Año Fiscal
2014 y los PIP de emergencia declarados elegibles en
el Año Fiscal 2013 a los que no se les hubiera asignado
recursos en dicho año f‌i scal;
Que, el numeral 7.1 del artículo 7 de la citada
Directiva señala que es competencia del INDECI ser
responsable por el adecuado uso de los recursos antes
señalados, así como de solicitarlos a f‌i n de incorporarlos
a su presupuesto y transferirlos f‌i nancieramente a las
entidades correspondientes en un plazo máximo de diez
(10) días calendario, contados desde el día siguiente de
haber sido autorizada la transferencia de partidas por
parte del Ministerio de Economía y Finanzas;
Que, según el artículo 10 de la Directiva antes
referida, la emergencia por ocurrencia de desastres de
gran magnitud o peligro inminente del mismo, se atiende
a través de dos formas de intervención: Actividades
de Emergencia, que son evaluadas y aprobadas por
el INDECI; y Proyectos de Inversión Pública (PIP) de
Emergencia, que son presentados a la Dirección General
de Política de Inversiones (hoy Dirección General de
Inversión Pública) del Ministerio de Economía y Finanzas,
la que de corresponder, los declara elegibles;
Que, el numeral 11.6 del artículo 11 de la citada
Directiva, señala que el Titular del INDECI remite al
Ministerio de Economía y Finanzas la solicitud de crédito
presupuestario, adjuntando el Informe del Director
Nacional del INDECI aprobando las Fichas Técnicas de
Actividad de Emergencia debidamente suscrito por los
funcionarios correspondientes, como requisito previo a
la aprobación del crédito presupuestario, conforme a lo
dispuesto por el artículo 13 de la referida Directiva;
Que, el artículo 13 de la Directiva antes referida,
establece que la transferencia de los recursos a que se
ref‌i ere la Segunda Disposición Complementaria Final de la
Ley Nº 30115, se autoriza de acuerdo a lo establecido en el
General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado
Que, en aplicación de lo antes señalado, el INDECI,
a través del Of‌i cio Nº 2546-2014-INDECI/4.0, solicita
la suma de NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO
MIL TRESCIENTOS CINCO Y 00/100 NUEVOS
SOLES (S/. 998 305,00), los cuales serán transferidos
f‌i nancieramente a la Unidad Ejecutora 100: Agricultura
Arequipa del Gobierno Regional del Departamento de
Arequipa, para la atención de una (01) Actividad de
Emergencia denominada “Adquisición de pacas de
heno de avena y productos e insumos veterinarios para
mitigar la mortalidad y recuperar el estado sanitario de los
camélidos sudamericanos domesticados de los 11 anexos

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