RESOLUCION SUPREMA N° 028-2015-IN - Designan Jefe de Región Junín de la Policía Nacional del Perú
Fecha de publicación | 03 Enero 2015 |
Fecha de disposición | 03 Enero 2015 |
El Peruano
Sábado 3 de enero de 2015 543903
refrendada por el Ministro de Estado en el Despacho del
Interior.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
DANIEL URRESTI ELERA
Ministro del Interior
1183984-27
Designan Jefe de Región Junín de la
Policía Nacional del Perú
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 028-2015-IN
Lima, 2 de enero de 2015
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 167º de la Constitución Política del
Perú establece que el Presidente de la República es el
Jefe Supremo de la Policía Nacional;
Que, el artículo 23 del Decreto Legislativo Nº 1149
– Ley de la carrera y situación del personal de la Policía
Nacional del Perú, concordante con el artículo 27 de
su reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo
016-2013-IN de fecha 16 de noviembre del 2013,
establece que el cargo es el puesto laboral específico
establecido en el Cuadro de Organización, Cuadro de
Personal y el Clasificador de Cargos, que se asigna
al personal con empleo, de acuerdo a las Listas de
Rendimiento Profesional o Técnico, especialidades
funcionales, antigüedad y necesidad del servicio;
Legislativo Nº 1149 – Ley de la carrera y situación del
personal de la Policía Nacional del Perú, establece que
la asignación en el cargo de los Ofi ciales Generales se
aprueba por Resolución Suprema;
De conformidad con la Ley Nº 29158 – Ley Orgánica
del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo Nº 1135 – Ley
de Organización y Funciones del Ministerio del Interior y el
Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio
del Interior aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2012-
IN.
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Designar al señor General de la
Policía Nacional del Perú Jose Antonio FIGUEROA
GONZALES, en el cargo de Jefe de Región Junín de la
Policía Nacional del Perú, con efectividad a partir del 1
de enero de 2015.
REQUISITOS PARA PUBLICACIÏN EN LA
SEPARATA DE NORMAS LEGALES
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder
Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales
y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general
(normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de
administración, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta
lo siguiente:
1.- La documentación por publicar se recibirá en la Dirección del Diario Ofi cial, de lunes a viernes,
en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicación deberá adjuntar los documentos
refrendados por la persona acreditada con el registro de su fi rma ante el Diario Ofi cial.
2.- Junto a toda disposición, con o sin anexo, que contenga más de una página, se adjuntará un
disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo
electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe
3.- En toda disposición que contenga anexos, las entidades deberán tomar en cuenta lo establecido
en el artículo 9º del Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS,
modifi cado por el Decreto Supremo N° 014-2012-JUS
4.- Toda disposición y/o sus anexos que contengan tablas, deberán estar trabajadas en EXCEL, de
acuerdo al formato original y sin justifi car; si incluyen gráfi cos, su presentación será en extensión
PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda.
5.- En toda disposición, con o sin anexos, que en total excediera de 6 páginas, el contenido del
disquete, cd rom, USB o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL ORIGINAL, para
efectos de su publicación, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la
publicación se suspenderá.
6.- Las cotizaciones se enviarán al correo electrónico: cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe; en
caso de tener más de 1 página o de incluir cuadros se cotizará con originales. Las cotizaciones
tendrán una vigencia de dos meses o según el cambio de tarifas de la empresa.
LA DIRECCIÓN
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