Resolucion SBS Nº 00689-2023. Aprueban el Reglamento de apertura, conversión, traslado o cierre de oficinas y modifican el TUPA de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones

Fecha de publicación28 Febrero 2023
SecciónSeparatas de Normas Legales
Lima, 27 de febrero de 2023

La Superintendenta de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones

CONSIDERANDO:

Que, en el artículo 30 de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y SegurosLey Nº 26702 y sus normas modificatorias (Ley General), modificado mediante Decreto Legislativo Nº 1531, se establece que la apertura por una empresa del sistema financiero autorizada a captar depósitos del público o de una empresa del sistema de seguros, de sucursales o agencias, sean en el país o en el exterior, requiere de autorización previa de la Superintendencia;

Que, asimismo, en el artículo 32 de la Ley General modificado mediante Decreto Legislativo Nº 1531, se señala que el traslado y el cierre de sucursales, agencias u oficinas especiales de las empresas del sistema financiero autorizadas a captar depósitos del público o de las empresas del sistema de seguros, en el país o en el exterior, siempre que brinden atención al público, requieren también autorización previa de la Superintendencia;

Que, mediante Resolución SBS Nº 4797-2015 se aprobó el Reglamento de apertura, conversión, traslado o cierre de oficinas y uso de locales compartidos;

Que, considerando las citadas modificaciones mediante el Decreto Legislativo Nº 1531 y con el fin de lograr mayor eficiencia en sus procesos, se ha considerado conveniente actualizar el reglamento antes citado;

Que, a efectos de recoger las opiniones del público en general respecto de las propuestas de modificación a la normativa del sistema financiero y de seguros, se dispuso la prepublicación del proyecto de Resolución en el portal electrónico de la Superintendencia, al amparo de lo dispuesto en la Trigésima Segunda Disposición Final y Complementaria de la Ley General, así como del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS y sus modificatorias;

Con el visto bueno de las Superintendencias Adjuntas de Banca y Microfinanzas, de Seguros, de Riesgos, de Estudios Económicos y de Asesoría Jurídica; y,

En uso de las atribuciones conferidas por los numerales 7 y 9 del artículo 349 de la Ley General;

RESUELVE:

Artículo Primero.- Aprobar el Reglamento de apertura, conversión, traslado o cierre de oficinas, según se indica a continuación:

Artículo 1. Alcance

La presente norma es de aplicación a las empresas de operaciones múltiples, empresas especializadas, bancos de inversión y empresas de seguros, señaladas en los literales A, B, C y D del artículo 16 de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702 y sus normas modificatorias, en adelante Ley General, al Banco de la Nación, al Banco Agropecuario, a la Corporación Financiera de Desarrollo (COFIDE), al Fondo Mivivienda S.A., y a las Empresas Emisoras de Dinero Electrónico (EEDE), en adelante empresas.

Artículo 2. Definición

Para efectos de lo dispuesto en el presente Reglamento, deben considerarse las siguientes definiciones:

1. Oficina: Establecimiento físico a través del cual la empresa puede atender al público para realizar operaciones y servicios. Puede ser implementada en un local propio o alquilado por la empresa, o en un local compartido con otra empresa. Las oficinas pueden ser de los siguientes tipos:

A. Oficina principal

Toda empresa debe contar con una oficina principal que es la oficina constituida como domicilio legal de la empresa, donde generalmente se encuentra la alta dirección que organiza, administra y dirige las actividades y negocios que son propios del objeto social de la institución. Puede atender al público y realizar cualquiera de las operaciones y servicios permitidos a la empresa.

B. Agencia

Es la oficina a través de la cual la empresa atiende al público que puede efectuar todas las operaciones y servicios permitidos a la empresa.

C. Sucursal

Es la oficina ubicada en el exterior a través de la cual la empresa atiende al público, que puede realizar todas las operaciones y servicios permitidos a la empresa. La sucursal lleva contabilidad propia.

D. Oficina especial

Es la oficina a través de la cual la empresa atiende al público y sólo puede realizar algunas de las operaciones y servicios permitidos a la empresa.

La oficina especial puede ser:

i) Fija o móvil.

ii) Permanente o temporal. La oficina temporal no puede estar vigente por un período mayor a seis meses y usualmente está asociada a un evento específico.

2. Local Compartido

Es la modalidad de oficina en la que una agencia u oficina especial comparte espacio físico con otra empresa, para la prestación de las operaciones y servicios a que están facultadas. Esta modalidad de oficina incluye acuerdos que permiten compartir diferentes ventanillas de atención al público, así como de arrendamiento de espacios, entre otras formas.

3. Movimiento: Cualquiera de las acciones tales como apertura, conversión, traslado o cierre de oficinas.

4. Empresas del sistema financiero autorizadas a captar depósitos del público: Aquellas señaladas en los numerales 1, 2, 3, 4, 6 y 7 del literal A del artículo 16 de la Ley General.

5. Superintendencia: Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones.

Artículo 3. Políticas y procedimientos para la gestión de oficinas

3.1. Las empresas deben contar con políticas y procedimientos aprobados para la apertura, conversión, traslado y cierre de oficinas, que consideren, entre otros aspectos, los siguientes:

a. Criterios para la apertura, conversión, traslado y cierre de oficinas, y aprobación del Directorio. El Directorio puede delegar a la gerencia general la aprobación de estos.

b. Para los casos de apertura de oficinas debe desarrollarse un perfil de factibilidad económica en el cual se evalúe si la inversión asociada con la implementación de la oficina, así como los costos de...

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