RESOLUCION N° 1920-2015 - Autorizan a la Caja Municipal de Crédito Popular de Lima el cierre de la agencia ubicada en el departamento de Lima

Fecha de disposición09 Abril 2015
Fecha de publicación09 Abril 2015
El Peruano
Jueves 9 de abril de 2015 550309
Artículo Segundo.- DESIGNAR, a partir del 13 de
abril del 2015, al señor LUIS ALBERTO SANTOLALLA
HUERTO, en el cargo de conf‌i anza de Sub Gerente de
Prensa y Comunicaciones de la Gerencia de Imagen
Institucional del Registro Nacional de Identif‌i cación y
Estado Civil, asignándole la plaza correspondiente del
Cuadro para Asignación de Personal (CAP) vigente.
Artículo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento de
la presente Resolución Jefatural a la Gerencia de Talento
Humano.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
JORGE LUIS YRIVARREN LAZO
Jefe Nacional
1221431-1
SUPERINTENDENCIA
DE BANCA, SEGUROS Y
ADMINISTRADORAS PRIVADAS
DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan a la Caja Municipal de Crédito
Popular de Lima el cierre de la agencia
ubicada en el departamento de Lima
RESOLUCIÓN SBS Nº 1920-2015
Lima, 27 de marzo de 2015
EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS
VISTA:
La solicitud presentada por la Caja Municipal de
Crédito Popular de Lima (en adelante, la Caja), para
que se le autorice el cierre de una (01) oficina en la
modalidad de agencia ubicada en el Jr. Carabaya Nº
841, Cercado de Lima, provincia y departamento de
Lima; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución SBS Nº 1574-2003 de
fecha 13.11.2003, se autorizó a la Caja la apertura de la
citada agencia;
Que la Caja ha cumplido con remitir a esta
Superintendencia la documentación pertinente para el
cierre de la citada Of‌i cina;
Estando a lo informado por el Departamento de
Supervisión Microf‌i nanciera “B”, y,
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32º de
la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del
Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de
Banca y Seguros, y el Reglamento de apertura, conversión,
traslado o cierre de of‌i cinas, uso de locales compartidos,
cajeros automáticos y cajeros corresponsales, aprobado
mediante Resolución SBS Nº 6285-2013; y, en uso de
las facultades delegadas mediante la Resolución SBS Nº
12883-2009;
RESUELVE:
Artículo Único.- Autorizar a la Caja Municipal de
Crédito Popular de Lima el cierre de la Agencia ubicada
en el Jr. Carabaya Nº 841, Cercado de Lima, provincia y
departamento de Lima.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DEMETRIO CASTRO ZÁRATE
Intendente General de Microf‌i nanzas
1221746-1
GOBIERNOS REGIONALES
GOBIERNO REGIONAL
DE UCAYALI
Aprueban modificación del Cuadro
para Asignación de Personal - CAP,
Provisional y el Cuadro Nominal de
Personal - CNP del Hospital Amazónico
- Yarinacocha
ORDENANZA REGIONAL
Nº 003-2015-GRU/CR.
EL CONSEJO REGIONAL DE UCAYALI
POR CUANTO:
El Consejo Regional de Ucayali, de conformidad con
lo previsto en los Artículos 191º y 192º de la Constitución
Política del Estado, modif‌i cados por el Capítulo XIV,
Título IV sobre Descentralización, de la Ley Nº 27680,
modif‌i cada por las Leyes Nº 27902, Nº 28968, Nº 29053 y
demás normas complementarias;
CONSIDERANDO:
Estado, prescribe que los Gobiernos Regionales, gozan
de autonomía política, económica y administrativa en los
asuntos de su competencia.
Que, mediante Ordenanza Regional Nº 011-2013-
GRU/CR, de fecha 14 de mayo de 2013, Ordena: Artículo
Primero.- Modif‌i car el Artículo primero de la Ordenanza
Regional Nº 007-2013-GRU/CR, que aprueba el Cuadro
para Asignación de Personal CAP, y el Cuadro Nominal
de Personal CNP, de las Unidades Ejecutoras de Salud
en los siguientes términos: Dirección Regional de Salud
de Ucayali, que contiene a la Sede Administrativa, Red
de Salud de Coronel Portillo, Red de Salud Federico
Basadre-Yarinacocha, así como del Hospital Regional de
Pucallpa y Hospital Amazónico – Yarinacocha.
Que, la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector
Público para el Año Fiscal 2015, en el Artículo 8º Inciso
g) exceptúa “El nombramiento de hasta el veinte por
ciento (20%) de la PEA, def‌i nida a la fecha de entrada
en vigencia del Decreto Legislativo Nº 1153, de los
profesionales de la salud y de los técnicos y auxiliares
asistenciales de la salud del Ministerio de Salud, sus
organismos públicos y las unidades ejecutoras de
salud de los Gobiernos Regionales y las Asociaciones
de Comunidades Laborales de Salud-CLAS. Para la
aplicación de los casos de excepción establecidos
desde el literal a) hasta el literal g), es requisito que
las plazas o puestos a ocupar se encuentren aprobados
en el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) o
en el Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE) según
corresponda, registradas en el Aplicativo de Informático
para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de
los Recursos Humanos del Sector Público.
Que, de conformidad con lo prescrito en el Artículo
35º, inciso c) de la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de
la Descentralización, los Gobiernos Regionales son
competentes para aprobar su organización interna y
presupuesto institucional. Del mismo modo es atribución
del Consejo Regional aprobar los documentos de gestión,
Reglamento de Organización y Funciones (ROF), Manual
de Organización y Funciones (MOF) y el Cuadro para
Asignación de Personal (CAP) de las instituciones públicas
del Gobierno Regional, en concordancia con el 38º de la
Que, con Decreto Supremo Nº 034-2014-SA, Establecen
Lineamientos para el proceso de nombramiento de los
profesionales de la Salud y de los técnicos y auxiliares
asistenciales de la salud del Ministerio de Salud, sus
organismos públicos y las unidades ejecutoras de salud
de los Gobiernos Regionales, bajo el amparo de la Ley

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