Resolucion Nº 0382-2022/SEL-INDECOPI. Declaran barreras burocráticas ilegales diversas medidas contenidas en el Reglamento de la Ley N° 26574, Ley de Nacionalidad; así como diversos procedimientos del TUPA de MIGRACIONES
Fecha de publicación | 13 Enero 2023 |
Sección | Separatas de Normas Legales |
AUTORIDAD QUE EMITE LA RESOLUCIÓN: Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas
FECHA DE EMISIÓN DE LA RESOLUCIÓN: 19 de octubre de 2022
ENTIDADES QUE IMPUSIERON LAS BARRERAS BUROCRÁTICAS DECLARADAS ILEGALES:
Ministerio del Interior
Superintendencia Nacional de Migraciones
NORMAS QUE CONTIENEN LAS BARRERAS BUROCRÁTICAS DECLARADAS ILEGALES: Literal f) del artículo 9, literal h) del artículo 35 y literal h) del artículo 21 del Reglamento de la Ley 26574, Ley de Nacionalidad, aprobado por el Decreto Supremo 004-97-IN, modificado mediante el Decreto Supremo 002-2021-IN
Procedimientos PA35007B33, PA35007F67 y PA3500AED9 del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Superintendencia Nacional de Migraciones, aprobado por el Decreto Supremo 006-2021-IN, modificado por el Decreto Supremo 008-2022-IN
BARRERAS BUROCRÁTICAS DECLARADAS ILEGALES:
(i) La exigencia de presentar el requisito denominado “Ficha de canje internacional (Interpol)” para la tramitación del procedimiento de Obtención de la nacionalidad peruana por naturalización, materializada en el literal f) del artículo 9 del Reglamento de la Ley 26574, Ley de Nacionalidad, aprobado por el Decreto Supremo 004-997-IN, modificado mediante el Decreto Supremo 002-2021-IN, así como en el Procedimientos PA35007B33 del TUPA de la Superintendencia Nacional de Migraciones, aprobado por el Decreto Supremo 006-2021-IN, modificado por el Decreto Supremo 008-2022-IN.
(ii) La exigencia de presentar el requisito denominado “Ficha de canje internacional (Interpol)” para la tramitación del procedimiento de Doble nacionalidad por el convenio Perú – España, materializada en el literal h) del artículo 35 del Reglamento de la Ley 26574, Ley de Nacionalidad, aprobado por el Decreto Supremo 004-997-IN, modificado mediante el Decreto Supremo 002-2021-IN, así como en el Procedimientos PA35007F67 del TUPA de la Superintendencia Nacional de Migraciones, aprobado por el Decreto Supremo 006-2021-IN, modificado por el Decreto Supremo 008-2022-IN.
(iii) La exigencia de presentar el requisito denominado “Ficha de canje internacional (Interpol)” para la tramitación del procedimiento de Obtención de la nacionalidad peruana por matrimonio, materializada en el literal h) del artículo 21 del Reglamento de la Ley 26574, Ley de Nacionalidad, aprobado por el Decreto Supremo 004-997-IN, modificado mediante el Decreto Supremo 002-2021-IN, así como en el Procedimientos PA3500AED9 del TUPA de la Superintendencia Nacional de Migraciones...
FECHA DE EMISIÓN DE LA RESOLUCIÓN: 19 de octubre de 2022
ENTIDADES QUE IMPUSIERON LAS BARRERAS BUROCRÁTICAS DECLARADAS ILEGALES:
Ministerio del Interior
Superintendencia Nacional de Migraciones
NORMAS QUE CONTIENEN LAS BARRERAS BUROCRÁTICAS DECLARADAS ILEGALES: Literal f) del artículo 9, literal h) del artículo 35 y literal h) del artículo 21 del Reglamento de la Ley 26574, Ley de Nacionalidad, aprobado por el Decreto Supremo 004-97-IN, modificado mediante el Decreto Supremo 002-2021-IN
Procedimientos PA35007B33, PA35007F67 y PA3500AED9 del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Superintendencia Nacional de Migraciones, aprobado por el Decreto Supremo 006-2021-IN, modificado por el Decreto Supremo 008-2022-IN
BARRERAS BUROCRÁTICAS DECLARADAS ILEGALES:
(i) La exigencia de presentar el requisito denominado “Ficha de canje internacional (Interpol)” para la tramitación del procedimiento de Obtención de la nacionalidad peruana por naturalización, materializada en el literal f) del artículo 9 del Reglamento de la Ley 26574, Ley de Nacionalidad, aprobado por el Decreto Supremo 004-997-IN, modificado mediante el Decreto Supremo 002-2021-IN, así como en el Procedimientos PA35007B33 del TUPA de la Superintendencia Nacional de Migraciones, aprobado por el Decreto Supremo 006-2021-IN, modificado por el Decreto Supremo 008-2022-IN.
(ii) La exigencia de presentar el requisito denominado “Ficha de canje internacional (Interpol)” para la tramitación del procedimiento de Doble nacionalidad por el convenio Perú – España, materializada en el literal h) del artículo 35 del Reglamento de la Ley 26574, Ley de Nacionalidad, aprobado por el Decreto Supremo 004-997-IN, modificado mediante el Decreto Supremo 002-2021-IN, así como en el Procedimientos PA35007F67 del TUPA de la Superintendencia Nacional de Migraciones, aprobado por el Decreto Supremo 006-2021-IN, modificado por el Decreto Supremo 008-2022-IN.
(iii) La exigencia de presentar el requisito denominado “Ficha de canje internacional (Interpol)” para la tramitación del procedimiento de Obtención de la nacionalidad peruana por matrimonio, materializada en el literal h) del artículo 21 del Reglamento de la Ley 26574, Ley de Nacionalidad, aprobado por el Decreto Supremo 004-997-IN, modificado mediante el Decreto Supremo 002-2021-IN, así como en el Procedimientos PA3500AED9 del TUPA de la Superintendencia Nacional de Migraciones...
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