RESOLUCION N° 0301-2015/SBN-DGPE-SDDI - Aprueban transferencia predial interestatal a título gratuito de predios, a favor de la Autoridad Autónoma del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao - AATE

Fecha de disposición25 Abril 2015
Fecha de publicación25 Abril 2015
El Peruano
Sábado 25 de abril de 2015
551386
surten efecto a partir del día de su publicación en el Diario
Of‌i cial El Peruano, salvo disposición en contrario de la
misma, que postergue su vigencia;
Que, de acuerdo al Cuadro para Asignación de Personal
(CAP) del Seguro Integral de Salud, aprobado mediante
Resolución Suprema N° 004-2013-SA, los cargos de Gerente
de la Gerencia de Riesgos y Evaluación de las Prestaciones
y de Director General de la Of‌i cina General de Asesoría
Jurídica, están calif‌i cados como empleados de conf‌i anza;
Que, asimismo, en el Cuadro para Asignación de Personal
(CAP) del Seguro Integral de Salud, se encuentra previsto y
vacante el cargo de Asesor de Secretaría General;
Que, en ese sentido, resulta conveniente aceptar
las renuncias formuladas y designar a los profesionales
que ejercerán los cargos de Gerente de la Gerencia
de Riesgos y Evaluación de las Prestaciones, Director
General de la Of‌i cina General de Asesoría Jurídica y
Asesor de Secretaría General;
Con el visto bueno de la Secretaría General, de la
Of‌i cina General de Administración de Recursos y de la
Of‌i cina General de Asesoría Jurídica; y,
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594;
Supremo N° 075-2008-PCM, el Decreto Supremo N° 065-
2011-PCM; y, los numerales 11.8 y 11.9 del artículo 11° del
Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral
de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2011-SA;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aceptar la renuncia presentada por
la Médico Cirujano Nilda Terrones Valera al cargo de
conf‌i anza de Gerente de la Gerencia de Riesgos y
Evaluación de las Prestaciones, a partir del 1 de mayo de
2015, dándole las gracias por la labor desempeñada.
Artículo 2.- Aceptar la renuncia presentada por
el Abogado Ivan Alfredo Zanetti Peinado al cargo de
conf‌i anza de Director General de la Of‌i cina General de
Asesoría Jurídica, a partir del 1 de mayo de 2015, dándole
las gracias por la labor desempeñada.
Artículo 3.- Designar al Médico Cirujano Jaime
Moreno Eustaquio en el cargo de conf‌i anza de Gerente de
la Gerencia de Riesgos y Evaluación de las Prestaciones,
a partir del 1 de mayo de 2015.
Artículo 4.- Designar al Abogado Juan Ignacio Pinedo
Loyola en el cargo de conf‌i anza de Director General de
la Of‌i cina General de Asesoría Jurídica, a partir del 1 de
mayo de 2015.
Artículo 5.- Designar a la Médico Cirujano Nilda
Terrones Valera en el cargo de conf‌i anza de Asesora de la
Secretaría General, a partir del 1 de mayo de 2015.
Artículo 6.- Disponer que mientras duren las
designaciones dispuestas en los artículos 4 y 5 de la
presente Resolución Jefatural, las plazas CAP Nº 41 y
143, quedan suspendidas y son reservadas al Abogado
Juan Ignacio Pinedo Loyola y a la Médico Cirujano Nilda
Terrones Valera, respectivamente.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PEDRO FIDEL GRILLO ROJAS
Jefe del Seguro Integral de Salud
1229490-2
SUPERINTENDENCIA NACIONAL
DE BIENES ESTATALES
Aprueban transferencia predial
interestatal a título gratuito de predios,
a favor de la Autoridad Autónoma del
Sistema Eléctrico de Transporte Masivo
de Lima y Callao - AATE
SUBDIRECCIÓN DE DESARROLLO
INMOBILIARIO
RESOLUCIÓN Nº 0301-2015/SBN-DGPE-SDDI
San Isidro, 22 de abril de 2015
VISTO:
El Expediente Nº 201-2015/SBNSDDI, que contiene
la solicitud presentada por la AUTORIDAD AUTÓNOMA
DEL SISTEMA ELÉCTRICO DE TRANSPORTES MASIVO
DE LIMA Y CALLAO – AATE, representado por el Director
Ejecutivo José Zarate Garay, mediante la cual peticiona la
TRANSFERENCIA PREDIAL INTERESTATAL A TÍTULO
GRATUITO del área de 20 166.98 m2, que forma parte
de un predio de mayor extensión, inscrito a favor del
MINISTERIO DE DEFENSA – MARINA DE GUERRA DEL
PERÚ en la Partida Nº 70357918 del Registro de Predios
del Callao, con Registro SINABIP 4683 y CUS Nº 90129, en
adelante “el predio 1”; el área de 115 097.57 m2, que forma
parte de un predio de mayor extensión, inscrito a favor del
MINISTERIO DEFENSA – MARINA DE GUERRA DEL
PERÚ, en la Partida Nº 70266563 del Registro de Predios
del Callao, con Registro SINABIP Nº 2086 del Libro Callao
y CUS Nº 53023, en adelante “el predio 2”; el área de 4
665.66 m2, que forma parte de un predio de mayor extensión,
inscrito a favor del MINISTERIO DE DEFENSA – MARINA
DE GUERRA DEL PERÚ en la Partida Nº 70381596 del
Registro de Predios del Callao, con Registro SINABIP Nº
3129 de Libro Callao y CUS Nº 59343, en adelante “el
predio 3”; el área de 9 765.03 m2, que forma parte de un
predio de mayor extensión, inscrito a favor del MINISTERIO
DE DEFENSA – MARINA DE GUERRA DEL PERÚ en la
Partida Nº 70207604 del Registro de Predios del Callao con
Registro SINABIP Nº 1807 del Libro de Callao y CUS Nº
14890, en adelante “el predio 4”; y, el área de 15 959.87 m2,
que forma parte de un predio de mayor extensión, inscrito a
favor del ESTADO – MARINA DE GUERRA DEL PERÚ en
la Partida Nº 07015543 del Registro de Predios del Callao,
con Registro SINABIP Nº 180 del Libro de Callao CUS Nº
13271, en adelante “el predio 5”; y,
CONSIDERANDO:
1. Que, la Superintendencia Nacional de Bienes
Estatales (SBN), en mérito a lo dispuesto por la Ley Nº
29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes
Estatales (en adelante la Ley), y su Reglamento aprobado
sus modif‌i catorias (en adelante el Reglamento), así como
al Decreto Supremo Nº 058-2011-PCM, que actualiza la
calif‌i cación y relación de los organismos públicos de acuerdo
a lo dispuesto por la Ley Nº 29158, es un Organismo Público
Ejecutor, adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y
Saneamiento, que constituye el Ente Rector del Sistema
Nacional de Bienes Estatales, siendo responsable
tanto de normar los actos de adquisición, disposición,
administración y supervisión de los bienes estatales, como
de ejecutar dichos actos respecto de los bienes cuya
administración está a su cargo, y tiene como f‌i nalidad lograr
el aprovechamiento económico de los bienes del Estado en
armonía con el interés social.
2. Que, de acuerdo con lo previsto por los artículos
47º y 48º del Reglamento de Organización y Funciones de
la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN,
publicado el 22 de diciembre de 2010 (en adelante ROF de
la SBN), la Subdirección de Desarrollo Inmobiliario es el
órgano competente en primera instancia, para programar,
aprobar y ejecutar los procesos operativos relacionados
con los actos de disposición de los bienes estatales bajo
la competencia de la SBN.
3. Que, mediante Of‌i cio Nº 057-2015-MTC/33 del
17 de marzo de 2015 (S.I. Nº 05515-2015) la Autoridad
Autónoma del Sistema Eléctrico de Transportes Masivo de
Lima y Callao – AATE (en adelante el “AATE”) representado
por el Director Ejecutivo José Zarate Garay solicita la
independización y transferencia predial interestatal a título
gratuito de “el predio 1”, “el predio 2”, “el predio 3”, “el
predio 4” y “el predio 5”, en aplicación de la Ley Nº 30025
“Ley que facilita la adquisición, expropiación y posesión de
bienes inmuebles para obras de infraestructura y declara de
necesidad pública la adquisición o expropiación de bienes
inmuebles afectados para la ejecución de diversas obras
de infraestructura”, (en adelante la “Ley Nº 30025”). Para tal
efecto, cumple con adjuntar los documentos siguientes: 1)
Informe Nº 007-2015.YEHS/STG del 27 de febrero de 2015
suscrito por la abogada Sofía Trece Gallardo y el arquitecto
Yonson Edmundo Hidalgo Salazar; 2) copia de la Partida
Nº 70357918 del Registro de Predios del Callao; 3) copia de
la Partida Nº 70266563 del Registro de Predios del Callao;

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