DECRETO SUPREMO N° 011-2011-SA - Aprueban el Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud

Fecha de disposición19 Julio 2011
Fecha de publicación19 Julio 2011
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, martes 19 de julio de 2011 446749
Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario
posteriores a su retorno al país, el citado funcionario
diplomático presentará ante el Ministro de Relaciones
Exteriores un informe detallado sobre las acciones
realizadas y los resultados obtenidos en las reuniones a
las que asistirá.
Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no
libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos
aduaneros; cualquiera sea su clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE
Ministro de Relaciones Exteriores
667091-1
SALUD
Aprueban el Reglamento de
Organización y Funciones del Seguro
Integral de Salud
DECRETO SUPREMO
Nº 011-2011-SA
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 1º de la Ley Nº 27658, Ley Marco
de Modernización de la Gestión del Estado, declara
al Estado peruano en proceso de modernización en
sus diferentes instancias, dependencias, entidades,
organizaciones y procedimientos, con la f‌i nalidad
de mejorar la gestión pública y construir un Estado
democrático, descentralizado y al servicio del
ciudadano;
Que, el numeral 13.2 del artículo 13º de la precitada
Ley, concordante con el artículo 28º de la Ley Nº 29158, Ley
Orgánica del Poder Ejecutivo, establecen que las normas
de organización y los Reglamentos de Organización y
Funciones de los Organismos Públicos del Poder Ejecutivo
se aprueban por Decreto Supremo con el voto aprobatorio
del Consejo de Ministros;
Que, la Cuarta Disposición Complementaria del
Reglamento de la Ley del Ministerio de Salud aprobado
por Decreto Supremo Nº 013-2002-SA establece que,
mediante Decreto Supremo se aprobarán los Reglamentos
de Organización y Funciones de los Organismos Públicos
adscritos al Ministerio de Salud;
Que, con Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM
se aprobaron los Lineamientos para la elaboración y
aprobación del Reglamento de Organización y Funciones
- ROF por parte de las entidades de la Administración
Pública, el cual señala en su artículo 34º, que la aprobación
del Reglamento de Organización y Funciones de los
Organismos Públicos, se realizará mediante Decreto
Supremo;
Que, mediante Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio
de Salud, se creó el Seguro Integral de Salud (SIS)
como un Organismo Público Descentralizado del
Ministerio de Salud con la misión de administrar los
fondos destinados al financiamiento de prestaciones
de salud individual de conformidad con la Política del
Sector;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 009-2002-
SA, de fecha 17 de agosto de 2002, se aprobó el
Reglamento de Organización y Funciones del Seguro
Integral de Salud;
Que, con Ley Nº 29344 - Ley Marco de
Aseguramiento Universal en Salud, se estableció
el marco normativo del aseguramiento universal en
salud a fin de garantizar el derecho pleno y progresivo
de toda persona a la seguridad social en salud;
constituyéndose el Seguro Integral de Salud como una
de las Instituciones Administradoras de Fondos de
Aseguramiento en Salud - IAFAS;
Que, la Sétima Disposición Complementaria
Transitoria del Reglamento de la Ley Marco de
Aseguramiento Universal en Salud, aprobado por
Decreto Supremo Nº 008-2010-SA, establece que en un
plazo que no será mayor a dos (2) años, contados desde
la vigencia del presente Reglamento, el Seguro Integral
de Salud deberá adecuar su organización interna y
funcionamiento al de una Institución Administradora de
Fondo de Aseguramiento - IAFA;
Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 048-2010, se
dictaron medidas económicas y f‌i nancieras destinadas
a la implementación del Aseguramiento Universal en
Salud en las zonas Pilotos, y entre otras disposiciones, se
declaró en reestructuración el Seguro Integral de Salud
por el plazo de ciento (180) días; al término del cual, el SIS
deberá contar con los documentos normativos técnicos de
gestión institucional aprobados y adecuados con su rol de
Institución Administradora de Fondos de Aseguramiento
en Salud;
Que, en tal sentido resulta necesario aprobar el
Reglamento de Organización y Funciones del Seguro
Integral de Salud, como un documento de gestión que
def‌i ne la nueva estructura orgánica y específ‌i ca las
funciones generales de sus órganos; con la f‌i nalidad que
obtenga los más altos niveles de ef‌i ciencia en cumplimiento
de sus funciones como Institución Administradora de
Fondos de Aseguramiento en Salud;
Que, contando con la opinión favorable de la Secretaría
de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo
de Ministros sobre el Reglamento de Organización y
Funciones del Seguro Integral de Salud, es pertinente
emitir la norma legal que apruebe dicho documento de
gestión;
De conformidad con el numeral 8 del artículo 118º de
Orgánica del Poder Ejecutivo; y, el Decreto Supremo
Nº 043-2006-PCM, Lineamientos para la elaboración y
aprobación del Reglamento de Organización y Funciones
- ROF por parte de las entidades de la Administración
Pública;
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
DECRETA:
Artículo 1º.- Aprobación del Reglamento de
Organización y Funciones
Aprobar el Reglamento de Organización y Funciones
del Seguro Integral de Salud (SIS) que consta de cinco
(05) Títulos, cuarenta y un (41) Artículos, dos (02)
Disposiciones Transitorias y una (01) Disposición Final,
cuyo texto en anexo forma parte del presente Decreto
Supremo.
Artículo 2º.- Publicación
El presente Decreto Supremo será publicado en el
Diario Of‌i cial El Peruano.
El Decreto Supremo y el Reglamento de Organización
y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por el
artículo 1º de la presente norma, serán publicados en el
Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal
Institucional del Seguro Integral de Salud (www.sis.gob.pe),
al día siguiente de la publicación de la presente norma en
el Diario Of‌i cial El Peruano.
Artículo 3º.- Vigencia
El Reglamento de Organización y Funciones del
Seguro Integral de Salud entrará en vigencia al día
siguiente de su publicación en los portales que hace
referencia el artículo 2º del presente Decreto Supremo.
Artículo 4º.- Cuadro para Asignación de Personal
El Seguro Integral de Salud, en el plazo máximo de
cuarenta y cinco (45) días, presentará para su aprobación
mediante Resolución Suprema el Cuadro para Asignación
de Personal de la Entidad.
Artículo 5º.- Derogación de Dispositivos Legales
Deróguense los siguientes dispositivos legales:
Decreto Supremo Nº 009-2002-SA, Decreto Supremo
Nº 001-2004-SA y el Decreto Supremo Nº 009-2005-SA

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