Resolucion Nº 02677-2022, Sustituyen el numeral 7.2 del artículo 7 del Reglamento de Participación de las Cajas Municipales de Ahorro y Crédito en la Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado

Fecha de publicación01 Septiembre 2022
SecciónSeparatas de Normas Legales
Lima, 31 de agosto de 2022

La Superintendenta de Banca, Seguros y

Administradoras Privadas de Fondos de

Pensiones

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Ley N° 30608 se aprobó la modificatoria del artículo 1 de la Ley N° 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado;

Que, la Ley N° 30608 tiene como objeto promover la articulación microeconómica macroregional a través de la posibilidad de intervención de las cajas municipales de ahorro y crédito en el financiamiento y/o ejecución de proyectos de inversión pública en convenio con los gobiernos regionales y locales;

Que, mediante la Resolución SBS N° 1706-2018 y sus modificatorias, se aprobó el Reglamento de Participación de las Cajas Municipales de Ahorro y Crédito en la Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado, el cual establece las condiciones y los requerimientos previos y criterios prudenciales para la participación de las cajas municipales de ahorro y crédito en la Ley antes mencionada, vinculados a temas de capitalización de utilidades, gestión de riesgos y gobierno corporativo;

Que, resulta necesario modificar el Reglamento de Participación de las Cajas Municipales de Ahorro y Crédito en la Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado a fin de realizar ajustes respecto al plazo de suscripción del convenio de inversión, considerando que las “ideas de proyecto” que pueden proponer las empresas privadas a las entidades del sector público para su desarrollo mediante el mecanismo de obras por impuestos, conforme el Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley N° 29230 - “Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado”, se pueden encontrar sujetas a acciones con plazos extensos, previas a la suscripción del convenio de inversión;

Con el visto bueno de las Superintendencias Adjuntas de Banca y Microfinanzas y de Asesoría Jurídica; y,

En uso de las atribuciones conferidas por los numerales 7 y 9 del artículo 349 de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley N° 26702 y sus modificatorias; y, de acuerdo con las condiciones de excepción dispuestas en el artículo 14 del Decreto Supremo N° 001-2009-JUS y sus modificatorias;

RESUELVE:

Artículo Primero.- Sustituir el numeral 7.2 del artículo 7 del Reglamento de Participación de las Cajas Municipales de Ahorro y...

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