LEY, Nº 30608, PODER LEGISLATIVO, CONGRESO DE LA REPUBLICA - Ley que modifica el Artículo 1 de la Ley 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado-LEY-Nº 30608
Emisor | CONGRESO DE LA REPUBLICA |
Fecha de la disposición | 13 de Julio de 2017 |
ley nº 30608
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 1 DE LA
LEY 29230, LEY QUE IMPULSA LA INVERSIÓN PÚBLICA REGIONAL Y LOCAL CON PARTICIPACIÓN DEL SECTOR PRIVADO
La presente ley tiene por objeto promover la articulación microeconómica macrorregional a través de la posibilidad de intervención de las cajas municipales de ahorro y crédito en el financiamiento y/o ejecución de proyectos de inversión pública en convenio con los gobiernos regionales y locales.
Modifícase el artículo 1 de la Ley 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado, en los términos siguientes:
Artículo 1. Objetivo
El objetivo de la presente Ley es impulsar la ejecución de proyectos de inversión pública de impacto regional y local, con la participación del sector privado, mediante la suscripción de convenios con los gobiernos regionales y/o locales.
Para los efectos de la presente Ley, en el ámbito de la participación del sector privado está comprendida la participación de las cajas municipales de ahorro y crédito.
Durante el proceso de participación de las cajas municipales de ahorro y crédito en los proyectos de inversión pública en materia de la presente Ley, se cuenta con la supervisión y control correspondientes a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones y la Contraloría General de la República, de acuerdo a la normatividad vigente.
La supervisión de la Superintendencia a que se refiere el párrafo anterior supone la facultad de establecer requerimientos previos y criterios prudenciales para la participación de las cajas municipales de ahorro y crédito, vinculados a temas de capitalización de utilidades, gestión de riesgos y gobierno corporativo. Para tal fin, la Superintendencia emite, en un plazo de 60 días calendario, las normas relacionadas con las condiciones de participación de dichas empresas
.
En el ámbito de la planificación de desarrollo, los gobiernos regionales y locales consideran priorizar los proyectos de inversión que contribuyan...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba