Resolución Nº 024-2016 de Superintendencia de Mercados y Valores. ( RSMV 024-2016)

Fecha15 Agosto 2016
Número de resolución024-2016
EmisorSuperintendencia del Mercado de Valores (Perú)
PERÚ
Ministerio
deEconomíayFinanzas

SMV
SuperintendenciadelMercado
deValores
DECENIODELASPERSONASCONDISCAPACIDADENELPERÚ‐AÑODELACONSOLIDACIÓNDELMARDEGRAU
1
Resolución SMV
Nº 024-2016-SMV/01
Lima, 15 de agosto de 2016
VISTOS:
El expediente N° 2016031309 y el Informe Conjunto N°
630-2016-SMV/06/10/12 del 12 de agosto de 2016 emitido por la Oficina de Asesoría
Jurídica, la Superintendencia Adjunta de Supervisión Prudencial y la Superintendencia
Adjunta de Investigación y Desarrollo, así como el Proyecto de norma que modifica el
Reglamento de Empresas Proveedoras de Precios, aprobado por Resolución
CONASEV N° 101-2009-EF/94.01.1; el Reglamento de Fondos Mutuos de Inversión
en Valores y sus Sociedades Administradoras, aprobado por Resolución CONASEV
N° 068-2010-EF/94.01.1; y el Reglamento de Fondos de Inversión y sus Sociedades
Administradoras, aprobado por Resolución SMV N° 029-2014-SMV/01 (en adelante, el
“Proyecto”); CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo dispuesto en el literal a) del artículo 1
del Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de la Superintendencia del Mercado
de Valores - SMV, aprobado por Decreto Ley Nº 26126 y modificado por la Ley de
Fortalecimiento de la Supervisión del Mercado de Valores, Ley N° 29782 (en adelante,
la Ley Orgánica), la SMV está facultada para dictar las normas legales que regulen las
materias del mercado de valores;
Que, de acuerdo con el literal b) del artículo 5 de Ley
Orgánica, el Directorio de la SMV tiene por atribución aprobar la normativa del
mercado de valores, así como aquella a que deben sujetarse las personas naturales y
jurídicas sometidas a su supervisión;
Que, mediante Resolución CONASEV N° 101-2009-
SMV/01 del 23 de diciembre del 2009, se aprobó el Reglamento de Empresas
Proveedoras de Precios (en adelante, REPP);
Que, con Resolución CONASEV N° 068-2010-EF/94.01.1
del 15 de julio de 2010, se aprobó el Reglamento de Fondos Mutuos de Inversión en
Valores y sus Sociedades Administradoras (en adelante, RFM) y, con Resolución SMV
N° 029-2014-SMV/01 del 17 de diciembre de 2014, se aprobó el Reglamento de
Fondos de Inversión y sus Sociedades Administradoras (en adelante, RIF);
Que, por Decreto Supremo N° 033-2016-EF se determinó
a las entidades obligadas a valorizar sus inversiones bajo una metodología única y por
entidades especializadas e independientes, que cuenten con autorización de la
Superintendencia del Mercado de Valores (en adelante, SMV) denominadas empresa
proveedoras de precios;
Que, el mencionado Decreto Supremo se emitió con la
finalidad de brindar una mayor transparencia sobre el valor del patrimonio de las
entidades autorizadas por la SMV y de lograr una mejor supervisión del cumplimiento
de los requerimientos prudenciales exigidos por la regulación; así como cautelar las
inversiones realizadas por los diversos partícipes del mercado de valores respaldas
por fondos y/o patrimonios autónomos;

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