Lima, 15 de marzo de 2024
VISTOS:
El Memorándum Nº 51-2024-SUNAFIL/SP, de fecha 15 de marzo de 2024, de Superintendencia; el Informe Nº 159-2024-SUNAFIL/GG/ORH, de fecha 15 de marzo de 2024, de la Oficina de Recursos Humanos; el Informe Nº 154 -2024-SUNAFIL/GG-OAJ, de fecha 15 de marzo de 2024, de la Oficina de Asesoría Jurídica, y demás antecedentes; y,
CONSIDERANDO:
Mediante la Ley Nº 29981 se crea la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL, como organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, responsable de promover, supervisar y fiscalizar el cumplimiento del ordenamiento jurídico sociolaboral y el de seguridad y salud en el trabajo, así como de brindar asesoría técnica, realizar investigaciones y proponer la emisión de normas sobre dichas materias;
El artículo 12º y el literal f) del artículo 13º de la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAFIL, aprobada por Decreto Supremo Nº...