RESOLUCION MINISTERIAL N° 281-2015 - Aceptan renuncia de Jefa de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio
Fecha de disposición | 09 Abril 2015 |
Fecha de publicación | 09 Abril 2015 |
El Peruano
Jueves 9 de abril de 2015 550311
de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias
- España”, organizado por la Organización para el
Desarrollo de América Latina y el Caribe - ONWARD
Internacional, durante los días 13, 14, 15, 16, 17 y 18 de
abril del 2015; toda vez que dicho evento constituye un
espacio de intercambio de experiencias internacionales e
integración, ya que se realizará un panel de experiencias
Latinoamericanas y de África con la participación de los
diferentes países asistentes a la misión técnica; asimismo,
el evento en mención permitirá conocer de forma teórica
y práctica los principales proyectos de gestión orientados
al desarrollo desde la planifi cación, transporte urbano
colectivo, programas medioambientales de reciclaje,
manejo de residuos sólidos, acceso a tecnologías de
información y comunicación para el fortalecimiento de
la gestión de territorios, así como la inclusión para los
proyectos de salud y educación; que convirtieron a la
comunidad autónoma del Principado de Asturias, en una
región modelo de desarrollo, sostenibilidad ambiental
e inclusión, bajo las nuevas tendencias y desafíos del
crecimiento de los territorios. En tal sentido, dichas
actividades constituyen temas de gran importancia que
coadyuvarán a continuar con el desarrollo del Distrito
de La Molina, refl ejado en una mejor prestación de los
servicios públicos;
Que, la Subgerencia de Logística y Servicios
Generales con Informe N° 281-2015-MDLM-GAF/SGLSG,
y la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo
Institucional mediante Informe N° 041-2015-MDLM-
GPPDI, remitieron el detalle del gasto y la disponibilidad
presupuestal, respectivamente, que requiere el viaje y
participación del Regidor de la Municipalidad Distrital de
La Molina, Señor Harry Mac Bride Navea, en el evento
Internacional precitado; asimismo, la Gerencia de Asesoría
Jurídica mediante Informe N° 098-2015-MDLM-GAJ,
emitió opinión favorable sobre el mencionado viaje ofi cial;
siendo a su vez ratifi cado por la Gerencia Municipal, a
través Memorando N° 0298-2015-MDLM-GM;
Estando a lo expuesto, de conformidad con lo previsto
en el numeral 6) y 15) del artículo 20° de la Ley Orgánica
de Municipalidades, Ley N° 27972;
RESUELVE:
Artículo Primero.- AUTORIZAR, el egreso de S/.
23,639.36 (Veintitrés Mil Seiscientos Treintainueve y
36/100 Nuevos Soles), para cubrir los gastos que irroguen
el viaje que en representación ofi cial de la Municipalidad
Distrital de La Molina, realizará el Señor Regidor Harry
Mac Bride Navea, a las Ciudades de Oviedo, Gijón,
Avilés y Llanes - España, a fi n de participar en el evento
denominado Gira Internacional de Capacitación sobre
Desarrollo Local Sostenible, Planeación y Gestión
Efi ciente: “Los nuevos desafíos y tendencias en la gestión
de territorios en el siglo XXI - Experiencias sostenibles
de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias -
España”, organizado por la Organización para el Desarrollo
de América Latina y el Caribe - ONWARD Internacional,
durante los días 13, 14, 15, 16, 17 y 18 de abril del 2015,
de acuerdo al siguiente detalle:
• Pasaje Aéreo (tarifa económica) S/. 5,724.88
Lima - Madrid - Lima
• Costo Capacitación S/. 7,867.24
• Viáticos (06 días) S/. 10,047.24
________
TOTAL S/. 23,639.36 Nuevos
Soles.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia
Municipal, a la Gerencia de Administración y Finanzas y
a la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo
Institucional, el cumplimiento de lo dispuesto en la
presente Resolución; así como a la Secretaría General la
publicación de la misma en el Diario Ofi cial El Peruano, y a
la Gerencia de Tecnologías de Información, su publicación
en la página Web de la Municipalidad: www.munimolina.
gob.pe.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
JUAN CARLOS ZUREK P.F.
Alcalde
1220890-1
MUNICIPALIDAD DE
PUENTE PIEDRA
Aprueban la implementación del
Programa de Segregación en la Fuente
y Recolección Selectiva de Residuos
Sólidos Domiciliarios del distrito
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 003-2015-MDPP
Puente Piedra, 23 de marzo del 2015
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE PUENTE PIEDRA
VISTO: El Informe Nº 45- 2015-SGLP-GGA/MDPP
de la Subgerencia de Limpieza Publica, el Memorándum
Nº 0237-2015-GGA/MDPP de la Gerencia de Gestión
Ambiental; el Informe Nº 90-2015 -GAJ/MDPP de la
Gerencia de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194º de la Constitución Política del
Perú, concordante con el artículo I y II del Titular Preliminar
establece que las Municipalidades son órganos de
gobierno local, promotores del desarrollo local, con
personería jurídica de derecho público y plena capacidad
para el cumplimiento de sus fi nes, con autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de su
competencia;
Política del Perú precisa que toda persona tiene derecho
a la paz, a la tranquilidad, al disfrute del tiempo libre y al
descanso, así como a gozar de un ambiente equilibrado y
adecuado al desarrollo de su vida;
establece en el artículo 80º que en materia de saneamiento,
salubridad y salud, es función específi ca exclusiva de
las municipalidades distritales el proveer del servicio de
limpieza pública determinando las áreas de acumulación
de desechos, rellenos sanitarios y el aprovechamiento
industrial de desperdicios;
Que, la Ley Nº 27314 General de Residuos Sólidos,
modifi cado por el Decreto Legislativo Nº 1065 establece
como competencia de las municipalidades distritales
y provinciales, en lo que concierne a los distritos del
cercado, son responsables por la prestación de los
servicios de recolección y transporte de los residuos
sólidos municipales y de limpieza de las vías, espacios y
monumentos públicos en su jurisdicción;
Que, el Decreto Supremo Nº 012-2009-MINAM, aprobó
la Política del Ambiente, prescribe, en el Eje de la Política,
2; Gestión Integral de la calidad ambiental; Componente
4. Residuos Sólidos, como un lineamiento de Política del
sector, fortalecer la gestión de los gobiernos regionales
y locales en materia de residuos sólidos del ámbito
municipal, priorizando su reaprovechamiento;
Que, mediante la Ley Nº 29332, se creó el Plan de
Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal con el
objeto de incentivar a los Gobiernos Locales a mejorar
los niveles de recaudación de los tributos municipales y
la ejecución del gasto de inversión y la reducción de los
índices de la desnutrición crónica infantil a nivel nacional;
Que, la segunda Disposición Complementaria Final
de la Ley Nº 30281 - Ley de Presupuesto del Sector
Público para el Año Fiscal 2015, autoriza el Ministerio de
Economía y Finanzas a fi nanciar el Plan de Incentivos a la
Mejora de la Gestión y Modernización Municipal;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 033-2015-EF
se aprobaron los procedimientos para el cumplimiento
de metas y la asignación de los recursos del Plan de
Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización
Municipal (PI-2015), el cual dispone en el artículo 6º que
las municipalidades deben de cumplir con determinadas
metas para acceder a los recursos del Plan de Incentivos.
Asimismo, en sus anexos Nº 02 y Nº 04 se establece las
metas que deben cumplir;
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