RESOLUCION MINISTERIAL N° 281-2015 - Aceptan renuncia de Jefa de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio

Fecha de disposición09 Abril 2015
Fecha de publicación09 Abril 2015
El Peruano
Jueves 9 de abril de 2015 550311
de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias
- España”, organizado por la Organización para el
Desarrollo de América Latina y el Caribe - ONWARD
Internacional, durante los días 13, 14, 15, 16, 17 y 18 de
abril del 2015; toda vez que dicho evento constituye un
espacio de intercambio de experiencias internacionales e
integración, ya que se realizará un panel de experiencias
Latinoamericanas y de África con la participación de los
diferentes países asistentes a la misión técnica; asimismo,
el evento en mención permitirá conocer de forma teórica
y práctica los principales proyectos de gestión orientados
al desarrollo desde la plani cación, transporte urbano
colectivo, programas medioambientales de reciclaje,
manejo de residuos sólidos, acceso a tecnologías de
información y comunicación para el fortalecimiento de
la gestión de territorios, así como la inclusión para los
proyectos de salud y educación; que convirtieron a la
comunidad autónoma del Principado de Asturias, en una
región modelo de desarrollo, sostenibilidad ambiental
e inclusión, bajo las nuevas tendencias y desafíos del
crecimiento de los territorios. En tal sentido, dichas
actividades constituyen temas de gran importancia que
coadyuvarán a continuar con el desarrollo del Distrito
de La Molina, re ejado en una mejor prestación de los
servicios públicos;
Que, la Subgerencia de Logística y Servicios
Generales con Informe N° 281-2015-MDLM-GAF/SGLSG,
y la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo
Institucional mediante Informe N° 041-2015-MDLM-
GPPDI, remitieron el detalle del gasto y la disponibilidad
presupuestal, respectivamente, que requiere el viaje y
participación del Regidor de la Municipalidad Distrital de
La Molina, Señor Harry Mac Bride Navea, en el evento
Internacional precitado; asimismo, la Gerencia de Asesoría
Jurídica mediante Informe N° 098-2015-MDLM-GAJ,
emitió opinión favorable sobre el mencionado viaje o cial;
siendo a su vez rati cado por la Gerencia Municipal, a
través Memorando N° 0298-2015-MDLM-GM;
Estando a lo expuesto, de conformidad con lo previsto
en el numeral 6) y 15) del artículo 20° de la Ley Orgánica
de Municipalidades, Ley N° 27972;
RESUELVE:
Artículo Primero.- AUTORIZAR, el egreso de S/.
23,639.36 (Veintitrés Mil Seiscientos Treintainueve y
36/100 Nuevos Soles), para cubrir los gastos que irroguen
el viaje que en representación o cial de la Municipalidad
Distrital de La Molina, realizará el Señor Regidor Harry
Mac Bride Navea, a las Ciudades de Oviedo, Gijón,
Avilés y Llanes - España, a n de participar en el evento
denominado Gira Internacional de Capacitación sobre
Desarrollo Local Sostenible, Planeación y Gestión
E ciente: “Los nuevos desafíos y tendencias en la gestión
de territorios en el siglo XXI - Experiencias sostenibles
de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias -
España”, organizado por la Organización para el Desarrollo
de América Latina y el Caribe - ONWARD Internacional,
durante los días 13, 14, 15, 16, 17 y 18 de abril del 2015,
de acuerdo al siguiente detalle:
• Pasaje Aéreo (tarifa económica) S/. 5,724.88
Lima - Madrid - Lima
• Costo Capacitación S/. 7,867.24
• Viáticos (06 días) S/. 10,047.24
________
TOTAL S/. 23,639.36 Nuevos
Soles.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia
Municipal, a la Gerencia de Administración y Finanzas y
a la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo
Institucional, el cumplimiento de lo dispuesto en la
presente Resolución; así como a la Secretaría General la
publicación de la misma en el Diario O cial El Peruano, y a
la Gerencia de Tecnologías de Información, su publicación
en la página Web de la Municipalidad: www.munimolina.
gob.pe.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
JUAN CARLOS ZUREK P.F.
Alcalde
1220890-1
MUNICIPALIDAD DE
PUENTE PIEDRA
Aprueban la implementación del
Programa de Segregación en la Fuente
y Recolección Selectiva de Residuos
Sólidos Domiciliarios del distrito
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 003-2015-MDPP
Puente Piedra, 23 de marzo del 2015
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE PUENTE PIEDRA
VISTO: El Informe Nº 45- 2015-SGLP-GGA/MDPP
de la Subgerencia de Limpieza Publica, el Memorándum
Nº 0237-2015-GGA/MDPP de la Gerencia de Gestión
Ambiental; el Informe Nº 90-2015 -GAJ/MDPP de la
Gerencia de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Perú, concordante con el artículo I y II del Titular Preliminar
establece que las Municipalidades son órganos de
gobierno local, promotores del desarrollo local, con
personería jurídica de derecho público y plena capacidad
para el cumplimiento de sus nes, con autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de su
competencia;
Que , el numeral 22 del Artículo de la Constitución
Política del Perú precisa que toda persona tiene derecho
a la paz, a la tranquilidad, al disfrute del tiempo libre y al
descanso, así como a gozar de un ambiente equilibrado y
adecuado al desarrollo de su vida;
establece en el artículo 80º que en materia de saneamiento,
salubridad y salud, es función especí ca exclusiva de
las municipalidades distritales el proveer del servicio de
limpieza pública determinando las áreas de acumulación
de desechos, rellenos sanitarios y el aprovechamiento
industrial de desperdicios;
Que, la Ley Nº 27314 General de Residuos Sólidos,
modi cado por el Decreto Legislativo Nº 1065 establece
como competencia de las municipalidades distritales
y provinciales, en lo que concierne a los distritos del
cercado, son responsables por la prestación de los
servicios de recolección y transporte de los residuos
sólidos municipales y de limpieza de las vías, espacios y
monumentos públicos en su jurisdicción;
la Política del Ambiente, prescribe, en el Eje de la Política,
2; Gestión Integral de la calidad ambiental; Componente
4. Residuos Sólidos, como un lineamiento de Política del
sector, fortalecer la gestión de los gobiernos regionales
y locales en materia de residuos sólidos del ámbito
municipal, priorizando su reaprovechamiento;
Que, mediante la Ley Nº 29332, se creó el Plan de
Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal con el
objeto de incentivar a los Gobiernos Locales a mejorar
los niveles de recaudación de los tributos municipales y
la ejecución del gasto de inversión y la reducción de los
índices de la desnutrición crónica infantil a nivel nacional;
Que, la segunda Disposición Complementaria Final
de la Ley Nº 30281 - Ley de Presupuesto del Sector
Público para el Año Fiscal 2015, autoriza el Ministerio de
Economía y Finanzas a nanciar el Plan de Incentivos a la
Mejora de la Gestión y Modernización Municipal;
se aprobaron los procedimientos para el cumplimiento
de metas y la asignación de los recursos del Plan de
Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización
Municipal (PI-2015), el cual dispone en el artículo 6º que
las municipalidades deben de cumplir con determinadas
metas para acceder a los recursos del Plan de Incentivos.
Asimismo, en sus anexos Nº 02 y Nº 04 se establece las
metas que deben cumplir;

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