DECRETO SUPREMO N° 012-2009-MINAM - Aprueba la Política Nacional del Ambiente

Fecha de publicación23 Mayo 2009
Fecha de disposición23 Mayo 2009
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, sábado 23 de mayo de 2009
396354
Vista, la Resolución Suprema Nº 100-2009-PCM;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Suprema Nº 100-2009-PCM
del 15 de mayo de 2009 se autorizó el viaje del Ministro
de Salud, señor Oscar Raúl Ugarte Ubilluz, a la ciudad de
Ginebra, Confederación Suiza, del 16 al 22 de mayo de
2009, para que asista a la 62º Asamblea Mundial de la Salud
organizada por la Organización Mundial de la Salud;
Que, por razones de las funciones propias del Despacho
Ministerial es conveniente adelantar la fecha de retorno del
señor Ministro de Salud, debiendo para el efecto modif‌i car
los artículos 1º y 3º de la citada Resolución Suprema;
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127º de
la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 29289 - Ley de
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009;
la Ley que regula la autorización de viajes al exterior de
servidores y funcionarios públicos, Nº 27619, su Reglamento
aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM;
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Modif‌i car los artículos 1º y 3º de la
Resolución Suprema Nº 100-2009-PCM, debiendo quedar
redactados de la siguiente manera:
“Artículo 1º.- Autorizar el viaje del Ministro de Salud señor
OSCAR RAUL UGARTE UBILLUZ, a la ciudad de Ginebra,
Confederación Suiza, para que asista a la 62º Asamblea
Mundial de la Salud organizada por la Organización Mundial
de la Salud, durante el período del 16 al 21 de mayo de 2009.
“Artículo 3º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la
presente Resolución Suprema, serán con cargo al presupuesto
del Ministerio de Salud, de acuerdo al siguiente detalle:
Pasajes US$ 2 262.04
Viáticos US$ 1 560.00
TUA US$ 30.25”
Artículo 2º.- Los artículos 2º, 4º y 5º quedan subsistentes
en todos sus extremos.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
YEHUDE SIMON MUNARO
Presidente del Consejo de Ministros
OSCAR UGARTE UBILLUZ
Ministro de Salud
351874-5
AMBIENTE
Aprueba la Política Nacional del
Ambiente
DECRETO SUPREMO
N° 012-2009-MINAM
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
establece que el Estado determina la Política Nacional del
Ambiente;
Que, el numeral 1 del artículo de la Ley Nº 29158, Ley
Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que dicho estamento
tiene entre sus competencias exclusivas diseñar y supervisar
políticas nacionales, las mismas que se aprueban por Decreto
Supremo con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
Que, asimismo, conforme con el mismo numeral, para la
formulación de las Políticas Nacionales el Poder Ejecutivo
debe establecer mecanismos de coordinación con los
gobiernos regionales, gobiernos locales y otras entidades,
según requiera o corresponda a la naturaleza de cada
política;
Que, conforme con el numeral 8.1 del artículo 8º de la Ley
Nº 28611, Ley General del Ambiente, la Política Nacional del
Ambiente constituye el conjunto de lineamientos, objetivos,
estrategias e instrumentos de carácter público, que tienen
como propósito def‌i nir y orientar el accionar de las entidades
del Gobierno Nacional, Regional y Local, del sector privado
y de la sociedad civil, en materia ambiental;
Que, el literal a) del numeral 6.1 del artículo 6º del
Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creación, Organización
y Funciones del Ministerio del Ambiente – MINAM, prevé
como una de las funciones generales rectoras de esta
entidad, formular, planif‌i car, dirigir, coordinar, ejecutar,
supervisar y evaluar la Política Nacional del Ambiente;
Que, el MINAM ha elaborado la propuesta de Política
Nacional del Ambiente, la cual fue sometida a consulta
pública mediante publicación efectuada en su portal
institucional el día 6 de marzo del 2009, conforme con la
Resolución Ministerial Nº 049-2009-MINAM;
Que, asimismo, la propuesta en mención ha sido materia de
talleres realizados en las ciudades de Lima, Arequipa, Iquitos,
Piura y Huancayo, en los que participaron funcionarios públicos
de los niveles nacional, regional y local, representantes de los
colegios profesionales, así como diversos agentes e instancias
de la sociedad civil y entes de Cooperación Internacional,
habiéndose recibido comentarios y observaciones que han
sido debidamente merituados;
De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8
numeral 3 del artículo 11º de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica
del Poder Ejecutivo; y,
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
DECRETA:
Artículo 1º.- Aprobación de la Política Nacional del
Ambiente
Aprobar la “Política Nacional del Ambiente” cuyo texto
en anexo forma parte integrante del presente Decreto
Supremo.
Artículo 2º.- Desarrollo, dirección, supervisión y
ejecución
El Ministerio del Ambiente es el encargado de formular,
planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la Política
Nacional del Ambiente que se aprueba por el artículo precedente,
así como de aprobar los planes, programas y normatividad que
se requiera para el cumplimiento de la misma.
Artículo 3º.- Publicación
Disponer la publicación del presente Decreto Supremo
en el Diario Of‌i cial El Peruano; asimismo, publíquese en la
misma fecha en el Portal del Estado Peruano (www.peru.
gob.pe) y en el Portal del Ministerio del Ambiente (www.
minam.gob.pe), la Política Nacional del Ambiente que se
aprueba por el artículo 1º que antecede.
Artículo 4º.- Refrendo
El presente Decreto Supremo será refrendado por el
Ministro del Ambiente.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintidós
días del mes de mayo del año dos mil nueve
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
ANTONIO JOSÉ BRACK EGG
Ministro del Ambiente
351874-3
Aprueban Directiva “Procedimiento
para la Evaluación y Autorización de
Proyectos de Emisiones de Gases de
Efecto Invernadero (GEI) y Captura de
Carbono”
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 104-2009-MINAM
Lima, 15 de mayo de 2009
Visto, el Memorando Nº 13-2009-DGCCDRH/
DVMDERN/MINAM del Director General de Cambio
Climático, Desertif‌i cación y Recursos Hídricos del Ministerio
del Ambiente, y el Informe Nº 085-2009-OAJ-MINAM de la
Of‌i cina de Asesoría Jurídica del Ministerio del Ambiente.
Descargado desde www.elperuano.com.pe

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