RESOLUCION MINISTERIAL N° 242-2015-EF/10 - Designan representante de la SUNAT ante la Comisión Ad Hoc creada con Ley N° 29625, Ley de Devolución de Dinero del FONAVI a los trabajadores que contribuyeron al mismo
Emisor | ECONOMIA Y FINANZAS |
Fecha de la disposición | 4 de Agosto de 2015 |
558582 NORMAS LEGALES Martes 4 de agosto de 2015 / El Peruano
capacitadores y jerárquicos; b) Ubicación de la institución
educativa: ámbito rural y de frontera; c) Característica de
la institución educativa: unidocente, multigrado o bilingüe;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 014-2014-EF, se
establecen la vigencia, características, criterios y montos
de las Asignaciones por Tipo y Ubicación de Institución
Educativa, así como de la Asignación Especial por labores
en el Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro (VRAEM)
en el marco de la Ley N° 29944, Ley de Reforma
Magisterial;
Que, el literal a) del numeral 3.1 del artículo 3 del
Decreto Supremo citado en el considerando precedente,
fi ja el monto de la asignación temporal por prestar servicio
efectivo en una institución educativa pública de Educación
Básica o Educación Técnico Productiva ubicada en zona
rural clasifi cada como Rural 1;
Que, la Quinta Disposición Complementaria Final
de la Ley Nº 30328, Ley que establece medidas en
materia educativa y dicta otras disposiciones, autoriza
la modifi cación del monto de la asignación a la que
se refi ere el literal a) del numeral 3.1 del artículo 3 del
Decreto Supremo Nº 014-2014-EF, la cual se aprueba de
conformidad con lo establecido en la Cuarta Disposición
Transitoria del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411;
Que, el numeral 1 de la Cuarta Disposición Transitoria
del Texto Único Ordenado la Ley N° 28411, Ley General
del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado
mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF establece
que las escalas remunerativas y benefi cios de toda
índole, así como los reajustes de las remuneraciones
y bonifi caciones que fueran necesarios durante el año
fi scal para los pliegos presupuestarios comprendidos
dentro de los alcances de la citada Ley, se aprueban
mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro
de Economía y Finanzas, a propuesta del Titular del
Sector; siendo nula toda disposición contraria, bajo
responsabilidad;
Que, mediante Ofi cio N° 0838-2015-MINEDU/SG, el
Ministerio de Educación, considerando la autorización
legal antes señalada y con la fi nalidad de garantizar una
oportuna y adecuada prestación del servicio educativo en
las instituciones educativas públicas ubicadas en zonas
rurales tipo 1, incentivando la presencia del profesorado
a pesar de las difi cultades que deben afrontar para
ejercer su labor, propone fi jar en QUINIENTOS Y 00/100
NUEVOS SOLES (S/. 500,00) el monto de la asignación a
la que se refi ere el literal a) del numeral 3.1 del artículo 3
Que, en el marco de lo indicado en los considerandos
precedentes, resulta necesario modifi car el monto de la
asignación a la que se refi ere el literal a) del numeral 3.1
del artículo 3 del Decreto Supremo N° 014-2014-EF;
De conformidad con el Texto Único Ordenado de
la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de
Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N°
304-2012-EF y sus modifi catorias; la Ley Nº 29944, Ley
de Reforma Magisterial; y, la Ley N° 30328, Ley que
establece medidas en materia educativa y dicta otras
disposiciones;
DECRETA:
Artículo 1.- Modifíquese el literal a) del numeral 3.1
del artículo 3 del Decreto Supremo Nº 014-2014-EF, en
los siguientes términos:
“Artículo 3.- Asignación Temporal por prestar servicio
efectivo en una Institución Educativa Pública ubicada en
zona rural y/o de frontera
(…)
3.1. Asignación temporal por prestar servicios en una
institución educativa pública ubicada en zona rural, según
clasifi cación de ruralidad:
a. Rural 1: Quinientos y 00/100 Nuevos Soles (S/.
500,00).
(…)”
Artículo 2.- Financiamiento
La aplicación del presente Decreto Supremo se fi nancia
con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de
Educación, sin demandar recursos adicionales al Tesoro
Público.
Artículo 3.- Refrendo
El presente Decreto Supremo es refrendado por
el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de
Educación.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los tres días
del mes de agosto del año dos mil quince.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente de la República
ALONSO SEGURA VASI
Ministro de Economía y Finanzas
JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ
Ministro de Educación
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Designan representante de la SUNAT ante la
Comisión Ad Hoc creada con Ley N° 29625,
Ley de Devolución de Dinero del FONAVI
a los trabajadores que contribuyeron al
mismo
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 242-2015-EF/10
Lima, 3 de agosto de 2015
CONSIDERANDO:
Que, mediante el artículo 4 de la Ley Nº 29625, Ley
de Devolución de Dinero del FONAVI a los trabajadores
que contribuyeron al mismo, se conformó una Comisión
Ad Hoc encargada de efectuar todos los procedimientos
y procesos que sean necesarios para cumplir con lo
establecido en dicha Ley;
Que, de conformidad con el artículo 5 de la Ley
mencionada en el considerando precedente, dicha
Comisión Ad Hoc está conformada, entre otros, por 2
representantes de la Superintendencia Nacional de
Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT);
Que, mediante Resolución Ministerial N° 017-2013-
EF/10 se designó al señor Raúl Daniel Carrasco Clavijo
como representante de la Superintendencia Nacional de
Aduanas y de Administración Tributaria ante la Comisión
Ad Hoc creada con Ley Nº 29625, Ley de Devolución de
Dinero del FONAVI a los trabajadores que contribuyeron
al mismo;
Que, con Ofi cio Nº 773-2014-SUNAT/100000,
la SUNAT solicitó la designación del señor Juan
Carlos Meléndez Calvo en sustitución del señor Raúl
Daniel Carrasco Clavijo, como representante de la
Superintendencia Nacional de Administración Tributaria –
SUNAT ante la referida Comisión; y
De conformidad con la Ley N° 27594, Ley que regula
la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento
y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 29158,
Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, la Ley Nº 29625, Ley
de Devolución de Dinero del FONAVI a los trabajadores
que contribuyeron al mismo;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Dar por concluida la designación del
señor Raúl Daniel Carrasco Clavijo como representante
de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de
Administración Tributaria – SUNAT ante la Comisión Ad
Hoc creada con Ley Nº 29625, Ley de Devolución de
Dinero del FONAVI a los trabajadores que contribuyeron
al mismo, efectuada mediante Resolución Ministerial
NL20150804.pdf 12 8/4/2015 7:34:59 AM
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