RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0314-2015-MINAGRI - Aprueban pedidos de reconversión productiva agropecuaria

Fecha de disposición29 Junio 2015
Fecha de publicación29 Junio 2015
Lunes 29 de junio de 2015
556147
Año XXXII - Nº 13309
AÑO DE LA DIVERSIFICACIÓN PRODUCTIVA Y DEL FORTALECIMIENTO DE LA EDUCACIÓN
PODER EJECUTIVO
AGRICULTURA
Y RIEGO
RR.MM. Nºs. 0313, 0314, 0315, 0316, 0317, 0318, 0319,
0320, 0321 y 0322-2015-MINAGRI.- Aprueban pedidos
de reconversión productiva agropecuaria 556148
R.D. Nº 0031-2015-MINAGRI-SENASA-DSV.- Establecen
requisitos f‌i tosanitarios de necesario cumplimiento en
la importación de plantas in vitro de cartucho o cala de
origen y procedencia India 556160
ENERGIA Y MINAS
R.D. Nº 0745-2015-MEM/DGM.- Amplían plazo para
la presentación de los Anexos 1 y 2 de la R.M. Nº 248-
2014-MEM/DM, a través del Anexo VI de la Declaración
Anual Consolidada (DAC) del año 2013, y dictan otras
disposiciones 556161
SALUD
R.M. Nº 399-2015/MINSA.- Aprueban el Documento
Técnico: Petitorio Nacional Único de Medicamentos
Esenciales para el Sector Salud 556161
R.M. Nº 400-2015/MINSA.- Aprueban la Directiva Sanitaria
Nº 066-MINSA/DIGESA-V.02 “Directiva Sanitaria para
la aplicación de la Campaña Nacional de Vacunación
Antirrábica Canina del Ministerio de Salud” 556162
TRANSPORTES
Y COMUNICACIONES
R.M. Nº 361-2015 MTC/01.02.- Designan representantes
del Ministerio ante el Grupo de Trabajo Multisectorial que
constituye la Sección Nacional Peruana de la Comisión
Binacional Perú - Ecuador de Lucha contra el Contrabando
556163
R.M. Nº 363-2015 MTC/01.02.- Autorizan viaje de
Inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil a
los EE.UU., en comisión de servicios 556164
R.M. Nº 364-2015 MTC/01.02.- Aprueban el derecho de
vía de carretera ubicada en el departamento de Cusco
556165
R.M. Nº 365-2015 MTC/01.02.- Reclasif‌i can Temporalmente
la Jerarquía de la Ruta Departamental o Regional: Nº HU
- 110 en el Tramo: Cauri - Antacolpa, como Ruta Vecinal o
Rural 556166
R.M. Nº 368-2015 MTC/01.- Designan órgano responsable
de la evaluación de las solicitudes derivadas del
acogimiento al Régimen de Reintegro Tributario a que se
ref‌i ere la Ley Nº 28754 556167
ORGANOS AUTONOMOS
BANCO CENTRAL
DE RESERVA
Res. Nº 041-2015-BCRP-N.- Autorizan viaje de funcionario
a Colombia, en comisión de servicios 556167
SUPERINTENDENCIA
DE BANCA, SEGUROS
Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS
DE FONDOS DE PENSIONES
Res. Nº 3468-2015.- Autorizan al Banco Internacional del
Perú - Interbank la apertura de agencia, ubicada en el
departamento de Lima 556168
GOBIERNOS REGIONALES
GOBIERNO REGIONAL
DE AREQUIPA
Acuerdos Nºs. 056 y 057-2015-GRA/CR-AREQUIPA.-
Aprueban transferencias f‌i nancieras a favor de las
Municipalidades Provincial de Caylloma y Distrital de Tuti
- Caylloma 556168
GOBIERNO REGIONAL
DE PASCO
Ordenanza Nº 130-2007-G.R.PASCO/CR.- Declaran
feriado no laborable en toda la Región Pasco, el día 27 de
noviembre de cada año 556170
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
Ordenanza Nº 1892.- Modif‌i can la Décimo Novena
Disposición Complementaria Final de la Ordenanza Nº
1769 556171
Sumario
El Peruano
Lunes 29 de junio de 2015
556148
Ordenanza Nº 1893.- Precisan disposiciones de la
Ordenanza Nº 1876 556171
MUNICIPALIDAD
DE SAN ISIDRO
Ordenanza Nº 392-MSI.- Aprueban formalización de
recicladores en el distrito 556172
Ordenanza Nº 393-MSI.- Regulan el tratamiento de
la promoción de la inversión privada en el distrito
556180
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD DE LA PUNTA
D.A. Nº 005-2015-MDLP/ALC.- Ratif‌i can el D.A. Nº
004-2015-MDLP/ALC, que designa el Comité Electoral
encargado de conducir el proceso de Elecciones de
Juntas Vecinales 556181
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHANCHAMAYO
Acuerdo Nº 146-2015-MPCH/CM.- Autorizan viaje de
regidores a Corea del Sur, en comisión de servicios 556181
PODER EJECUTIVO
AGRICULTURA Y RIEGO
Aprueban pedidos de reconversión
productiva agropecuaria
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 0313-2015-MINAGRI
Lima, 23 de junio de 2015
VISTOS:
El Expediente sobre Pedido de Reconversión
Productiva N° 093-2015-PRP, iniciado por la
“ASOCIACIÓN DE PRODUCTORES AGROPECUARIOS
VILLA SOL DE SAN LUIS ALTA”, el Informe Final PRP N°
082-2015-MINAGRI-PCC de la Jefatura del Programa de
Compensaciones para la Competitividad; y,
CONSIDERANDO:
Que, el Decreto Legislativo N° 997 que aprueba la Ley
de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura,
modif‌i cado por la Ley N° 30048, establece que el ahora
Ministerio de Agricultura y Riego es el órgano rector del
Sector Agricultura y Riego, el cual, entre otros, diseña,
establece, ejecuta y supervisa las políticas nacionales
y sectoriales en materia agraria; ejerce la rectoría en
relación con ella y vigila su obligatorio cumplimiento por
los tres niveles del gobierno;
Que mediante la Resolución Ministerial N° 0297-
2014-MINAGRI, se aprobó la constitución de los Centros
Regionales de Innovación Agroempresarial - CRIAS,
entes que tienen por f‌i nalidad mejorar la inclusión de los
productores en el ámbito del Valle de los Ríos Apurímac,
Ene y Mantaro – VRAEM – a los servicios que brinda
el Ministerio de Agricultura y Riego, bajo los criterios
de ef‌i ciencia, ef‌i cacia y sostenibilidad, articulando a las
dependencias del Ministerio y los servicios que estas
brindan, en búsqueda de incrementar la capacidad
empresarial de los productores;
Que, a través del Decreto Legislativo N° 1077 se crea
el Programa de Compensaciones para la Competitividad
como Unidad Ejecutora del Ministerio de Agricultura
y Riego, con el objeto de elevar la competitividad de
la producción agraria de los medianos y pequeños
productores, a través del fomento de la asociatividad y
la adopción de tecnologías agropecuarias ambientales
adecuadas;
Que, mediante la Ley N° 29736, Ley de Reconversión
Productiva Agropecuaria, se declara de interés nacional
y carácter prioritario la Reconversión Productiva
Agropecuaria en el país, como política permanente del
Estado en los tres niveles de gobierno;
Que, el artículo 2 de la Ley N° 29736, Ley de
Reconversión Productiva Agropecuaria, dispone que
la Reconversión Productiva Agropecuaria es el cambio
o transformación voluntaria hacia una producción
agropecuaria diferente a la actual; busca innovar y agregar
valor a la producción mediante la utilización de sistemas
tecnológicos ef‌i cientes en toda cadena productiva;
Que, asimismo, el artículo 7 de la Ley acotada, señala
que son benef‌i ciarios de la Reconversión Productiva
Agropecuaria las personas naturales o jurídicas dedicadas
a la actividad agropecuaria en el país que se incorporen a
un programa o un proyecto determinado;
Que, el artículo 14 del Reglamento de la Ley N°
29736, aprobado por el Decreto Supremo N° 019-2014-
MINAGRI, señala que podrán participar en los programas
o proyectos de Reconversión Productiva Agropecuaria
aquellos productores que reúnan los siguientes requisitos:
a) persona natural o jurídica; b) contar con documentos
expedidos por la autoridad competente, que acredite la
condición de propietario o posesionario del predio; y c)
tener el predio bajo producción agropecuaria;
Que, mediante solicitud de fecha 18 de marzo
de 2015, la “ASOCIACIÓN DE PRODUCTORES
AGROPECUARIOS VILLA SOL DE SAN LUIS ALTA”
ha formulado a favor de los seis (06) productores
agrarios que se detallan en el siguiente considerando,
Pedido de Reconversión Productiva Agropecuaria para
la “Reconversión del Cultivo de Hoja de Coca en el
VRAEM, para la instalación y producción de Piña en seis
(06) hectáreas”, cuyo expediente signado como Pedido
de Reconversión Productiva N° 093-2015-PRP cuenta
con la opinión favorable de las Unidades de Promoción
y de Negocios del Programa de Compensaciones para
la Competitividad del Ministerio de Agricultura y Riego,
las mismas que se encuentran contenidas en el Informe
de Evaluación PRP N° 0067-2015-MINAGRI-PCC-UN,
sustentado en el Informe Técnico PRP N° 0011-2015-
MINAGRI-PCC-UN/WRA;
Que, los seis (06) productores agrarios, referidos en
el considerando precedente; y, que han cumplido con
presentar el Compromiso de Reconversión Productiva
Agropecuaria, Constancia de Posesión y Documento
Nacional de Identidad, son los siguientes:
1. HUAYTA CCACCRO, ALFONSO.
2. ARANGO PRADO, DIONISIO.
3. DE LA CRUZ CHUCHÓN, ZÓSIMO.
4. RAMOS QUISPE, EDWIN.
5. CCACCRO VARGAS, RUBEN.
6. PALOMINO QUIHUI, FELIX.
Que, en atención a dicho sustento técnico, la
Jefatura del Programa de Compensaciones para la
Competitividad del Ministerio de Agricultura y Riego, a
través de su Informe Final PRP N° 082-2015-MINAGRI-
PCC, emite opinión favorable para la aprobación del
Pedido de Reconversión Productiva Agropecuaria y su
correspondiente f‌i nanciamiento, el mismo que ha sido
tramitado por el Despacho Viceministerial de Desarrollo
e Infraestructura Agraria y Riego, conforme a los nuevos
“Lineamientos Específ‌i cos para la atención del Ministerio
de Agricultura y Riego a los pedidos de Reconversión
Productiva Agropecuaria del cultivo de coca en el Valle
El Peruano
Lunes 29 de junio de 2015 556149
de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro VRAEM” aprobados
por Resolución Ministerial N° 0695-2014-MINAGRI;
Estando a la opinión emitida por la Of‌i cina General
de Asesoría Jurídica del Ministerio de Agricultura y Riego
mediante el Informe N° 670-2015-MINAGRI-OGAJ; y,
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto
Legislativo N° 997, Decreto Legislativo que aprueba
la Ley de Organizaciones y Funciones de Ministerio de
Agricultura, modif‌i cado por la Ley N° 30048, en cuanto
a su denominación; el Reglamento de Organización y
Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego aprobado
Legislativo N° 1077, Decreto Legislativo que crea el
Programa de Compensaciones para la Competitividad; Ley
N° 29736, Ley de Reconversión Productiva Agropecuaria
y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N°
019-2014-MINAGRI; y, la Resolución Ministerial N° 0695-
2014-MINAGRI, que aprueba los nuevos “Lineamientos
Específ‌i cos para la atención del MINAGRI a los Pedidos
de Reconversión Productiva Agropecuaria del cultivo de
coca en el Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro
VRAEM”;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobación del pedido de Reconversión
Productiva Agropecuaria y de Financiamiento del Plan
de Negocios
Aprobar el Pedido de Reconversión Productiva
Agropecuaria, presentado por la “ASOCIACIÓN DE
PRODUCTORES AGROPECUARIOS VILLA SOL DE
SAN LUIS ALTA”, a favor de los seis (06) miembros que
se detallan en el noveno considerando de la presente
Resolución, respecto del mismo número de predios que
conducen, ubicados en el Distrito de Kimbiri, Provincia
de La Convención, Departamento de Cusco, contenido
en el proyecto de “Reconversión del Cultivo de Hoja de
Coca en el VRAEM del para la instalación y producción de
Piña en seis (06) hectáreas”, incluido su f‌i nanciamiento,
elaborado por el Programa de Compensaciones para la
Competitividad del Ministerio de Agricultura y Riego.
Artículo 2.- Convenio de Financiamiento y
Reconversión Productiva Agropecuaria
Remitir los actuados a la Jefatura del Programa de
Compensaciones para la Competitividad del Ministerio
de Agricultura y Riego, para la respectiva notif‌i cación a la
“ASOCIACIÓN DE PRODUCTORES AGROPECUARIOS
VILLA SOL DE SAN LUIS ALTA”, a f‌i n que suscriban
con este el respectivo Convenio de Financiamiento
y Reconversión Productiva Agropecuaria del predio
señalado en el artículo 1 precedente, para cuyo efecto se
le delega la representación del Ministerio de Agricultura
y Riego.
Artículo 3.- Acciones de supervisión, seguimiento
y coordinación
Disponer, según sus competencias que el Centro
Regional de Innovación Agroempresarial – CRIA Pichari y
el Programa de Compensaciones para la Competitividad
del Ministerio de Agricultura y Riego adopten las acciones
necesarias para la adecuada ejecución del proyecto
aprobado, supervisión, coordinación y seguimiento
del mismo, de acuerdo con el Plan de Negocios de
“Reconversión del Cultivo de Hoja de Coca en el VRAEM,
para la instalación y producción de Piña en seis (06)
hectáreas” del predio antes mencionado, pertenecientes
a los seis (06) productores de la “ASOCIACIÓN DE
PRODUCTORES AGROPECUARIOS VILLA SOL DE
SAN LUIS ALTA”, referidos en el noveno considerado de
la presente Resolución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN MANUEL BENITES RAMOS
Ministro de Agricultura y Riego
1255689-1
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 0314-2015-MINAGRI
Lima, 23 de junio de 2015
VISTOS:
El Expediente sobre Pedido de Reconversión
Productiva N° 112-2015-PRP, iniciado por la “ASOCIACION
DE PRODUCTORES PIÑEROS DE BETHEL”, el Informe
Final PRP N° 098-2015-MINAGRI-PCC de la Jefatura del
Programa de Compensaciones para la Competitividad; y,
CONSIDERANDO:
Que, el Decreto Legislativo N° 997 que aprueba la Ley
de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura,
modif‌i cado por la Ley N° 30048, establece que el ahora
Ministerio de Agricultura y Riego es el órgano rector del
Sector Agricultura y Riego, el cual, entre otros, diseña,
establece, ejecuta y supervisa las políticas nacionales
y sectoriales en materia agraria; ejerce la rectoría en
relación con ella y vigila su obligatorio cumplimiento por
los tres niveles del gobierno;
Que mediante la Resolución Ministerial N° 0297-
2014-MINAGRI, se aprobó la constitución de los Centros
Regionales de Innovación Agroempresarial - CRIAS,
entes que tienen por f‌i nalidad mejorar la inclusión de los
productores en el ámbito del Valle de los Ríos Apurímac,
Ene y Mantaro – VRAEM – a los servicios que brinda
el Ministerio de Agricultura y Riego, bajo los criterios
de ef‌i ciencia, ef‌i cacia y sostenibilidad, articulando a las
dependencias del Ministerio y los servicios que estas
brindan, en búsqueda de incrementar la capacidad
empresarial de los productores;
Que, a través del Decreto Legislativo N° 1077 se crea
el Programa de Compensaciones para la Competitividad
como Unidad Ejecutora del Ministerio de Agricultura
y Riego, con el objeto de elevar la competitividad de
la producción agraria de los medianos y pequeños
productores, a través del fomento de la asociatividad y
la adopción de tecnologías agropecuarias ambientales
adecuadas;
Que, mediante la Ley N° 29736, Ley de Reconversión
Productiva Agropecuaria, se declara de interés nacional
y carácter prioritario la Reconversión Productiva
Agropecuaria en el país, como política permanente del
Estado en los tres niveles de gobierno;
Que, el artículo 2 de la Ley N° 29736, Ley de
Reconversión Productiva Agropecuaria, dispone que
la Reconversión Productiva Agropecuaria es el cambio
o transformación voluntaria hacia una producción
agropecuaria diferente a la actual; busca innovar y agregar
valor a la producción mediante la utilización de sistemas
tecnológicos ef‌i cientes en toda cadena productiva;
Que, asimismo, el artículo 7 de la Ley acotada, señala
que son benef‌i ciarios de la Reconversión Productiva
Agropecuaria las personas naturales o jurídicas dedicadas
a la actividad agropecuaria en el país que se incorporen a
un programa o un proyecto determinado;
Que, el artículo 14 del Reglamento de la Ley N°
29736, aprobado por el Decreto Supremo N° 019-2014-
MINAGRI, señala que podrán participar en los programas
o proyectos de Reconversión Productiva Agropecuaria
aquellos productores que reúnan los siguientes requisitos:
a) persona natural o jurídica; b) contar con documentos
expedidos por la autoridad competente, que acredite la
condición de propietario o posesionario del predio; y c)
tener el predio bajo producción agropecuaria;
Que, mediante solicitud de fecha 28 de marzo de 2015,
la “ASOCIACION DE PRODUCTORES PIÑEROS DE
BETHEL”, ha formulado a favor de los seis (06) productores
agrarios que se detallan en el siguiente considerando,
Pedido de Reconversión Productiva Agropecuaria para
la “Reconversión del Cultivo de Hoja de Coca en el
VRAEM, para la instalación y producción de Piña en seis
(06) hectáreas”, cuyo expediente signado como Pedido
de Reconversión Productiva N° 112-2015-PRP cuenta
con la opinión favorable de las Unidades de Promoción
y de Negocios del Programa de Compensaciones para
la Competitividad del Ministerio de Agricultura y Riego,
las mismas que se encuentran contenidas en el Informe
de Evaluación PRP N° 0086-2015-MINAGRI-PCC-UN,
sustentado en el Informe Técnico PRP N° 0017-2015-
MINAGRI-PCC-UN/FCD;
Que, los seis (06) productores agrarios, referidos en
el considerando precedente; y, que han cumplido con
presentar el Compromiso de Reconversión Productiva

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