Ley que precisa la intangibilidad de los fondos y recursos del Sistema Previsional Militar - Policial a cargo de la Caja de Pensiones Militar - Policial

Fecha de publicación20 Mayo 2009
Fecha de disposición20 Mayo 2009
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, miércoles 20 de mayo de 2009 396157
GOBIERNOS REGIONALES
GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA
Res. Nº 061-2009-GRA/GREM.- Disponen la publicación de
concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados en el mes de
abril de 2009 396208
GOBIERNO REGIONAL DE JUNIN
Acuerdos Nºs. 049 y 050-2009-GRJ/CR.- Autorizan viaje
del Presidente del Gobierno Regional y de Consejero Delegado a f‌i n
de participar en la XXV Convención de Instituciones Peruanas en los
Estados Unidos de América y Canadá 396209
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE COMAS
D.A. Nº 003-2009-A/MC.- Disponen reprogramar la celebración
del Segundo Matrimonio Civil Masivo para el día 30 de mayo de 2009
396210
D.A. Nº 004-2009-A/MC.- Establecen monto a pagar por
derecho de trámite para la celebración de Matrimonios Civiles
Masivos durante el año 2009 396211
MUNICIPALIDAD DE
INDEPENDENCIA
Ordenanza Nº 0181-MDI.- Disponen la ampliación de la fecha
de vencimiento de la primera cuota del Impuesto Predial y de Arbitrios
Municipales del periodo f‌i scal 2009 396211
Acuerdo Nº 032-2009-MDI.- Saludan por su aniversario a la
Asociación de Padres de Familia Pro Vivienda Propia Tahuantinsuyo
que dió origen a la Urbanización de Lima Norte: Tahuantinsuyo
396212
MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES
Ordenanza Nº 302-MM.- Autorizan la celebración de
Matrimonio Civil Comunitario 2009 396212
D.A. Nº 006-2009-MM.- Disponen que Matrimonio Civil
Comunitario se llevará a cabo el 25 de setiembre de 2009 396213
MUNICIPALIDAD
DE SAN MIGUEL
D.A. Nº 005-2009-MDSM.- Prorrogan plazo de Benef‌i cio
de Regularización Tributaria y No Tributaria aprobado mediante
MUNICIPALIDAD DE
SANTIAGO DE SURCO
Acuerdo Nº 37-2009-ACSS.- Autorizan a procurador
iniciar acciones legales a ex Subgerente de Servicios Generales y
Maestranza por presunta responsabilidad penal 396214
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DE HUAMANGA.
Ordenanza Nº 014-2009-MPH/A.- Aprueban Reglamento del
Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos
Menores y el Cuadro de Infracciones y Sanciones 396215
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DE LAMBAYEQUE
Acuerdo Nº 036/2009-MPL.- Exoneran de proceso de
selección la adquisición de productos alimenticios para los Programas
Sociales de la Municipalidad 396216
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PAMPAS
Acuerdo Nº 041-2009-MDP.- Exoneran de proceso de
selección la adquisición de productos para el Programa Vaso de
Leche de la Municipalidad 396217
PODER LEGISLATIVO
CONGRESO DE LA REPUBLICA
LEY Nº 29362
EL PRESIDENTE DEL CONGRESO
DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE PRECISA LA INTANGIBILIDAD DE
LOS FONDOS Y RECURSOS DEL SISTEMA
PREVISIONAL MILITAR-POLICIAL A CARGO DE LA
CAJA DE PENSIONES MILITAR-POLICIAL
Artículo 1°.- Objeto de la Ley
Precísase que el fondo previsional a cargo de la
Caja de Pensiones Militar- Policial y los recursos que lo
constituyen son de carácter intangible y en ningún caso
pueden ser donados, embargados, rematados, dados
en garantía, cedidos, afectados por medidas judiciales o
administrativas, o destinados para cualquier otro f‌i n que
no sea asegurar su rentabilidad en el tiempo y cumplir
con las obligaciones previsionales, bajo responsabilidad
penal, civil y administrativa.
Artículo 2°.- Recursos del Fondo Previsional
El fondo previsional que administra la Caja de
Pensiones Militar-Policial está constituido por los
aportes comprendidos en el propio sistema previsional,
así como los recursos a que hace referencia el artículo
33° del Decreto Ley N° 21021 y el Decreto Ley N°
22595. Puede ser utilizado para pagar las obligaciones
previsionales, gastos administrativos, inversiones y
gastos inherentes al manejo de sus reservas, conforme
al Decreto Ley N° 21021 y normas modif‌i catorias y
reglamentarias.
POR TANTO:
Habiendo sido reconsiderada la Ley por el Congreso de
la República, aceptándose las observaciones formuladas
por el señor Presidente de la República, de conformidad
con lo dispuesto por el artículo 108° de la Constitución
Política del Perú, ordeno que se publique y cumpla.
Descargado desde www.elperuano.com.pe

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