ACUERDO Nº 37-2009-ACSS - Autorizan a procurador iniciar acciones legales a ex Subgerente de Servicios Generales y Maestranza por presunta responsabilidad penal

Fecha de disposición20 Mayo 2009
Fecha de publicación20 Mayo 2009
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, miércoles 20 de mayo de 2009
396214
El ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUEL;
VISTOS, el Informe Nº 030-2009-GRAT/MDSM emitido
por la Gerencia de Rentas y Administración Tributaria
y el Memorando Nº 240-2009-GM-MDSM emitido por
Gerencia Municipal;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 194º
de la Constitución Política del Perú, modif‌i cado por la Ley
Nº 27680, Ley de la Reforma Constitucional, los gobiernos
locales gozan de autonomía política, económica y
administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, mediante Ordenanza Nº 175-MDSM, se
estableció un Benef‌i cio de Regularización Tributaria y
no Tributaria, para aquellos contribuyentes con deudas
tributarias y obligaciones pendientes al 30 abril del 2009;
Que, el referido benef‌i cio vence el 16 de mayo del año
en curso, no obstante conforme al informe de vistos, existen
solicitudes de los vecinos porque se amplíe la vigencia del
benef‌i cio de regularización tributaria y no tributaria, y de parte
de la administración tributaria disposición por corresponder,
en coherencia con la política institucional de brindar a los
vecinos las mayores facilidades para que puedan regularizar
sus obligaciones formales y sustanciales, por lo que resulta
necesario prorrogar la vigencia de dicho benef‌i cio;
Estando a lo expuesto y de acuerdo a la facultad
establecida en la segunda disposición f‌i nal de la
Ordenanza Nº 175-MDSM y en el inciso 6) del artículo 20º
SE DECRETA:
Artículo Primero.- PRORROGAR el Benef‌i cio de
Regularización Tributaria y No Tributaria, aprobado por
Ordenanza Nº 175-MDSM, hasta el 30 de mayo de 2009.
Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del
presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Rentas y
Administración Tributaria, las Subgerencias de Tesorería
e Informática, y a la Secretaría de Imagen Institucional.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
SALVADOR HERESI CHICOMA
Alcalde
349712-1
MUNICIPALIDAD DE
SANTIAGO DE SURCO
Autorizan a procurador iniciar acciones
legales a ex Subgerente de Servicios
Generales y Maestranza por presunta
responsabilidad penal
ACUERDO DE CONCEJO
Nº 37-2009-ACSS
Santiago de Surco, 13 de mayo de 2009
EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO
POR CUANTO
El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en Sesión
Ordinaria de la fecha;
VISTO: Dictamen Nº 005-2009-CAJ-MSS de la
Comisión de Asuntos Jurídicos, la Carta Nº 596-2009-
SG-MSS de la Secretaría General, el Memorándum Nº
726-2009-GM-MSS de la Gerencia Municipal, el Informe
Nº 463-2009-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría
Jurídica, el Memorándum Nº 086-2009-A-MSS de la
Alcaldía, el Of‌i cio Nº 095-2009-OCI-MSS del Órgano de
Control Institucional y el Informe Especial Nº 01-2009-02-
2168 – “Indebido otorgamiento de la conformidad por la
reparación a todo costo del motor de la camioneta marca
Mazda de Placa PGV-786, al haberse favorecido con el
pago a la empresa American Golden Services S.A.C. por
un servicio que no se efectivizó”, sobre autorización a la
Procuraduría Pública Municipal para formular acciones
de responsabilidad penal correspondientes contra el ex -
Subgerente de Servicios Generales y Maestranza (actual
Subgerente de Maestranza) Sr. Walter Miguel Chacaliaza
Martínez y el Locador Sr. Juan Melguidos Urcucullay
Romero; y,
CONSIDERANDO:
Que, el Órgano de Control Institucional mediante
Informe Especial Nº 01-2009-02-2168 denominado
“Indebido otorgamiento de la conformidad por la
reparación a todo costo del motor de la camioneta marca
Mazda de Placa PGV-786, al haberse favorecido con el
pago a la empresa American Golden Services S.A.C.
por un servicio que no se efectivizó”, señala que se ha
determinado indicios razonables de la comisión del delito
de Aprovechamiento Indebido del Cargo, previsto y penado
en el Artículo 399º del Código Penal, en el ex - Subgerente
de Servicios Generales y Maestranza (actual Subgerente
de Maestranza) Sr. Walter Miguel Chacaliaza Martínez y
del Locador Sr. Juan Melguidos Urcucullay Romero, por el
indebido otorgamiento de la conformidad de servicio por la
reparación a todo costo del motor de la camioneta Mazda
de Placa de rodaje PGV-786, al haberse favorecido con el
pago a la empresa American Golden Services S.A.C. por
un servicio que no se efectivizó;
Que, asimismo, indica el acotado Informe Especial que,
el Subgerente de Servicios Generales y Maestranza (hoy
Subgerente de Maestranza) y el citado Locador, otorgaron
indebidamente la conformidad de servicio, por un servicio
no realizado, favoreciendo a la empresa American Golden
Services S.A.C. con la suma de S/. 9,890.00 Nuevos
Soles, contraviniendo los numerales m) y n) del Artículo
71º del Reglamento de Organización y Funciones - ROF
aprobado mediante Ordenanza Nº 247-MSS, aplicable al
caso, en caso del funcionario y el Contrato de Locación
de Servicios Nº 1317-2007-MSS en el caso del Locador;
por lo que recomienda al Señor Alcalde, en su calidad de
Presidente del Concejo Municipal, disponga que previa
autorización del Concejo Municipal, se derive al señor
Procurador Público Municipal de la Corporación Edil, para
que inicie las acciones legales pertinentes, en atención
a la presunta responsabilidad penal del ex - Subgerente
de Servicios Generales y Maestranza y del Locador antes
mencionados;
Que, con Informe Nº 463-2009-GAJ-MSS del
27.04.2009, la Gerencia de Asesoría Jurídica teniendo en
cuenta lo dispuesto en el Artículo 233º del Reglamento
de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado
aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM,
aplicable al caso, el Artículo 399º del Código Penal,
así como lo establecido en la Norma de Auditoria
Gubernamental Nº 4.50 “Informe Especial”, aprobada por
Resolución de Contraloría Nº 259-2000 CG, sustituida por
la Resolución de Contraloría Nº 012-2002-CG, constituye
Prueba Pre-constituida de conformidad con el inciso f) del
Articulo 15º de la Ley del Sistema Nacional de Control y de
la Contraloría General de la Republica - Ley Nº 27785;
Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica en el acotado
Informe, concluye opinando que la Procuraduría Pública
Municipal deberá proceder a formular las acciones de
Responsabilidad Penal correspondientes, contra el ex
- Subgerente de Servicios Generales y Maestranza
(hoy Subgerente de Maestranza) y el Locador Sr. Juan
Melguidos Urcucullay Romero, por el indebido otorgamiento
de la Conformidad de Servicio por la reparación a todo
costo del motor de la camioneta marca Mazda de placa
PGV-786, al haberse favorecido con el pago a la empresa
American Golden Services S.A.C., por un servicio que no
se efectivizó, por la suma de S/. 9,890.00 Nuevos Soles,
para lo cual se deberá autorizar a la Procuraduría Pública
Municipal mediante Acuerdo de Concejo correspondiente,
de conformidad con lo señalado por el Artículo 9º numeral
27972, en virtud del Informe Especial Nº 01-2009-02-
2168, elaborado por la Of‌i cina de Control Institucional de
la Municipalidad de Santiago de Surco;
Descargado desde www.elperuano.com.pe

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