ORDENANZA N° 499-MSS - Aprueban disposiciones para el Pago de Multas Administrativas en Estado Coactivo y eliminación de Costas y Gastos Coactivas

Fecha de disposición25 Noviembre 2014
Fecha de publicación25 Noviembre 2014
SecciónSección Única
El Peruano
Martes 25 de noviembre de 2014
538352
(2) Ejecutores Coactivos y un (1) Auxiliar Coactivo, las
mismas que forman parte integrante del presente Acuerdo
de Concejo.
Artículo Tercero.- Facultar al Alcalde a dictar las
disposiciones necesarias para la aplicación del presente
Acuerdo de Concejo.
Artículo Cuarto.- Encargar a la Secretaria General,
publicación del presente Acuerdo de Concejo en el Diario
Of‌i cial El Peruano y a la Subgerencia de Informática la
publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad
(www.munirimac.gob.pe).
Dado en el Palacio Municipal a los quince días del mes
de noviembre del dos mil catorce.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
ENRIQUE PERAMÁS DÍAZ
Alcalde
1168559-1
MUNICIPALIDAD DE
SANTA ANITA
Aprueban modificación del Texto Único
de Procedimientos Administrativos
TUPA de la Municipalidad de Santa
Anita
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 00013-2014/MDSA
Santa Anita, 19 de noviembre del 2014
VISTO: la propuesta de modif‌i cación del TUPA,
elaborado por la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto
y Racionalización.
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento
Administrativo General, en su artículo 36.3 establece lo
siguiente: “Las disposiciones concernientes a la eliminación
de procedimientos o requisitos o a la simplif‌i cación de los
mismos, podrán aprobarse por Resolución Ministerial,
Norma Regional de rango equivalente o Decreto de
Alcaldía, según se trate de entidades dependientes del
Gobierno Central, Gobiernos Regionales o Locales,
respectivamente”. Del mismo modo el artículo 38.5
sostiene: “Una vez aprobado el TUPA, toda modif‌i cación
que no implique la creación de nuevos procedimientos,
incremento de derechos de tramitación o requisitos, se
debe realizar por Resolución Ministerial del Sector, Norma
Regional de rango equivalente o Decreto de Alcaldía,
o por Resolución del Titular del Organismo Autónomo
conforme a la Constitución, según el nivel de gobierno
respectivo. (...)”
Que, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto
y Racionalización mediante Memorándum Nº 276-
2014-GPPR-GG/MDSA, informa que el Texto Único
de Procedimientos Administrativos (TUPA) se aprobó
mediante Ordenanza Nº 043-MDSA y ha sido modif‌i cado
por las constantes disposiciones emitidas por el
Supremo Gobierno, sin afectar el costo por el derecho
de tramitación, asimismo precisa que resulta pertinente
actualizar el TUPA, adecuando los procedimientos
administrativos a lo dispuesto en las Leyes Nº 30228 y Nº
30230, sustentándose en tres aspectos fundamentales: i)
Las modif‌i caciones de los artículos 2, 7 y 9 de la quinta
disposición f‌i nal transitoria y complementaria de la Ley
Modif‌i caciones de incorporación de los numerales 14.7,
14.8 y 14.9 al artículo 14 de la Ley 29664 – Ley que crea
el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres
(SINAGERD), y iii) Modif‌i caciones del artículo 25 de la Ley
29090 – Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y
Edif‌i caciones.
Que, con Informe Nº 694-2014-GAJ/MDSA, la Gerencia
de Asesoría Jurídica señala que, siendo el objetivo de la
modif‌i cación del TUPA la simplif‌i cación de los trámites
contenidos en éste, es opinión de esta gerencia que
conforme a lo regulado en el numeral 38.5 del artículo
38º de la Ley de Procedimiento Administrativo General
Nº 27444 se proceda con la modif‌i cación del mismo,
debiéndose emitir el decreto de alcaldía correspondiente.
Estando a lo expuesto y en uso de las facultades
conferidas por el numeral 6) del Artículo 20º de la Ley
SE DECRETA:
Artículo Primero.- Aprobar la modif‌i cación del TUPA
- Texto Único de Procedimientos Administrativos de la
Municipalidad Distrital de Santa Anita, en razón a la vigencia
de la Ley Nº 30228, que modif‌i ca la Ley Nº 29022 – Ley para
la expansión de la Infraestructura de Telecomunicaciones,
y la Ley Nº 30230 – Ley que establece medidas tributarias,
simplif‌i cación de procedimientos y permisos para la
promoción y dinamización de la inversión en el país. Que,
como Anexo que forma parte integrante del presente
Decreto de Alcaldía.
Artículo Segundo.- Encargar a la Subgerencia de
Informática y Estadística el registro y publicación del
presente Decreto de Alcaldía y el Anexo, en el Portal de
la Municipalidad Distrital de Santa Anita y en el Portal de
Servicios al Ciudadano y Empresas.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
LEONOR CHUMBIMUNE CAJAHUARINGA
Alcaldesa
1168562-1
MUNICIPALIDAD DE
SANTIAGO DE SURCO
Aprueban disposiciones para el Pago
de Multas Administrativas en Estado
Coactivo y eliminación de Costas y
Gastos Coactivas
ORDENANZA Nº 499-MSS
Santiago de Surco, 14 de noviembre de 2014
EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO
POR CUANTO
El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en Sesión
Ordinaria de la fecha;
VISTO: El Dictamen Conjunto Nº 55-2014-CGM-
CAJ-MSS de las Comisiones de Gestión Municipal y de
Asuntos Jurídicos, la Carta Nº 4199-2014-SG-MSS de
la Secretaría General, el Memorándum Nº 865-2014-
GM-MSS de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 794-
2014-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el
Memorándum Nº 649-2014-GAT-MSS de la Gerencia
de Administración Tributaria, sobre proyecto Ordenanza
que aprueba Disposiciones para el Pago de Multas
Administrativas en Estado Coactivo y Eliminación de
Costas y Gastos Coactivos; y
CONSIDERANDO:
Perú, modif‌i cada por la Ley de Reforma Constitucional Nº
28607, establece que las Municipalidades provinciales y
distritales son órganos de gobierno local con autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de su
competencia;
Que, el Artículo 195º de La Constitución, otorga
potestad tributaria a los gobiernos locales al disponer que
estos tienen competencia para crear, modif‌i car y suprimir
contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos
municipales, conforme a ley, estableciendo adicionalmente
que las municipalidades tienen competencia para
administrar sus bienes y rentas;

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